¿Cómo calcular las vacaciones en Argentina?
¿Qué son las vacaciones? ¿Cuántos días corresponden? ¿Cuándo se pueden pedir? ¿Cómo se hace el cálculo para liquidarlas? ¡Seguí leyendo y enterate de todo!
¿Qué son las vacaciones?
Las vacaciones son un período de descanso que se deben tomar todos los empleados. Están reguladas dentro de la Ley de Contrato de trabajo y son obligatorias, es decir, que el empleador está obligado a otorgarlas y los trabajadores no pueden negarse a su goce. Otro factor a tener en cuenta es que son pagas. Esto significa, que durante el lapso de tiempo en el que el trabajador no concurre a trabajar, percibe remuneración.
Además, como las vacaciones cumplen una función reparadora de descanso, no son compensables con dinero, salvo que se trate de una indemnización por vacaciones o gozadas en caso de extinción del contrato laboral.
¿Cuáles son los requisitos para poder gozar de las vacaciones?
Para poder acceder a las vacaciones el único requisito es haber trabajado como mínimo la mitad de los días hábiles del año calendario.
Si el trabajador no llega a haber cumplido esa cantidad de días, se puede tomar vacaciones, pero la cantidad de días que se le liquidarán será 1 por cada 20 días efectivamente trabajados.
¿Cómo calcular las vacaciones y cuál es la época de otorgamiento?
Para calcular las vacaciones hay que tener en cuenta la antigüedad del trabajador al 31 de diciembre de cada año. A continuación te contamos cuántos días corresponden de acuerdo a la antigüedad.
Hasta 5 años de antigüedad: 14 días
Mayor a 5 años y hasta 10 años: 21 días
Mayor a 10 años y hasta 20 años: 28 días
Mayor a 20 años: 35 días
Cabe aclarar que siempre los días son corridos. Es decir que si un empleado que tiene 14 días de vacaciones comienza su descanso el 2/12/2024, debe reincorporarse a su trabajo el lunes 16 de diciembre, quedando descartados los feriados o fines de semana que hubiera en ese lapso de tiempo
¿Cuándo deben comenzar las vacaciones?
Según la Ley de Contrato de Trabajo, el goce de vacaciones debe comenzar los días lunes o día hábil siguiente si fuera feriado. Igualmente, esto puede cambiar dependiendo el convenio colectivo de trabajo de cada gremio que puede establecer condiciones más beneficiosas para los trabajadores. Por ejemplo, que el cómputo sea de días hábiles.
En cuanto al período del año en el que se deben tomar las vacaciones, los empleados podrán hacerlo entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, notificándolo con 45 días de anticipación.
Asimismo, el empleador debe otorgar las vacaciones de forma rotativa, de manera que cada empleado pueda tomarse las vacaciones al menos una vez cada tres años en época de verano.
¿Pueden acumularse las vacaciones?
Si, pero solo un tercio del período de vacaciones que hubiera correspondido en el período inmediato anterior.
¿Qué sucede con las vacaciones no gozadas?
En caso de extinción del contrato de trabajo, el trabajador puede percibir una suma de dinero en concepto de vacaciones no gozadas. Este es el único caso legal en que se compensan las vacaciones con una suma de dinero.
Para calcular las vacaciones en este caso hay que determinar la proporción de los días de vacaciones que le hubiera correspondido al trabajador en caso de haber prestado servicios en todo el año calendario completo y calcular la proporción de acuerdo a los días efectivamente trabajados en el año.
Se hace el cálculo de la suma de dinero que le corresponde percibir por esos días y este concepto formará parte de su liquidación final.
¿Cómo calcular las vacaciones?
Según el art 155 de la LCT, para calcular las vacaciones de empleados con remuneración mensual, hay que dividir el sueldo bruto por 25 y luego multiplicar el valor obtenido por la cantidad de días que le corresponden las vacaciones. De esta manera, se obtiene el plus vacacional, es decir la suma que el trabajador percibirá en concepto de vacaciones.
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Ejemplo práctico
Se trata de un empleado, suponemos, de 6 años de antigüedad al 31/12/2024. Su sueldo mensual bruto se compone de la siguiente manera:
Lo primero que hay que analizar es cuántos días de vacaciones le corresponden. Como su antigüedad es de 6 años, le corresponden 21 días corridos de vacaciones.
Entonces hacemos el cálculo:
Y así obtuvimos la suma a percibir en concepto de VACACIONES, por los 21 días de licencia que le corresponden: en este caso $86.814.
Ahora bien, nos falta calcular el sueldo que percibirá por los días del mes que efectivamente trabajó, que serán 9 días (30 días del mes menos 21 de vacaciones). Para esto dividimos el sueldo mensual por 30:
Entonces, el empleado recibirá una liquidación como la siguiente, el mes en que se haya tomado vacaciones, por los días trabajados más los días de licencia:
El plus vacacional surge de restar su remuneración bruta mensual, lo percibido incluidas las vacaciones:
$117.819 – $103.350 = $14.469
Que es lo mismo que calcular la diferencia entre: dividir el sueldo bruto por 30 y multiplicarlo por los días de vacaciones y dividir el sueldo bruto por 25 y multiplicarlo por los días de vacaciones. En nuestro ejemplo:
Diferencia: $86.814 – $72.345 = $14.469.
Otra manera de reflejarlo en el recibo de sueldo es liquidar el sueldo bruto mensual, descontar los días no trabajados y exponer las vacaciones. Así puede visualizarse con más claridad este plus vacacional. Siguiendo el ejemplo, la liquidación será la siguiente:
Y llegamos a la misma suma a cobrar que calculamos anteriormente. Donde $72.345 surge de dividir el sueldo por 30 y multiplicarlo por los 21 días que estuvo de vacaciones, y $86.814 surge de dividir el sueldo por 25 y multiplicarlo por 21 días de vacaciones.
Simplemente son diferentes formar de calcular lo mismo.
Para finalizar, podemos decir que para simplificar el cálculo de las vacaciones, es ideal incorporar un sistema de gestión como Xubio que con unos pocos clics realiza el cálculo delas vacaciones en segundos.