Declaración de IRPF - todo lo que necesitas saber

Declaración de IRPF - todo lo que necesitas saber

Falta un poco todavía para que comience la campaña para la presentación de declaraciones juradas de IRPF 2023 (el plazo para enviarlas comienza el 8 de julio y va hasta el 29 de agosto); pero ya empiezan a llegar consultar de todo tipo y color, así que me pareció interesante hacer algunas precisiones:

  • Ya esta habilitada la consulta de DGI para saber si tienes devolución automática correspondiente a 2023: https://servicios.dgi.gub.uy/serviciosenlinea/consultadevolucioneirpf_iass_irnr (Dónde dice RUT vas a ingresar tu número de cedula -sin guion).
  • Todavía no esta fijado el plazo de la devolución (suele ser en el corriente mes).
  • La devolución automática aplica solo para quienes no están obligados a presentar declaración jurada. Por lo tanto no aplica para servicios en relación de independencia (profesionales y no profesionales).
  • Quienes presten servicios deben presentar la declaración jurada de IRPF NO importa el monto de la facturación (incluso sino facturaron pero tienen la unipersonal abierta). También deben presentar la declaración de IVA Servicios Personales.
  • También deben presentar declaración jurada los trabajadores dependientes (cobren un sueldo) que tienen más de un empleo y que durante todo el 2023 sus ingresos superaron los $881.055 nominales. También quienes hayan optado por la reducción del 5% en los anticipos por el régimen de núcleo familiar.
  • Quienes pagan un alquiler o cuotas hipotecarias (que cumplan con ciertas condiciones) PUEDEN descontarlo de IRPF presentando la declaración jurada, por lo que, a estas personas les conviene presentar la declaración.

Hay algunas precisiones extras que me gustaría hacer:

  • Quienes tienen un monotributo, una empresa Literal E, o son contribuyentes del IRAE: NO deben presentar declaración de IRPF.
  • Para que se genere un crédito automático o puedas descontar el alquiler/cuotas hipotecarias tienes que haber pagado en algún momento del 2023 IRPF. Si nunca te descontaron IRPF no se va a generar una devolución de este impuesto.



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