HACE 1 AÑO YA!!! Si hace 1 año que mi padre me dono en vida un pequeño local de barrio que 3 meses antes había sido desokupado vía judicial tras 2 años de dimes y diretes. Mi padre siempre hizo contratos y siempre advirtió que sus inquilinos que realizasen los contratos de suministros por su cuenta, con la finalidad que el día del mañana si hubiera un problema, no lo tuviera él o sus herederos. QUE ERROR!! mi padre no pensó que en este país, la lógica se estaba perdiendo y la inacción de muchas entidades/ individuos es mayúscula. Pues bien, HACE 1 AÑO YA que estoy reclamando hacer un CONTRATO DE AGUA CON EL CANAL ISABEL II , concretamente cambiar la titularidad. IMPOSIBLE!! tras enviarles el alzamiento, donación y todos los documentos que han requerido, hablar por teléfono con más de 50 personas que con muy buenas palabras te decían lo lógico pero que en el fondo no podían hacer nada. Enviar cartas a 3 departamentos, abrir 3 tipos de reclamaciones, contestar e incluso advertir al Canal que la información que me pedían iba en contra de la ley de protección de datos (información de terceros). Advertirles que al okupa le pedían una cantidad y a mi otra superior, decirles que me han pedido mis datos privados para hacer el contrato y en la carta siguiente volver a denegar ese cambio de titularidad. Por supuesto he ido a oficinas centrales y me encontrado a diferentes personas que ni idea de lo que yo decía, ni por asomo podían hacer nada... HACE 1 AÑO YA!! y a fecha de hoy, tengo en mi poder 2 cartas: 1) amenazando al okupa (desde el 2020, nada se sabe de él) con cortarle el agua, 2) mi reclamación se cierra porque no tienen constancia de nada relacionado con este proceso. DE RISA!! MIENTRAS varias personas relacionadas con la administración me comentan que lo mejor es pagar y olvidarme del tema. EN SERIO?? esa es la solución, no sirve hablar con los supuestos entendidos del canal que llevan estos temas, no sirve hablar con Legalitas , no sirve hablar con consumo... Ante esta situación solo vale el pataleo, el escribir este tipo de información en una red social y advertir a los dueños de casas o locales okupados que ES MENTIRA que hacer el contrato de suministros a los alquilados te libra de pagar la deuda. Ante esta situación puedo pensar que esta empresa CANAL DE ISABEL II tenga tanto descontrol que durante 1 año nadie haya compartido la información entre departamentos. Intento creer que mi caso es único en la Comunidad de Madrid y que he dado con algunas personas que por desconocimiento o ineficacia no han podido solucionar el tema, porque si pienso que todos los dueños de pisos okupados tienen que pagar el agua de sus okupas, me indigno más. Me despido con el lema de Canal Isabel II: " UN DIA PARA PENSAR (MAS) EN EL AGUA"...Que razón tienen los de su departamento de marketing. #canalisabelsegunda #leyantiokupa #desokupa
Publicación de Yolanda Calderón
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Medios alternativos de solución de controversia en tiempos digitales ¿son legales? ¿es una especie de linchamiento digital? Se vuelve recurrente encontrar este tipo de publicaciones en redes sociales "funando" o "linchando" a una persona o una empresa por una u otra razón. En estos tiempos de ausencia de legitimidad de una solución institucional ante un Tribunal o, al menos, un MASC (mediación o conciliación), parece que el camino que la mayoría de la gente en este país decide hacerse justicia por propia mano, ya sea digital o personalmente, a pesar de que se encuentra prohibido. ¿Podría demandar daño moral por afectación de la reputación de la empresa/persona una publicación de este tipo? Sí y existen precedentes al respecto. La realidad social que vivimos es esta: un deudor que no paga, un acreedor que no demanda (no importa cuándo leas esto).
