Descubre la información que te tienen que facilitar antes de contratar un viaje combinado y cuáles son tus derechos en este tipo de viajes

Descubre la información que te tienen que facilitar antes de contratar un viaje combinado y cuáles son tus derechos en este tipo de viajes

👉 Como te contaba la semana pasada, antes de que quedes obligad@ por cualquier contrato de viaje combinado u oferta correspondiente, el organizador (o el minorista, en su caso) tendrá que proporcionarte la información precontractual del viaje.

📌 El TRLGDCU recoge, en el Anexo II (A y B), modelos con la información normalizada que el organizador (o minorista) deben facilitarte en relación con el viaje combinado ofertado.

Este documento que te entregará el empresario hará referencia a:

1️⃣ Que la combinación de servicios de viaje que te ofrece es un viaje combinado en el sentido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

2️⃣ Que esto implica que gozarás de todos los derechos que se aplican a los viajes combinados en el marco de la UE.

3️⃣ La empresa o empresas que será/n responsable/s de la correcta ejecución del viaje combinado en su conjunto.

4️⃣ Que dichas empresas están cubiertas por una garantía para cubrir reembolsos de pagos realizados y repatriación (si el transporte está incluido en el viaje) en caso de insolvencia.

🔸 Luego el documento

✔️ incluirá el resto de información sobre tus principales derechos con arreglo al Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

✔️ O un hiperenlace en el que podrás acceder a esta información.

El organizador o minorista también deberá informarte, con carácter previo a la contratación, sobre:

🌀 Las principales características de los servicios incluidos en el viaje combinado (destino o destinos; itinerario; períodos de estancia; número de pernoctaciones incluidas; medios de transporte; información sobre la ubicación, características y categoría turística del alojamiento; comidas previstas; excursiones incluidas, etc.)..

🌀 El precio total del viaje combinado (con todos los impuestos, comisiones, recargos y otros costes adicionales. O, si dichos costes no pueden calcularse razonablemente antes de la celebración del contrato, una indicación del tipo de costes adicionales que podrías tener que soportar).

🌀 Las modalidades y los plazos de pago.

🌀 El número mínimo de personas necesario para la realización del viaje combinado y la fecha límite para la posible cancelación del contrato si no se alcanza dicho número.

🌀  Los requisitos de pasaporte y visado e información sobre los trámites sanitarios para el viaje y la estancia en el país de destino.

🌀 Indicación de puedes resolver el contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje combinado a cambio del pago de una penalización que normalmente se especificará en el contrato y que en todo caso tendrá que ser adecuada y justificable.

🌀 La posibilidad de suscribir un seguro facultativo que cubra los gastos originados en caso de decidas poner fin al contrato o los gastos de asistencia, incluidos los de repatriación, en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.

🌀 Todo lo relacionado con el tratamiento de tus datos conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

La información relativa a: las principales características de los servicios de viaje 📋; el precio total 💲; las modalidades y plazos de pago 📅; el número mínimo de personas necesario para la realización del viaje combinado 👯 y la fecha límite 📆 para la posible cancelación del contrato si no se alcanza dicho número; y a la penalización 💵 en caso de resolución del contrato; formará parte integrante del contrato de viaje combinado y no se modificará salvo que las partes contratantes acuerden expresamente lo contrario.

📌Si con carácter previo a la celebración del contrato no se te informa sobre las comisiones, recargos u otros costes adicionales, no tendrás que soportarlos.

Con respecto a tus principales derechos con arreglo al TRLGDCU, ya te adelanto que son:

  • Recibir toda la información esencial sobre el viaje combinado antes de celebrar el contrato.
  • Que te faciliten un número de teléfono de emergencia o los datos de un punto de contacto donde puedas localizar al organizador o al minorista.
  • Podrás ceder el viaje combinado a otra persona. Tendrás que comunicarlo a la empresa organizadora o minorista con antelación y es posible que la cesión esté sujeta a gastos adicionales.
  • El precio del viaje combinado no se podrá modificar al alza salvo por gastos específicos expresamente estipulados en el contrato (y en ningún caso en los últimos 20 días anteriores al inicio del viaje combinado).
* Si el aumento del precio excede del 8% del precio del viaje combinado, tendrás derecho a poner fin al contrato.
* Si el organizador se reserva el derecho de aumentar el precio, igualmente tú, como viajero, tendrás derecho a una reducción del precio si disminuyen los gastos correspondientes.
  • Tendrás derecho a poner fin al contrato (sin penalización y recibiendo el reembolso de todo lo pagado) si se modifica significativamente alguno de los elementos esenciales del viaje combinado que no sea el precio.
  • Igualmente, en circunstancias excepcionales (Por ejemplo, graves problemas de seguridad en el lugar de destino), tendrás derecho a poner fin al contrato antes del inicio del viaje combinado sin que se pueda imponer ninguna penalización.
  • También tendrás derecho al reembolso de todo lo pagado (y, en su caso, a una compensación) en caso de que el empresario cancele el viaje combinado antes de su inicio.
  • Al margen de estos casos, si decides poner fin al contrato en cualquier momento previo al inicio del viaje combinado, podrás hacerlo mediante el pago de una penalización que tendrá que ser adecuada y justificable.
  • Si, iniciado el viaje combinado, no pueden hacerse efectivos elementos significativos de éste, te deberán ofrecer alternativas adecuadas sin coste adicional. De lo contrario tendrás derecho a poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización (siempre que la no ejecución de los servicios afecte sustancialmente a la ejecución de lo contratado y el organizador o minorista no consigan solucionar el problema).
  • Tendrás derecho a una reducción del precio y/o a una indemnización en caso de no ejecución o ejecución incorrecta de los servicios de viaje.
  • Tendrás derecho a asistencia en caso de que te encuentres en dificultades durante la realización del viaje combinado.
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Cristina Clemente

Abogada ⚖️ Te ayudo y aconsejo legalmente para defender juntos tus derechos | cristinaclemente.net

3 años

Muy útil Piedad, sobre todo a raíz de la casuística tras las cancelaciones y demás de los servicios por la Covid-19 donde los consumidores desconoce qué pueden exigir. Un saludo.

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