¿Existe la licencia de luto por fallecimiento de mascotas?
El Ministerio de Trabajo, a través de un concepto orientador recordó que no existe norma alguna que conceda una licencia de luto por el fallecimiento de la mascota de un trabajador, sin embargo, en un escenario de gran afectación emocional, el trabajador podría recurrir a las siguientes opciones: 1. Incapacidad médica, en caso de afectación a la salud mental; 2. Solicitar una licencia por grave calamidad doméstica, teniendo en cuanta lo establecido en los numerales 5 y 6 del artículo 57 del C.S.T.; 3. Solicitar licencia remunerada compensable, por grave calamidad doméstica; 4. Solicitar licencia no remunerada, en este caso de estar establecida en el reglamento interno de trabajo; 5. Solicitar vacaciones.