Buen día Red, El pasado 4 de Septiembre publique con toda la intención la situación que presenta de adeudo uno de mis clientes o ex-clientes mejor dicho, esta publicación la borre a petición de la empresa ya que no tardaron ni una hora en comunicarse conmigo. Me ofrecieron que eliminara la publicación a cambio de un "plan de pagos" que por cierto nunca cumplieron, y es la fecha que no pagan, presentan atrasos de mas de 120 días causando una afectación importante a nuestra operación. Créanme que si no fuera una suma importante o al menos se viera la intención, no recurriría a este medio. Dejo esta publicación como alerta para los que tengan o pretendan relación comercial con ellos, sobre todo al gremio de corte laser en #Querétaro. La empresa es THRONOS Seating Solutions para que tomen sus precauciones. #cortelaser #maquilalaser
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PERDIDA PATRIMONIAL EN LA DONACION DE MI CASA NUEVO PALO DE HACIENDA La transmisión de una casa genera una ganancia o una pérdida patrimonial sujeta al IRPF del transmitente, según que el valor de transmisión en la fecha de la donación sea superior o inferior al valor de adquisición. Si se ha producido ganancia: a pagar. Si se ha producido pérdida: a compensar con ganancias simultaneas o futuras. LO QUE SUCEDE EN LA DONACION GRATUITA Sucede que cuando la transmisión es una donación gratuita, la ganancia sí tributa por IRPF (aunque en la realidad no existe tal ganancia) pero la pérdida no puede ser compensada con ganancias simultaneas o futuras, según nos advierte una reciente sentencia del Tribunal Supremo. Por cierto, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sentenciaba en el año 2022 que sí era posible compensar la pérdida patrimonial de una donación con de futuras ganancias. Parece razonable y justo. Aquello de “a las duras y a las maduras”. ¿QUE DECIMOS EN MJ&A ABOGADOS Y ASESORES? Que no hay “nada nuevo bajo el sol”. Criterios judiciales de interpretación diferentes en menos de doce meses que no hacen sino regalar al contribuyente una nueva dosis de inseguridad jurídica. Por nuestra parte, le decimos que “aquí estamos para ayudarle”, puede conocernos pulsando sobre el siguiente enlace: https://lnkd.in/djg9KbvG
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⚠️ La grave realidad de muchas municipalidades y el impacto destructivo en las pymes. Nos encontramos a solo meses de cerrar el 2024, y aún hay empresas que, cumpliendo con todas sus obligaciones (pago de IVA, remuneraciones, imposiciones y proveedores), están esperando cobrar facturas del Estado emitidas en 2023. Todo esto cuando la ley de compras establece un plazo de 30 días tanto para privados como para entidades públicas. 📉 En países como Alemania, los pagos del Estado se efectúan en 7 días. Entonces, ¿por qué en Chile seguimos permitiendo esta práctica leonina que asfixia a nuestras pequeñas y medianas empresas? No solo es una injusticia flagrante, sino que refleja una falta de compromiso con el desarrollo económico local y un profundo desinterés por el impacto devastador que esto tiene en miles de pymes. El Estado incentiva a las pymes a participar en el Mercado Público, les “favorece” con adjudicaciones y emisión de órdenes de compra, pero luego las deja a la deriva sin pagarles. Este ciclo destructivo solo beneficia a las grandes empresas, quienes tienen los recursos financieros para soportar los largos plazos de pago, mientras que las pymes, que no cuentan con estos respaldos, terminan en la quiebra. El resultado es un mercado cada vez más concentrado, donde solo los gigantes sobreviven, cobrando en sus precios no solo el valor de sus productos o servicios, sino también los intereses del “no pago” por meses, o incluso años. Es irónico y trágico que nuestros impuestos terminen pagando los intereses por la incompetencia estatal, perpetuando así un círculo vicioso que destruye la competencia justa. Es hora de exigir responsabilidad y soluciones reales. No podemos seguir permitiendo que el mismo Estado que promueve la importancia de las pymes, sea quien las lleve al borde de la destrucción. 🔗 ¿Qué medidas crees que deberían implementarse para garantizar pagos oportunos a las pymes por parte de las entidades públicas? #Pymes #PagosTardíos #MercadoPúblico #CompetenciaDesleal #Chile #Municipalidades #JusticiaEconómica #Emprendimiento #EstadoYEmpresas
Buenos días, quiero denunciar la deuda que mantiene con mi empresa la Municipalidad de El Monte, la indolencia de sus funcionarios, Fernando Caro de adquisiciones, Cristhian Diaz de finanzas. Estos personajes no responden correos, llamadas telefónicas a pesar del compromiso adquirido luego de tres viajes en distintos meses para cobrar la factura adeudada. El compromiso de la Orden de Compra adjunta, dice claramente 30 días una vez recepcionado el material, han transcurrido diez meses… Si alguien de mis contactos puede compartir esta información, será beneficioso para todos los proveedores a quienes se adeuda en dicho municipio.
