5 Razones para convertir una unipersonal en una SAS (Uruguay)
Continuando las publicaciones relacionadas a este tipo de sociedades, en esta segunda entrega daré 5 razones por la cual es conveniente para una empresa de carácter personal convertirse en una SAS.
1. Aumento de valor de la empresa. Como es bien sabido la venta de una empresa unipersonal como unidad económica es prácticamente impracticable en Uruguay, donde no hay continuidad del establecimiento comercial, la empresa adquiriente debe comprar los activos, y celebrar todos los contratos nuevamente, entre otras regulaciones y trámites que no es objeto de esta publicación. Esto trae como consecuencia un castigo de valor de la empresa cuando su propietario decide enajenar su comercio (si es que puede, clausura mediante). A través de la venta de acciones total , la operación de venta es mas ágil lo que permitirá al vendedor un mayor valor. También permite vender parcialmente su empresa, hecho que como propietario de una empresa unipersonal no le era posible.
2. Posibilidad de obtener financiamiento de capital de riesgo: De convertirse en una SAS , le permitirá a ésta financiarse por emisión de acciones (nuevos socios). Recordemos que las sociedades personales solo podían financiarse por dos vías, por aportes del propietario o por préstamos. Con la facultad que tienen las SAS de emitir acciones con diferentes derechos a voto, prohibición de venta , entre otras facultades (que será tema de una próxima entrega), le permite al vendedor hacer una sociedad a medida para la incorporación de nuevos socios en función de sus objetivos.
3. Planificación Sucesoria: Este es un tema que por su relevancia se tratará en una próxima entrega, como adelanto las SAS mediante un estatuto a medida del objetivo sucesorio buscado, el comerciante podrá organizar en vida, el funcionamiento futuro de su comercio luego de su retiro o fallecimiento. Esto es posible bajo la ingeniería que permite las SAS en sus diferentes tipos de acciones, tema que se tratará en próxima publicación.
4. Exoneración de impuestos: Hasta el 31 de diciembre del presente, se exonera de impuestos la conversiones de sociedades personales en SAS, entre ellos el IVA, IRAE, y en especial ITP para aquellas sociedades que tienen inmuebles.
5. Limitación de responsabilidad personal y separación del patrimonio personal al comercial. La conversión de empresas personales a una SAS, permitirá separar el patrimonio personal del comercial, protegiendo a éste de sus actividades comerciales. Adicionalmente la ley establece que los administradores, accionistas de las SAS no responderán por las deudas de la sociedad sean estas comerciales, fiscales o laborales, quedando protegido el patrimonio personal, siendo esta una gran diferencia con las responsabilidades que tienen actualmente.
Quien quiera compartir algun comentario, desde ya bienvenidos.
Hasta la próxima entrega.
Mag. Cr. Pablo Freyer
Asesor Senior/Senior Advisor /Senior Manager (Gestión Empresarial/Business Management)
4 añosMuy buen artículo Pablo!!
Director Tax & Accounting en SyLS - SyLS Ferrari
4 añosGran aporte Pablo.. Si tenes los artículos en PDF te los agradezco.. Abrazo