Agroindustria Vs Expropiación Express
Por: Alejandro Henao Mesa
En el marco de la inauguración de la #COP16 el Presidente Petro dio un discurso grandilocuente donde afirmó que la agricultura no se debe concentrar en un solo cultivo y que la propiedad agraria debe democratizar mediante un pacto interétnico.
El Ministro Cristo también anunció que el proyecto de ley de la jurisdicción agraria (P.L. 183 de 2024) será tramitado mediante mensaje de urgencia, lo cual acelera los tiempos de discusión y debate. Personas que han sido cercanas al petrismo como la Ex Ministra de Agricultura, Cecilia López, y la congresista Katherine Miranda, han prendido las alarmas afirmando que lo que se propone el Gobierno Nacional es la aprobación de la expropiación express.
El articulo 12 de ese proyecto de ley sobre competencias de los jueces agrarios y rurales en primera instancia establece en el parágrafo que los procesos agrarios especiales de la Ley 160 de 1994 contra personas naturales o jurídicas serán resueltos por la Agencia Nacional de Tierras mediante acto administrativo, sin perjuicio del control judicial que ejerce la jurisdicción a través de la acción de nulidad agraria. En resumen, si la Agencia Nacional de Tierras considera que un predio no es productivo, procederá a adelantar la expropiación administrativa express y el único recurso que tendrá el ciudadano será ir ante los jueces cuando el daño ya se hizo. ¿Qué se entiende por predio improductivo? ¿Dónde quedan los derechos de propiedad en esos procesos administrativos poco garantistas?
Cuando el Ministro del Interior se posesionó en el cargo manifestó que su propósito era la implementación del Acuerdo de Paz para lograr mayor eficacia y efectividad. Resulta que el Acuerdo del Teatro Colón establece en su capítulo 1 “Hacia un Nuevo Campo Colombia: Reforma Rural Integral” uno de los principios denominado “Desarrollo integral del campo” donde afirma que el campo depende de un adecuado balance entre las diferentes formas de producción existentes –agricultura familiar, agroindustria, turismo, agricultura comercial de escala-. El Acuerdo entonces no es excluyente y en ningún momento plantea Reforma Rural vs Agroindustria.
Además, el Gobierno Santos encabezado por el propio Ministro Cristo en su momento tramitó como Ministro encargado de Agricultura, la Ley ZIDRES, cuya exposición de motivos determina que lo que se busca es que coexistan dentro del mismo ámbito del desarrollo rural dos esquemas armonizables como la agricultura familiar y el modelo agrario industrial, mediante la creación de zonas de interés de Desarrollo Rural, Económico y Social, ZIDRES, como territorios con aptitud agrícola, pecuaria y forestal y piscícola (Gaceta 204 de 2015). ¿Cambió el Ministro Cristo su visión sobre la Reforma Agraria Integral?
Esta norma que se encuentra vigente en el ordenamiento, Ley 1776 de 2016, fue reglamentada mediante el Decreto 1273 de 2016, el cual establece las reglas para declarar las zonas ZIDRES, las entidades competentes y los criterios para definirlas. Igualmente, el Conpes 3917 de 2018, ya identificó las áreas de referencia para poder declarar las zonas ZIDRES en el país. La estimación total de áreas de referencia ZIDRES es de 7’278.964 hectáreas, equivalente al 6,4% del área continental colombiano, donde se podrían desarrollar grandes cultivos agroindustriales asociativos como los tiene Brasil y Argentina, con soya, maíz, trigo, sorgo, cebada, caña de azúcar.
El Gobierno Santos ya declaró la primera zona Zidres en Puerto López, Meta, mediante Decreto 1396 de 2018, pero a la fecha no se ha desarrollado ningún proyecto productivo. La UPRA manifiesta que debido a que a la fecha el Gobierno no ha reglamentado el Sistema de Desarrollo Rural (Art. 4 de la Ley 1776 de 2016) ni el Banco de Proyectos Productivos (Artículo 2.18.3.4. del Decreto 1273 de 2016) no se puede avanzar en esta área declarada ZIDRES y no se ha presentado ningún proyecto productivo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
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El Gobierno Petro debería enfocar todos sus esfuerzos en promover un modelo de desarrollo agrario balanceado como lo establece el Acuerdo de Paz y abandonar la idea de la expropiación administrativa express.
En el marco del plan de reactivación económico que lidera la directora del DAPRE y la Ministra de Agricultura, deberían impulsar la reglamentación del Sistema de Desarrollo Rural y el Banco de Proyectos Productivos, que el gobierno apruebe y delimite nuevas zonas ZIDRES (serán aprobadas por el Consejo de Ministros), que se destrabe la ZIDRES de Puerto López y que se nombre un gerente para la Altillanura.
Este gerente debería encargarse de promover un modelo público privado donde se presenten proyectos productivos en las ZIDRES, que permitan la asociatividad entre el campesinado y los empresarios, la explotación sostenible del campo, se garantice la compra de la producción a precios justos de mercado, se mejore el ingreso y calidad de vida de los campesinos, se promuevan líneas de crédito a buenas tasas y se logre el desarrollo agropecuario y agroindustrial en una región con un potencial enorme.
El reciente Conpes 3797 de 2024, sobre la política para el desarrollo integral de la Orinoquía: Altillanura Fase i, establece que en la Altillanura hay más de 3 hectáreas con potencial de aprovechamiento agrícola, pecuario y forestal, y a la fecha solo estamos cultivando 80.167 hectáreas (menos del 3%), y seguimos discutiendo sobre la expropiación administrativa express.