El “Cheque formación” desde un punto de vista operativo y político.
Ya han pasado 3 años desde que se incluyó en la Reforma Laboral, y a día de hoy, poco ha avanzado.
Existe como precedente su implantación en otros países europeos, en unos con más éxito y en otros con menos.
Desde que se incluyó en el texto de Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral en su disposición final tercera con esta breve referencia:
Cheque formación. El Gobierno, previa consulta con los interlocutores sociales, evaluará la conveniencia de crear un cheque formación destinado a financiar el derecho individual a la formación de los trabajadores.
Tres años después poco ha avanzado, se sigue incluyendo recientemente en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, donde se pretende impulsarlo haciendo referencia en:
PREÁMBULO-Apartado IV
Asimismo, el artículo 6 recoge la posibilidad de que las administraciones públicas, en sus respectivos ámbitos competenciales, puedan articular un «cheque formación» para trabajadores desempleados con el objeto de proporcionarles la formación que necesitan. Se trata de una herramienta novedosa que permitirá la libertad de elección entre las entidades adheridas a los dispositivos específicos que se desarrollen para su seguimiento.
La disposición adicional primera recoge la especial atención a las pequeñas y medianas empresas que deberán promover los servicios públicos de empleo, mientras que la segunda prevé el impulso al «cheque formación» a través de las medidas que se propongan en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales. La disposición adicional segunda contiene una medida de impulso al cheque-formación
Artículo 6. Financiación
Los servicios públicos de empleo competentes podrán, como alternativa a las convocatorias de subvenciones, proporcionar un «cheque formación» a los trabajadores desempleados que, de acuerdo con su perfil, les acredite para realizar acciones formativas concretas dirigidas a mejorar su empleabilidad. En este caso, el trabajador entregará el citado cheque a la entidad de formación seleccionada por él de entre las que cumplan los requisitos de acreditación y/o inscripción establecidos para impartir la formación, que, a su vez, sean seleccionadas por la Administración competente para formar parte del sistema de información y seguimiento específico que se desarrolle al efecto.
Artículo 13. Programación y gestión de las ofertas formativas
- Se garantizarán los principios de publicidad, objetividad y libre concurrencia en la gestión de las convocatorias públicas para la financiación de la actividad formativa. Los organismos gestores publicarán en sus páginas web, una vez finalizado el citado proceso, la relación de entidades beneficiarias con especificación del tipo o líneas de programa, la puntuación técnica y la financiación obtenidas.
Los principios previstos en el párrafo anterior se garantizarán, igualmente, en la selección de las entidades de formación debidamente acreditadas y/o inscritas que participen en la implantación del cheque formación previsto en el artículo 6.
Disposición adicional segunda. Impulso al cheque de formación
En el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, se analizará de manera conjunta entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y las comunidades autónomas, la puesta en marcha del cheque de formación, así como los mecanismos para su evaluación.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. Se modifica el artículo 26 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, que queda redactado en los siguientes términos: «Artículo 26. Sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Las Administraciones competentes, previa consulta con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, podrán decidir la implantación progresiva de un cheque formación para trabajadores desempleados delimitando los sectores en los que se aplicará. A tal efecto, reglamentariamente se determinarán los requisitos y condiciones para su disfrute. Asimismo, en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales se analizará su puesta en marcha y los mecanismos para su evaluación.
Se desconoce el formato de dicho cheque, en comunicaciones públicas de la Administración se hace más referencia a que se tratarán de un modelo/sistema, más que de un soporte físico como los conocidos hasta la fecha en los beneficios sociales que las empresas pagaban en especie (comida, guardería, etc.) y que el posible alumno comunique al centro de formación, que a su vez previamente ha sido autorizado por la Administración competente.
Pero su desarrollo no ha llegado, sólo se materializa en una declaración de intenciones por escrito, poco más se sabe, sólo que los destinatarios serán los desempleados y que corresponderá a las Comunidades Autónomas su aplicación voluntaria.
Supuestamente esta medida intenta acabar con la estacionalidad de las convocatorias de cursos de desempleados, en mi opinión, no habría que inventar la rueda, el modelo de la Formación Bonificada (ahora programada para Empresas), ya tiene un sistema dónde la empresas disponen de un crédito que se bonifican de los seguros sociales a la presentación de la factura, en el caso del Cheque formación el desempleado previa orientación laboral y conforme a los estudios sobre nuevos yacimientos de empleo, debería conocer a qué cantidad puede acceder y sería el centro el que solicitaría autorización a la administración para su impartición con la autorización previa del alumno.
Quedan pendientes de decidir muchas cosas como por ejemplo: en qué caso se tiene acceso, si tiene libertad en la elección del centro y la materia, por qué importe o duración en horas podría hacerlo, qué tipo de acciones formativas (idiomas, TICs, Certificados de profesionalidad completos o por módulos), cómo se vincula a la cuenta de formación que le acompañará toda la vida, en qué momento recibe el centro el importe de dicho curso, en qué casos se daría por buena la baja de un alumno, y qué parte recibiría el centro, cómo haría la administración este seguimiento indivualizado, si será también ampliable a ocupados o no, si llegará a los colectivos necesarios, es decir, será sólo para aquellos con un nivel de cualificación mayor quienes accedan, como se ha visto en la experiencia de implantación de Guipúzcoa. Por último y no menos importante, ¿Cómo enlaza esto con la prestación por desempleo, es decir, ¿qué ocurre si hace un mal uso de esta oportunidad?