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Te sirve para presentar la información de transparencia, para dar a conocer al público en general, la información relativa a la autorización para recibir donativos deducibles, al uso y destino que se haya dado al patrimonio y a los donativos recibidos. ¿Quiénes lo presentan? Sociedades o Asociaciones Civiles, Instituciones de Asistencia o Beneficencia Privada y Fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en el ejercicio fiscal sujeto a declarar.
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➡️¿ Qué sucede con la #Lotería que se comparte? Cada vez es más frecuente que compartamos la Lotería a través de #watshapp. 👉 ¿Quién es el que custodia el décimo?. El #copropietario que posea el décimo , será el #depositario del título, conforme al artículo 545 del Código de Comercio. y en caso de ser agraciado, de gestionar el cobro y repartir el premio en proporción a lo que corresponda en virtud de lo acordado. 👉 ¿Cómo es la copropiedad del mismo? Como aclara el #TribunalConstitucional , si existe un pacto verbal de reparto del premio, al haberse adquirido el décimo conjuntamente, el tenedor del décimo está obligado a darle el destino especialmente pactado, y si no lo hace transmuta la posesión legítima del décimo, en propiedad ilegítima de su total importe. 👉 ¿Cómo se debe abonar? Hay que identificar en el banco a cada comunero ganador y su porcentaje de participación, pues en otro caso se podrá considerar que en los pagos al resto de copartícipes se está ante una modalidad de donación. La #fiscalidad de los décimos compartidos se tributa igual, pero se practican las retenciones por separado. Es #LoteríasyApuestas del Estado quien se encarga de ingresar el porcentaje de #retención correspondiente en Hacienda y entregar a cada uno de los titulares del décimo la cantidad que les corresponda en función de su porcentaje de participación. 👉 ¿ Qué sucede si no reparto el premio del décimo compartido? Los demás copropietarios y perjudicados podrían denunciar por delito de #apropiaciónindebida. Debido a las relaciones familiares puede operar la #excusaabsolutoria prevista en el art. 268 CP, de tal manera que “Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil". 👉 ¿ Y si extravío el décimo? Nuestro consejo es que interpongas una #denuncia ante la Policía Nacional , haciendo constar el mayor número de datos posible y todas las circunstancias del hecho, así como aportar posibles pruebas como fotos o fotocopias del décimo en las que se identifique claramente el documento número, serie y fracción. 📍Si quieres , que te ayudemos o necesitas más información , no dudes en ponerte en contacto con Tesaray Asesores y Abogados ℹ Más información: 📲646817848 .
