COMPARABLES DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Cuando se habla sobre un análisis de precios de transferencia, siempre se debe encontrar la respuesta a la pregunta: ¿Cómo se hubiesen pactado las operaciones con un tercero independiente? Muchas de las empresas que realizan su Estudio de Precios de Transferencia, pueden observar que, para llegar al resultado final del análisis de las operaciones, se menciona a las comparables utilizadas.
Para entender mejor que es una comparable, hay que tener en cuenta que una operación o empresa es comparable con la parte analizada cuando no existan diferencias entre éstas, que afecten significativamente el precio o monto de la contraprestación entre partes relacionadas; y cuando existan dichas diferencias, se puedan eliminar mediante ajustes razonables.
Asimismo, en el párrafo 3.24 de las Guías de la OCDE, se menciona que:
“Una operación no vinculada comparable es aquella que ocurre entre dos partes independientes y que es comparable a la operación vinculada objeto de examen. Puede tratarse bien de una operación comparable entre una parte de la operación vinculada y una parte independiente (“comparable interno”) o entre dos empresas independientes, ninguna de las cuales es parte de la operación vinculada (“comparable externo”)”
De acuerdo con lo señalado en las Guías, las comparables se diferencian de la siguiente forma:
• Comparables internos: Elementos de comparación que provienen de transacciones realizadas por la empresa o empresa del grupo, con partes no relacionadas bajo condiciones similares.
• Comparables Externos: Elementos de comparación entre compañías que no están incluidas dentro del grupo. Dicha información puede ser obtenida de fuentes públicas confiables.
Ahora bien, la información de comparables internos es la ideal para utilizar en un análisis y la más fácil de obtener para la empresa e incluso puede ser la forma más directa y menos complicada de comparar una operación. Sin embargo, dichas comparables no siempre son las más confiables, por lo que tampoco puede considerarse que cualquier operación interna entre un contribuyente y una parte independiente sea un comparable fiable. Debemos recordar que para seleccionar una comparable, se debe cumplir con los 5 factores de comparabilidad y si llegasen a existir diferencias, éstas puedan ser eliminadas mediante ajustes razonables.
Por otro lado, las comparables externas resultan más difíciles de obtener, debido a que la mayoría de la información pertenece a compañías privadas. Para la búsqueda de comparables externos las Guías nos permiten la utilización de bases de datos comerciales. Sin embargo, existen limitaciones para la búsqueda y selección de comparables en las bases de datos, puesto que no siempre se cuenta con información detallada. Al momento de seleccionar una comparable de una base de datos, es necesario recurrir a otra fuente de información pública disponible para verificarla.
Asimismo, las Guías mencionan en el párrafo 3.35 que cuando las comparables a nivel nacional sean insuficientes, no se deben rechazar las comparables extranjeras por su condición. No obstante, para determinar la fiabilidad de comparables extranjeros, se debe proceder como se ha mencionado anteriormente.
Ahora bien, una vez que se tomó la decisión de utilizar comparables internas o externas, se debe identificar si estas son potencialmente comparables a la operación entre partes relacionadas. Para ello, existen 2 posibilidades:
• Enfoque aditivo: consiste en la elaboración de una lista de terceros que realicen operaciones similares, luego se busca información de cada una de las operaciones seleccionadas para verificar cuales de ellas efectivamente se pudieran utilizar como comparable. Este enfoque puede ser utilizado tanto en comparables internas como externas.
• Enfoque deductivo: Se realiza una búsqueda amplia con diferentes sociedades que operan en el mismo sector de actividad que las partes relacionadas, llevando funciones similares. Esta búsqueda se debe depurar con diferentes criterios de selección y rechazo, de acuerdo con la información disponible. Este enfoque es mayormente utilizado en la selección de comparables externas y no es aplicable a todos los casos y métodos.
En definitiva, se debe tener en consideración que las comparables internas son las ideales al momento de realizar un análisis de precios de transferencia, incluso son las preferidas por las administraciones tributarias, sin embargo, no siempre cumplen con los factores de comparabilidad. Por este motivo, las comparables externas no se deben descartar de un análisis, ya que es totalmente aceptable por las administraciones tributarias su utilización, siempre y cuando cumplan con todas las condiciones y que al final del día se pueda comprobar el Principio de Plena Competencia. De igual manera, al momento de aceptar o rechazar una comparable, no existe una preferencia sistemática en la selección de un enfoque con respecto al otro (aditivo o deductivo), puesto que en ambos casos se pueden obtener comparables confiables e incluso se pudiera utilizar una combinación de ambos, ya que, no hay un uso exclusivo de estos enfoques.
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