El Seguro de Vida de "Supervivencia de la Empresa"
El Seguro de Vida para socios es una póliza muy orientada al tejido empresarial medio español que está compuesto principalmente por pequeñas y medianas empresas.
Empresas en muchos casos compuestas por más de un socio que casi siempre es clave y muy difícilmente sustituible ya que gestiona areas operativas muy importantes para el buen funcionamiento de la empresa
Porque, ¿Qué sucede realmente cuando uno de los socios fallece ó se le concede una invalidez que le inhabilita para seguir desarrollando sus funciones?
En el caso de las sociedades limitadas o anónimas se tienen que seguir los estatutos, que pueden contemplar que el resto de los accionistas adquieran las participaciones del fallecido de forma preferente. Esta situación en el caso de muchas empresas es un trastorno importante para las cuentas del resto de socios que no pueden acometer la compra de la mitad o un tercio de la empresa y al mismo tiempo sustituir la labores que gestionaba el socio fallecido ó incapacitado laboralmente.
En cualquier caso, si no se ha especificado lo contrario, son los herederos legales los que reciben las acciones correspondientes al fallecido. Somos conscientes que muchas veces nuestros herederos ó no están preparados, ó tienen ya otras dedicaciones o directamente no valen para desempeñar las funciones de su padre/madre con parecido interés y resultados.
También puede ocurrir que los herederos no entren en la sociedad a nivel operativo y únicamente perciban dividendos sobre el beneficio después de impuestos al final del ejercicio. Pero todos sabemos como se gestiónan las cuentas de resultados de muchas pequeñas y medianas empresas donde se meten todos los gastos posibles para minorar al máximo el beneficio declarado de la sociedad sobre el que se paga el impuesto de sociedades y por tanto puede generar muchas tensiones cuando al final los herederos no puedan en muchos casos vivir con lo que perciben de la sociedad.
Y además que permaneciendo en la sociedad los herederos tienen el poder de decisión correspondiente a las acciones que representan y que afectará de forma sustancial a las decisiones cotidianas y estratégicas de la sociedad a futuro.
Todos estos problemas y situaciones potenciales de tensión son las que viene a intentar poner solución la suscripción por los socios de un Seguro de Vida de Supervivencia de la empresa.
UN SEGURO PARA ACCIONISTAS QUE PERMITE MANTENER LA EMPRESA A FLOTE
Para tratar de minimizar los efectos en la empresa de la muerte de un socio se puede contratar un seguro de vida para socios, que se extiende a todos los accionistas. Para contratarlo es importante que todos los accionistas estén de acuerdo y que se llegue al pacto previo. Si están convencidos de que esta puede ser la mejor solución posible, se establece
Una póliza que permitirá que los socios puedan quedarse con la parte de la empresa que pertenecía al fallecido y a los herederos recibir una cantidad justa por ello.
De esta forma, los socios pueden perder el miedo a tener que afrontar una cantidad grande ante una muerte imprevista, y los herederos que no están interesados en participar en la empresa, pueden obtener una remuneración justa por las acciones que les correspondían.
Como cualquier otro seguro de vida los accionistas pagarán una cantidad de dinero periódicamente, la prima. En el caso de fallecimiento de uno de ellos, los beneficiarios de la indemnización deben ser los herederos de esas participaciones ( hijos, cónyuge o quien corresponda). Esa indemnización supondrá que el resto de los propietarios asumirá el control de las acciones, evitando todas las complicaciones que puede suponer la entrada de nuevos socios en un negocio. Por otra parte, los herederos también saldrán beneficiados, al recibir el dinero que corresponderían a sus acciones.
En casi todos los casos este seguro de vida debe obligatoriamente ir acompañado de un estudio fiscal para ver la modalidad más eficiente basada en la forma societaria y sobre todo debe quedar reflejado en el pacto de socios de la sociedad de forma que quede firmada la aceptación de esta vía por todos los socios y sus herederos mayores de 18 años.
Si eres propietario de una pequeña empresa junto con otros socios es importante que conozcas esta opción y que recibas asesoramiento profesional en el caso de que el resto de los accionistas también estén interesados.
En RUIZ RE Correduría de Seguros somos expertos en asesoramiento de seguros para Pymes y Empresas. Tenemos experiencia en la suscripción en esta modalidad de seguro, en los aspectos fiscales y societarios así como en los pactos de socios necesarios para afianzar contractualmente todos estos acuerdos.
Abogado. Socio del Departamento Fiscal. DEVESA
3 añosUn producto muy interesante, Juanlu!