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Mitos: ¿Qué significa llevar una vida austera? Sobrio, mesurado, sin excesos. En esa época, llevaba una vida austera, sin lujos. En una revisión efectuada a las declaraciones patrimoniales de 2024 se encontró también que los funcionarios de alto nivel reportaron la donación de inmuebles, así como ganancias de empresas de las que son socios. Compra de departamentos y autos de contado, ingresos por fondos de inversiones, becas de Conahcyt y venta de camionetas son algunos de los movimientos de sus patrimonios del año pasado por parte de los integrantes del gabinete legal y ampliado del presidente Andrés Manuel López Obrador. David Córdova Campos, comandante de la Guardia Nacional (GN), informó que el 23 de octubre del año pasado compró de contado un departamento de 112 metros por 5 millones 757 mil 696 pesos. ¿Porque pagar en efectivo casi SEIS MILLONES de pesos? independientemente de que según declara su sueldo ha sido de casi 3 millones al año así que es plausible que haya ahorrado esa cantidad, pero no deja de llamarme la atención porque en efectivo, ¿para no dejar rastro de la transacción? ¿era mas cara y se pago menos? abajo hay una foto del volumen en billetes de que representa un millón, así que habría que multiplicar eso por seis. Habría que llevarlo en una maleta pequeña, la imagen es gangsteresca. Averiguando resulta que si hay una ley al respecto: La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita establece en ciertos actos u operaciones la restricción de liquidar o pagar, así como de aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional o cualquier otra divisa y Metales Preciosos. Para la Compraventa de inmuebles el limite de uso de efectivo es de $800,000.00 pesos. Es solo "curiosidad"
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1. Consejo de Estado falla a favor de los congresistas demandados en su pérdida de investidura por haber donado a la Vaca de las 4G 2. Gerente de la Vaca de las vías 4G celebra la decisión del Consejo de Estado e invita a donar incluso a los funcionarios públicos 3. Senador Esteban Quintero recuerda que viene denunciando sin respuesta del Gobierno la inseguridad en Rionegro y el Oriente antioqueño 4. A $100 millones incrementó el Gobernador de Antioquia la recompensa por información que permita la captura de los autores de la masacre de Rionegro 5. América rechazó el intento de golpe de Estado en Bolivia 6. Presidente Petro pide a la Corte Interamericana de Derechos Humanos crear Corte de Juzgamiento a personas que realicen golpes contra el voto popular 7. Directorio Nacional Conservador rechaza las afirmaciones calumniosas del expresidente Andrés Pastrana contra los congresistas conservadores 8. La Empresa Metro de Medellín asegura que al caída de la cabina en el Popular obedeció a una falla puntual y no estructural de la Línea del Metrocable 9. Contraloría Distrital de Medellín activó Vigilancia Fiscal frente a los recursos invertidos en el mantenimiento del Metro cable 10. Las lluvias tienen en emergencia a Abriaquí, Venecia y Fredonia 11. 120.000 transacciones de Flypass evitan la impresión de 8 kilómetros de papel 12. Los productores e intérpretes de música electrónica y alternativa tendrán cómo proteger sus derechos y sus regalías - Esto y más en ClickCracia aquí en 👉🏻 ElCanal.co (Jueves, 27 de junio de 2024)
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Tayeb Souami era un inmigrante más en New Jersey. En mayo de 2018 compró una botella de zumo de naranja en una tienda de la cadena Shop Rite: le costó 5 dólares. Cuando volvió a casa, su mujer le dijo que podía comprar el mismo zumo en otra cadena por la mitad de precio. Como acababan de refinanciar la casa y pagaban un crédito para la universidad de su hija, Tayeb volvió a devolver la botella. Con el dinero de la devolución, y seguramente sin pensar en decirlo en casa, compró dos boletos de lotería. A la mañana siguiente, mientras le estaban lavando el coche, comprobó sus boletos en un 7-Eleven. El primero no le dio premio, mientras que el segundo provocó que en la máquina saliera el mismo aviso dos veces: “debe ser visto por un empleado”. Cuenta Souami que cuando la empleada vio el boleto empezó a decir: “Oh, my God”. Varias veces. No