Actualización sobre Presencia Económica Significativa (PES) en el Impuesto de Renta para Personas Jurídicas

Actualización sobre Presencia Económica Significativa (PES) en el Impuesto de Renta para Personas Jurídicas

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha publicado recientemente la decimosexta adición al Concepto General sobre el Impuesto sobre la Renta para Personas Jurídicas. Este documento aclara aspectos clave relacionados con las obligaciones fiscales para las personas no residentes o entidades sin domicilio en Colombia que tienen Presencia Económica Significativa (PES).

Entre los temas abordados se destacan los siguientes puntos importantes:

  • Declaración de ingresos desde el 1 de enero: Las personas con PES deben incluir en su declaración de renta todos los ingresos obtenidos desde el inicio del año gravable, incluso si su registro en el RUT se realizó posteriormente.
  • Pago anticipado del impuesto: Las entidades no domiciliadas con PES deben calcular y pagar un anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos obtenidos desde el momento en que se inscriben en el RUT.
  • Opciones sobre retención en la fuente: Las entidades que opten por la aplicación de la retención en la fuente no estarán obligadas a realizar pagos bimestrales anticipados, siempre que hayan elegido este mecanismo de recaudo en lugar de la declaración directa del impuesto.
  • Reconocimiento de ingresos: Dependiendo de si la entidad lleva o no contabilidad, los ingresos por PES se reconocen cuando se devengan o cuando se reciben en dinero o especie.

Estas precisiones son fundamentales para garantizar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de las empresas no domiciliadas en Colombia con actividades económicas que generan ingresos dentro del país.

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