📌 Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas (IPPF). ✅ ¿Qué es? ✅ ¿Quiénes son sus contribuyentes? ✅ ¿Todos deben presentar la Declaración Jurada? ✅ ¿Qué es el mínimo no imponible? 👉🏽El Cr. José María Formoso te lo cuenta de forma rápida y detallada.
Publicación de Vuille Lafourcade
Más publicaciones relevantes
-
Seis puntos clave a tener en cuenta respecto del impuesto al patrimonio para personas naturales: Estamos a pocos días de los vencimientos para esta obligación tributaria ¿tuvo en cuenta estos aspectos? Los invito a leer esta columa preparada por @andrea valbuena
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
El mes del IPPF: quiénes pagan y cuánto. El Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas (IPPF) suele confundirse con otros impuestos, por lo cual es importante señalar que el IPPF se integra al sistema tributario a principios de los 60. ¿Quiénes deben pagarlo?¿ Afecta sólo a nacionales? ¿Cómo se liquida? ¿Cuál es el mínimo imponible? Lo hablamos en el espacio de Vuille Lafourcade con el Cr. José Formoso, quien destaca la importancia de presentar la declaración jurada en los plazos establecidos, y recordó cuáles son los mínimos imponibles del presente ejercicio.
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
Para realizar la Declaración de Impuestosa los Grandes Patrimonios se toma la base imponible del impuesto del patrimonio se calcula sumando todos los bienes y restando las deudas que haya acumulado el contribuyente. El impuesto a los grandes patrimonios no es deducible del ISLR, además, la ley no establece criterios que puedan concretar algún tipo de convenio con otras jurisdicciones, para evitar la doble imposición de tributo. Este impuesto se debe causar anualmente sobre el patrimonio neto el 30 de Septiembre de cada año. La alícuota impositiva estará comprendido entre el 0,25% y el 1,50% del valor del patrimonio neto. El patrimonio neto de las personas naturales y jurídicas calificadas como Sujetos Pasivos Especiales, son los que deben cumplir con esta obligación, según la Administración Tributaria Nacional, cuyo patrimonio tenga el valor igual o superior a 150.000.000 U.T.
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
⚠️ Impuesto al Patrimonio: lo que debes saber antes del 31 de diciembre. El cierre del año trae consigo obligaciones fiscales importantes, tanto para personas físicas como jurídicas del exterior. Descubrí las claves para cumplir con el IP 💼. Compartimos contenido de nuestro equipo contable 👇
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
Bienes Personales 2023: DDJJ Informativa También parece un sin sentido, obligar a presentar una DDJJ informativa de este impuesto, si los ingresos anuales 2023 son superiores a $ 15.917.863, y el mínimo no imponible del impuesto es de $ 100.000.000 Es obligar a realizar presentaciones, con las correspondientes sanciones de no efectuarlas, cuando no se posea un patrimonio que supere el MNI Creo que es una locura, otra más con la que conviven los contribuyentes
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
📅 Importante Recordatorio Tributario 📅 El próximo 30 de junio de 2024 vence el plazo para realizar el primer pago parcial del adelanto del Impuesto sobre la Renta. ⚠️ Consecuencias de no realizar el pago a tiempo: Generación de intereses de mora Aparición como moroso en la consulta tributaria Si necesita asesoría en temas tributarios, no dude en contactarnos. Estamos aquí para ayudarle a cumplir con sus obligaciones fiscales de manera eficiente y oportuna. 💼 #Impuestos #AsesoríaTributaria #Finanzas #CumplimientoFiscal
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
📢 ¡Atención contribuyentes! 📢 Se acerca la declaración y el pago de la 1° cuota del impuesto al patrimonio. Tenga en cuenta la siguiente información para saber si debe declarar: Son responsables de este impuesto las personas naturales, sucesiones ilíquidas y sociedades extranjeras no declarantes del impuesto de renta que a 1 de enero de 2024 tuvieran un patrimonio líquido superior a 72.000 UVT ($3.388.680.000). 🗓️ La declaración se debe presentar entre el 10 y el 24 de mayo. El vencimiento dependerá del último dígito del NIT del contribuyente. 🗓️ ¡Prepárate para cumplir con tus obligaciones tributarias! En Parra Rodríguez estamos atentos a apoyarlos para un correcto cumplimiento tributario. #ImpuestoPatrimonio #DeclaraciónTributaria #CumplimientoTributario #ParraRodríguezAbogados
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
En el ámbito tributario, cumplir con la declaración y el pago del impuesto sobre la renta es clave para evitar complicaciones legales. Sin embargo, ¿sabías que las autorretenciones no pagadas también tienen consecuencias importantes? Aspectos claves: No es procedente el cobro coactivo de las autorretenciones declaradas y no pagadas si el contribuyente ha cumplido con el pago total del impuesto sobre la renta. Esto evita un doble pago de la obligación sustancial. Pero atención: Las autorretenciones no pagadas generan intereses moratorios y sanciones. Aunque no sean exigibles como capital, su incumplimiento afecta la relación jurídico-tributaria. Sé un profesional actualizado, amplía esta y más noticias jurídicas y empresariales en 🌐 https://lnkd.in/evnK8hRh #noticieroficial #DIAN #tributario #contable #autorretenciones #colombia
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
Hoy en nuestro especial de "Reforma Tributaria", nuestro socio Carlos Giovanni Rodríguez Vásquez analiza los cambios clave en el Impuesto al Patrimonio dentro de la Ley de Financiamiento. Aborda temas como el hecho generador, base gravable de la renta, las tarifas y la inclusión de sociedades con bienes no productivos, además de las implicaciones fiscales que esto genera para los contribuyentes. Para más información, contacte a nuestros expertos. #ReformaTributaria
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
-
El tema del Impuesto al Patrimonio para las sociedades resulta sorprendente, especialmente porque la normativa nunca ha establecido la obligación para las sociedades en poseer exclusivamente activos productivos; Esto socava la protección histórica de los patrimonios personales dentro de las estructuras jurídicas. Además, la implementación y control de este impuesto plantean serias dificultades operativas, lo que sin duda incrementará la carga administrativa para el gremio. Adicionalmente, genera incertidumbre al dejar a las sociedades expuestas a revisiones más exhaustivas por parte de la administración tributaria.
Hoy en nuestro especial de "Reforma Tributaria", nuestro socio Carlos Giovanni Rodríguez Vásquez analiza los cambios clave en el Impuesto al Patrimonio dentro de la Ley de Financiamiento. Aborda temas como el hecho generador, base gravable de la renta, las tarifas y la inclusión de sociedades con bienes no productivos, además de las implicaciones fiscales que esto genera para los contribuyentes. Para más información, contacte a nuestros expertos. #ReformaTributaria
Inicia sesión para ver o añadir un comentario.
2213 seguidores