era para menos. El boleto había sido premiado con 306 millones de dólares. Las posibilidades de conseguirlo eran de una entre 292, 2 millones. Tayeb pasó las siguientes semanas planificando el futuro. Pero antes de presentarse con el premio, esperó unos días. Cuando le preguntaron el porqué, dijo que tenía cosas urgentes que hacer. Era contable y unas 200 personas dependían de su trabajo. Solo después de cumplir con él, presentó su dimisión. Cobró la mitad en efectivo y quedó a cero en deudas. Es de suponer que ahora tenga una piscina de zumo de naranja. Me ha llamado la atención, por lo inusual, un detalle: antes de nada, acabó con su trabajo. Reconozco que es lamentable que me llame la atención. Pero es tan lamentable como real. Y es que a veces tendemos a olvidar de que la base de todo está en el trabajo, a no ser que por la suerte, una herencia o lo que sea, puedas permitirte el lujo de mirar cómo los demás doblan mientras tú estás en la camilla de masajes. Si quieres llegar a tener un negocio rentable, vas a tener que trabajar y planificar en la inmensa mayoría de los casos. Y equivocarte, corregir y aprender de los errores. No hay otro modo. O al menos, yo no lo conozco. Tú serás quien decidas las horas que vas a dedicarle. También si optas por arriesgarte y trazar una estrategia de marketing por ti mismo o con ayuda de aficionados, o prefieres intentar hacerlo con intervención de un profesional con experiencia. Si intentas lo primero te deseo suerte. Sobre cómo ahorrar tiempo y dinero para lograr antes los objetivos que te quieras trazar, podemos hablar desde ahora mismo. #trabajo #estrategia #suerte P.D. Tayeb, en la foto. No me extraña que se le haya quedado esa cara.
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Qué debes hacer o no hacer si te toca la lotería: - Si firmas por detrás añadiendo el Dni, el décimo es tuyo. - Si deseas compartirlo antes del sorteo realizad una declaración o contrato (no recomiendo whatsapp). - Si deseas compartirlo a posteriori con tus familiares, amigos o pareja sin impuesto de donaciones realiza un acta de manifestaciones en un Notario con los tantos por ciento de titularidad del boleto, antes de presentarlo al cobro. - No compartas con menores o incapacitados el décimo, podría ser anulado, pues tienen prohibido el juego. - Ni se te ocurra cobrarlo por una sociedad (tampoco una Comunidad de bienes), puesto que tributarás por impuesto de sociedades. - Ni se te ocurra vender el boleto. Suelen pagar el 10% más, pero tendrás tú el problema de justificar la procedencia del dinero. ¡Suerte a todos!
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Posesión efectiva y aplicación de normas de la buena fe a poseedor. "UNDECIMO: Que ante el evento del acogimiento de la demanda intentada, procede pronunciarse respecto de la Demanda Reconvencional deducida por la parte demandada en su presentación de fs. 29, la que la hace consistir en la situación de considerársele poseedor de buena fe para los efectos de la aplicación de las normas sobre prestaciones mutuas establecidas en el Código Civil, con el propósito que le sean reembolsados las expensas y mejoras irrogadas en el predio reivindicado, las que avalúa en la suma de $ 45.000.000, o en la que el tribunal determine. DUODECIMO: Que al efecto, de acuerdo al artículo 908 del código citado, “el poseedor vencido tiene derecho a que se le abonen las expensas necesarias invertidas en la conservación de la cosa”, según las reglas que indica. A su turno, el artículo 909 expresa que “el poseedor de buena fe, vencido, tiene asimismo derecho a que se le abonen las mejoras útiles, hechas antes de contestarse la demanda. Sólo se entenderán por mejoras útiles las que hayan aumentado el valor venal de la cosa”. DECIMO TERCERO: Que habiendo tenido la posesión el demandado y actor reconvencional, por el periodo de más de 35 años, lo que no ha sido discutido en autos, lo que obviamente se ha traducido en la ejecución por su parte de diversas expensas y mejoras en el predio objeto de la reivindicación las mismas deberán ser reembolsadas a su dueño no poseedor, por el poseedor vencido el que deberá ser considerado de buena fe al no haber actuado ni con violencia ni con clandestinidad.".
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