EL USUFRUCTO DE UN INMUEBLE.
Se entiende por Usufructo al derecho que se entregará a una persona la cual tendrá derecho a usar un bien sin ser el propietario. La persona que tiene este derecho se denomina usufructuaria. El usufructo se constituye por Ley, por propia voluntad o por prescripción.
Cuando una persona es propietario de un inmueble, tiene derecho y disfrute sobre ésta (Dominio), Cuando se establece un usufructuario, se debe tener en cuenta que, El bien sobre el que tiene derecho el usufructuario no forma parte de su patrimonio, Si se trata de una propiedad, el usufructuario puede vivir y alquilar la propiedad, pero no tendrá el derecho de vender la casa, Podrá ser temporal o vitalicio, en función a lo que dure el usufructo.
Según la duración de un Usufructo está puede ser Temporal o Vitalicia. En el primer caso, se hace referencia al derecho al Usufructo toda la vida y solo se termina cuando el Usufructuario fallece. En el caso del Usufructo Temporal, es aquel que tiene límite en el tiempo. El Usufructuario sólo podrá disfrutar de los bienes durante un periodo establecido.
El Usufructo de una vivienda puede obtenerse, Por una herencia. En la cual, un viudo o viuda tiene derecho al usufructo de la vivienda de forma vitalicia o Por contrato privado, en el cual se establece el usufructo con todas las condiciones y plazos.
Junto al usufructo vienen toda una serie de derechos y obligaciones:
El usufructuario tiene a usar y disfrutar del inmueble por el tiempo que indique el contrato. Como usufructuario, éste tiene la obligación de mantener la vivienda en un buen estado, hacer todas las reparaciones y mantenimientos necesarios, pagar los impuestos y cuidar la vivienda, conservar y cuidar los bienes usufructuados.
Este tendrá que hacer un inventario con todos los bienes que se encuentren en la casa, dejando de disfrutar de los bienes ajenos, y devolverlos todos cuando acabe el contrato.
El contrato puede finalizar por varios motivos, lo más común es por fallecimiento si es un contrato vitalicio o porqué se termina el contrato si es temporal. Pero también puede suceder cuando el usufructuario decide renunciar o si se vende la vivienda.