Declaran ilegales barreras burocráticas en disposiciones del Reglamento de Migraciones y del TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones
A través de la Resolución N° 0061-2024/CEB-INDECOPI, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declaró como barreras burocráticas ilegales diversas disposiciones contenidas en el Reglamento del Decreto Legislativo de Migraciones y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
A criterio de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, estas disposiciones limitaban los derechos de los administrados a presentar trámites migratorios mediante apoderados, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que garantiza el derecho de los administrados a actuar personalmente o mediante representantes ante las autoridades administrativas.
Las barreras identificadas y declaradas ilegales incluyen:
La resolución se basa en el artículo 107 de la Ley N° 27444, que señala que los administrados tienen derecho a:
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El impedimento establecido por las disposiciones declaradas ilegales vulneraba este derecho fundamental, afectando la accesibilidad y eficiencia de los trámites administrativos.
Implicancias de la decisión
Con esta resolución, se reafirma el compromiso del INDECOPI con la eliminación de barreras burocráticas que obstaculizan el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos, y marca un precedente en la supervisión de la legalidad de las disposiciones administrativas.
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