Aprobado el Real Decreto sobre #Autoconsumo en España

Aprobado el Real Decreto sobre #Autoconsumo en España

El Consejo de Ministros aprobó este 9 de octubre el decreto que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. Hay que destacar que las asociaciones de energías renovables, los partidos políticos de la oposición y asociaciones de consumidores y ecologistas, acusan al Gobierno, con esta regulación, de poner trabas al desarrollo del autoconsumo en España, en contra de lo que sucede con las regulaciones de países del entorno.

El autoconsumo se puede clasificar en dos modalidades. Autoconsumo aislado y autoconsumo conectado a la red.

En el real decreto aprobado, se establecen dos categorías de autoconsumidores conectados a la red: Instalaciones de más de 100 kW, que sí permite vender el excedente. El precio al que se podría vender esa energía no autoconsumida es el precio horario del pool. Instalaciones de menos de 100 kW, que podrán verter a la red el sobrante de la energía que generen, sin embargo, no recibirán compensación económica por ello.

Al estar conectado a la red, se tiene garantizado el suministro en todo momento, incluso cuando la energía autogenerada no sea suficiente, por ejemplo, cuando no haya sol o no sople el viento. Este es el motivo que argumenta el Ministro de Soria para que el autoconsumidor tenga que contribuir a los costes generales del sistema, destacando la deuda generada en el pasado, los incentivos a las renovables y los costes de respaldo.

En el proyecto de RD de autoconsumo, por un lado, se especifica un “peaje para sufragar las redes, que se aplicarán por la energía y potencia demandada de la red” de forma que el autoconsumidor solo costeará cuando esté vertiendo o recibiendo electricidad a la red.

Por otro lado, “los cargos para cubrir los otros costes del sistema eléctrico (primas renovables, anualidades de déficit, etc.) se aplicarán sobre la potencia y consumo del sujeto consumidor”. El autoconsumidor deberá sufragar siempre este segundo concepto.

Además, se crea un “cargo por autoconsumo”, que irá destinado a cubrir los servicios de balance necesarios en el mercado de producción, y que “se aplicará sobre la energía autoconsumida, dado que se beneficia del respaldo del sistema aun cuando no consuma energía del mismo”.

Hay un especial tratamiento para los los pequeños consumidores de potencia contratada hasta 10 kW y los consumidores en las islas que según la nota de prensa, parecen quedar exentos de este coste.

Todo esto habrá que ver como queda finalmente desarrollado en el BOE.

Por otro lado, los usuarios de autoconsumo aislado, es decir, quienes producen y consumen su propia energía sin estar conectados a la red eléctrica, no han de asumir ningún coste del sistema eléctrico, puesto que no lo utilizan.

Resulta llamativo que la modalidad de autoconsumo más extendida en el mundo, el balance neto, no ha sido regulado en este Real Decreto de Autoconsumo. El balance neto consiste en verter a la red la electricidad generada y poder, a cambio, recuperar esa misma cantidad de energía cuando la instalación no genera. Esta modalidad incentiva claramente el autoconsumo en los hogares.

El balance neto es tan beneficioso para promover el autoconsumo que ya ha sido regulado en países como Alemania, Holanda, Portugal, Grecia, Italia, Dinamarca, Japón, Australia, Estados Unidos, Canadá y México, entre otros.

En Whitewall Energy creemos que el autoconsumo es imparable en España, al igual que lo está siendo en el resto del mundo. Cada vez más gente están optando por desengancharse del sistema, unos por convicción de consumir fuentes de energías renovables, otros por cabreo con el sistema abusivo y cada vez más gente porque descubre que el autoconsumo es posible, responsable y puede representar un ahorro económico en España.

Publicado en whitewallenergy.com

Inicia sesión para ver o añadir un comentario.

Más artículos de José Manuel González López

Otros usuarios han visto

Ver temas