Entonces, ¿Puedo reclamar los gastos de mi hipoteca?
La pregunta clave. Sin rodeos. ¿Qué hago con mi hipoteca?
Desde hace unos años han proliferado en España un modelo de “despachos de abogados” que se erigen como justicieros. Como los Robin Hood de la sociedad. Este tipo de despachos que prometen un 99-100% de éxito en las reclamaciones (en contra de nuestro Código Deontológico y basado en estadísticas erróneas) han banalizado el acceso a la Justicia en este país. Han contribuido a eliminar muchas prácticas abusivas que durante años han realizado las entidades bancarias. Pero también han propiciado una forma de acceder a los Tribunales que no nos inspira confianza. A todo ello ha ayudado la inseguridad jurídica a la que constantemente nos estamos viendo abocados por parte de nuestros poderes públicos.
Con este cocktail, la polémica esta servida.
El Tribunal Supremo ha añadido otra incógnita a una ecuación que ya parecía despejada: El impuesto de actos jurídicos documentados debe pagarlo el acreedor hipotecario (o sea, el banco). O eso al menos es lo que dice parte de este Tribunal. 6 de sus 31 magistrados han elaborado esta nueva doctrina opuesta a todo lo anterior. En esencia establecen que el favorecido por que el derecho real de hipoteca pueda inscribirse es el banco, y por lo tanto es él quien debe asumir el pago de los impuestos referidos a esa inscripción. Como la hipoteca estará inscrita, la posición del banco en caso de impago mejora ya que puede acudir a un procedimiento especial y más rápido de ejecución de la vivienda hipotecada.
No obstante, y a diferencia de un modelo de abogacía de andar por casa que propone reclamar todo, a toda costa y a lo loco, en López-Hermoso Abogados recomendamos prudencia, análisis y planificación estratégica. El propio TS (Salas Civil y Contencioso-Administrativa) ha suspendido los recursos existentes sobre estos asuntos para proceder a deliberar sobre ellos de manera concienzuda. Una vez se pronuncien más resoluciones podremos hablar de jurisprudencia. Entonces sí que podremos plantearnos recuperar los derechos que pertenezcan legítimamente a los consumidores.
No antes. No de cualquier manera.
Lo que sí podemos ir haciendo es planificar una estrategia para el caso de que sea conveniente reclamar. Debemos ver si reclamaremos a Hacienda o a las entidades bancarias, en función de las concretas circunstancias del caso que nos ocupe. Las reclamaciones judiciales conllevan una serie de riesgos e implicaciones, por lo que debemos realizar un análisis de viabilidad previo para preparar nuestra defensa.
¿Quieres reclamar los gastos de tu hipoteca sin ser un tornillo más en la cadena de producción de algunos de los despachos que conocemos?