En cuanto a la elección de centros, tampoco sabemos si serán los previamente acreditados o se tratará de un acuerdo marco, como el que se ha llevado a cabo para las agencias de colocación privadas, esperemos que no, visto los discutidos resultado y tiempos de puesta en marcha.
Todos estos interrogantes, pendientes de desarrollo normativo y homogenización de criterios por parte de las CC.AA, con las elecciones autonómicas que se van produciendo donde cambian las mayorías y las elecciones generales a las puertas, no hace más que demorar su implantación en beneficio de los alumnos, que puedan encontrar un nuevo trabajo, y en beneficio de las entidades de formación acreditadas previamente que puedan hacerlo con calidad y garantías de éxito.
Desde un punto de vista político.
La opinión de los distintos partidos se ha materializado en las enmiendas a la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, que se produjeron este pasado verano.
EL Grupo Parlamentario Socialista proponía que “en función de las experiencias internacionales de implantación de cheques formación han demostrado que favorece un acceso selectivo a la formación que acentúa desigualdades, promoviendo, por ejemplo, la formación de los trabajadores con niveles educativos más altos, razones, entre otras, por las que ha resultado una experiencia fallida. Por ello, se propone la supresión de la regulación del cheque formación”.
En el caso del Grupo Parlamentario Izquierda Plural, comentaban que:
“Los defensores del cheque formación sostienen que la libertad individual, actuando en un contexto de mercado, es un mecanismo óptimo de asignación de recursos. Se espera pues que el individuo actúe como un pequeño empresario que busca maximiza su inversión cuando elige la formación a realizar. Sin embargo, los trabajadores desempleados no disponen de información suficiente para elaborar decisiones acertadas, a no ser que cuenten con orientación y en España no hay un sistema de orientación eficaz, entre otras cosas porque el número de orientadores es muy limitado.”
“Las experiencias internacionales en implantación de cheques han demostrado que favorece a las personas con elevados niveles educativos, las grandes empresas y los menores de 45 años. Es decir, favorece un acceso selectivo a la formación que acentúa las desigualdades. (Ver Domer, D. (2009): Review of individual learning accounts in Europe. En Individual Learning Account. CEDEFOF Panorama series; 163. Luxembourg: Office for Official Publications of the European Communities, 2009) Las posibilidades de fraude son muy elevadas. La National Audit Office inglesa, en su informe de evaluación de la implantación en ese país del cheque formación, que supuso un fraude de 95 millones de euros en año y medio, consideró que no se había calibrado adecuadamente el riesgo de que los proveedores cometieran fraude. En España esto sería tal vez aún más difícil de evitar. (REPORT BY THE COMPTROLLER AND AUDITOR GENERAL HC 1235 Session 2001- 2002: 25 October 2002)”. “Un nuevo redactado que respeta la ley y permite una valoración consensuada de si conviene o no implantar el cheque de formación, con qué condiciones, para qué colectivos, etc., evitando la imprudente precipitación del gobierno actual”.
En el caso del Grupo Parlamentario Catalán: “Los servicios públicos de empleo competentes podrán, como alternativa a las convocatorias de subvenciones, proporcionar un “cheque formación” ya sea un vale, tarjeta o cualquier otro medio electrónico de pago, a los trabajadores desempleados que, de acuerdo con su perfil, precisen realizar acciones formativas concretas para mejorar su empleabilidad. En este caso, el trabajador entregará el citado cheque a una entidad de formación seleccionada por él de entre las que cumplan los requisitos de acreditación y/o inscripción establecidos para impartir la formación, que, a su vez, sean seleccionadas por la Administración competente para formar parte del sistema de información y seguimiento específico que se desarrolle para ello. Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, las Administraciones públicas competentes podrán aplicar el régimen de contratación pública o cualquier otra fórmula jurídica ajustada a Derecho que garantice la publicidad, la concurrencia, lo previsto en el artículo 8 y las restantes previsiones recogidas en este real decreto-ley relativas a la gestión de fondos del sistema de formación profesional para el empleo, su seguimiento y control, así como la calidad y evaluación de la formación impartida.»”
Y por supuesto “En el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, se analizarán e impulsarán de manera conjunta entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, las medidas necesarias para la puesta en marcha, desarrollo, seguimiento y evaluación del cheque de formación previsto en el artículo 7.3 para aquellas comunidades autónomas que así lo decidan.»”
UPyD proponía “Asimismo, los servicios públicos de empleo podrán proporcionar un cheque formación a los trabajadores desempleados que, de acuerdo con su perfil, precisen realizar acciones formativas concretas para mejorar su empleabilidad. Con dicho cheque, el trabajador desempleado podrá priorizar las acciones formativas que prefiera, dentro de un listado amplio que le proponga su oficina de empleo (elaborado en función de su perfil profesional y formativo). El trabajador desempleado también podrá proponer a su oficina de empleo sustituir las acciones de Formación Profesional para el Empleo por otras acciones formativas, regladas y oficiales, del ámbito educativo.»”
Por último y fuera de estas enmiendas, Ciudadanos en la persona de su Presidente Albert Rivera, en su programa económico, lo ha incluido por un valor de 1.200 euros para “todos los ciudadanos españoles en paro” pero tampoco detalla cómo sería, sólo que los proveedores de formación compitan entre ellos. Antes tendrán que competir entre ellos en las elecciones generales, mientras seguiremos esperando.