¿EN QUE CONSISTE EL ENDOSO DE LA PÓLIZA DEL SEGURO DE ZONAS COMUNES DE UNA COPROPIEDAD AL CRÉDITO HIPOTECARIO PERSONAL?
Cuando un copropietario paga la cuota de administración de su inmueble, está pagando un seguro de zonas comunes, ese seguro cubre entre otras cosas: incendio, terremoto, actos malintencionados de terceros, responsabilidad civil, directores y administradores; por otro lado, cuando una persona paga el crédito hipotecario a una entidad bancaria, está pagando capital + intereses + seguros, tal y como se puede observar, se están pagando dos seguros, sin embargo en caso de un siniestro, solo se recibirá una indemnización, por eso surge la opción de endosar al crédito hipotecario, la parte de la póliza que corresponde a las zonas comunes, de esta manera la entidad bancaria deja de cobrar parcialmente el seguro y la persona paga un valor menor al que pagaba inicialmente, la manera de evaluar este beneficio es con este ejemplo: menor valor cancelado * 12 meses * 15 años (periodo promedio de un crédito hipotecario en Colombia), es decir podría ser algo como esto: $65.000 (ahorro mensual) * 12 meses * 15 años = $11.700.000 a valor actual.
*este ejemplo aplica según la entidad bancaria, el plazo del crédito, el valor del seguro y demás variables que por obvias razones se desconocen
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