Cobertura insuficiente ante la catástrofe

Cobertura insuficiente ante la catástrofe

Hace unos días la AMIS presentó las cifras preliminares de las pérdidas causadas por Otis. Respecto a Daños, en las primeras dos semanas posteriores al evento se registraron 5862 reclamaciones, de las cuales aproximadamente el 60% corresponde a riesgos habitacionales.

Ana Clemente / Directora, VIRSA anaclemente@virsaseguros.com.mx

La AMIS informó que hay al menos 82 reclamaciones de hoteles que tenían la cobertura de fenómenos hidrometeorológicos (FH) y que las aseguradoras han hecho anticipos por 58 millones de pesos. Hasta el 16 de noviembre había un avance en valuaciones de 1352 bienes asegurados de empresas, centros comerciales y restaurantes, entre otros. Me parece increíble que muchos no tenían la cobertura de FH, pero no hablaré de ello, sino de las problemáticas relacionadas con el aseguramiento de las embarcaciones. De acuerdo con el informe preliminar, solo 111 embarcaciones han presentado una reclamación de algún tipo de cobertura. Esta cifra me llama la atención porque, de acuerdo con la Marina, el día del siniestro se encontraban en Acapulco 614 embarcaciones, entre las cuales se mencionan yates privados, barcos pesqueros y ferris. Esto significa que, a la fecha del reporte preliminar, se había presentado menos de un 20% de reclamos a las aseguradoras, lo cual podría deberse a que la mayoría de las embarcaciones no había sido reflotada e incluso a que algunas de ellas no tienen bandera mexicana, por lo que su reclamación debe hacerse en la aseguradora del país de origen.

Hace algunos días circulaba en internet un video de un buzo que, intentando encontrar cuerpos humanos en el fondo del mar, se topó con la carátula de una póliza de seguro, la cual se encontraba entre los restos de un barco. El video muestra claramente la cobertura con la que esta embarcación contaba, la cual lamentablemente no era la adecuada para Daños, puesto que se trataba de una póliza de responsabilidad civil viajero, por lo que podemos asumir que esta embarcación hundida se dedicaba a dar paseos turísticos por la bahía. Al investigar con la aseguradora, me comentaron que aún no había una reclamación de embarcaciones, lo cual me hace pensar que la persona asegurada no tenía la protección específica para los daños que sufrió.

A lo largo de mi experiencia como suscriptora, frecuentemente me he encontrado con una problemática en este tipo de bienes, puesto que las características de las embarcaciones no atienden los requerimientos solicitados por las políticas de suscripción de las aseguradoras, principalmente cuan- do se trata de su edad, ya que la mayoría sobrepasa los 30 años de fabricación. Esta situación limita la cobertura de las naves, pues sus dueños terminan contratando una póliza sumamente básica que solo cubre responsabilidad civil legal y, en el mejor de los casos, adicionan la responsabilidad civil por abordaje y el PandI.

Otis nos demostró que ningún tipo de seguro debe considerarse meramente una obligación legal derivada de los reglamentos gubernamentales. Ahora podemos constatar que una póliza completa y bien diseñada para las embarcaciones hubiera significado para muchas personas la posibilidad de poner en marcha nuevamente sus actividades económicas. Esta experiencia debe hacernos reflexionar sobre la importancia del conocimiento en la transferencia de riesgos y la colocación de las coberturas adecuadas. Para el evento en cuestión, las embarcaciones re- querían invariablemente haber tenido la cobertura de pérdida total real o implícita, en donde se encuadra el riesgo de furia de los elementos o, como algunos contratos más actualizados lo llaman, huracanes, ciclones, tifones, tormentas, lluvias, granizo, marejada, maremoto y tsunami. También era importante tener la cobertura de gastos de salvamento.

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