Devolución de retenciones en exceso de rentas de quinta categoría.
Informe N.° 156-2019-SUNAT/7T0000 (publicado el 29.11,2019)
Sunat señala que tratándose de retenciones de quinta categoría del Impuesto a la Renta practicadas en exceso como consecuencia de la aplicación del inciso n) del
artículo 37° de la LIR (regla de valor de mercado de remuneraciones) sobre remuneraciones al titular de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, accionistas, participacionistas y en general a los socios o asociados de personas jurídicas, el contribuyente podrá solicitar la devolución directamente a la SUNAT, de acuerdo a lo previsto en el numeral 5.6 del artículo 5° y el artículo 6° de la Ley N.º 30734 (LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO DE LAS PERSONAS NATURALES A LA DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA DE LOS IMPUESTOS PAGADOS O RETENIDOS EN EXCESO)