¿Aún no pagan tus cotizaciones previsionales?
La Corte Suprema ha indicado que el no pago oportuno de las cotizaciones previsionales constituye un incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo al empleador, cuando éste sea contumaz en su conducta, y puede dar lugar al ejercicio de la acción de despido indirecto o autodespido prevista en el artículo 171 del Código del Trabajo.
Es así que si tu empleador incumple gravemente el contrato de trabajo no realizando el pago de tus cotizaciones o imposiciones, tienes derecho a utilizar el autodespido, despidiendote a ti mismo, en un procedimiento completamente distinto a la renuncia y con derecho a las indemnizaciones legales.
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