¿Es el IRPF un Impuesto Equitativo?
Según publicaba hace unos días el INE; el sueldo bruto más frecuente (en el argot estadístico el dato es conocido como la "moda") es de 16.497€ brutos al año. Si partimos de un contribuyente, soltero y descendientes/ascendientes a cargo, la suma de sus impuestos (IRPF) y seguridad. social ascienden a 3.435€.
Por su parte, si un contribuyente (con las mismas características que el anterior) obtuviera únicamente rendimientos de capital inmobiliario procedente del arrendamiento para uso como vivienda, que ascendieran a esa misma cifra de 16.497€ brutos año, tanto los impuestos (IRPF), como la seguridad social serían 0€.
Veamos un ejemplo más clarificador (o cabreante diría):
IRPF diseñado para el que vive de rentas de capital inmobiliario:
- Supongamos que tienes inmuebles en alquiler destinados a vivienda habitual y tienes un rendimiento (beneficio después de descontarte gastos) de 20.000€, solo pagaras IRPF por el 40%, es decir sobre 8.000€. Lo que significa una cuota íntegra de 0€ en el IRPF.
- Por contra, si ganas 20.000€ por rendimientos de trabajo, pagas por todo, es decir unos 2450€ de impuesto. (supuesto de soltero sin hijos ni ascendientes en ambos casos).
Imaginemos que pasaría si los rendimientos fueran de 100.000€. ¡¡¡ En el caso de arrendamiento para uso de vivienda habitual, sólo estarían sometidos a gravamen 40.000€ !!! (El IRPF a pagar rondaría los 17.000, frente a los 40.000€ si los rendimientos fueran del trabajo)
Si continuamos imaginando, ¿ qué sucede con el contribuyente anterior si sólo percibe rendimientos de capital mobiliario ? ¡¡¡ tributaría a un máximo del 23% !!!
Considero que hace falta una profunda reflexión sobre el esquema del IRPF
Saludos