Fe Pública vs. Ciberseguridad: claves para entender su distinción desde el Derecho Penal
En Perú, la Corte Suprema en el Recurso de Casación N.º 3330-2022/EL SANTA nos brinda una valiosa oportunidad para reflexionar sobre dos categorías de delitos que, aunque pueden coincidir en un mismo acto delictivo, persiguen proteger bienes jurídicos distintos: los delitos contra la fe pública y los delitos contra la seguridad cibernética o ciberseguridad.
Contexto del Caso
El caso giró en torno a un ejecutivo bancario que utilizó documentos falsificados para abrir y evaluar solicitudes de tarjetas de crédito en un banco, perjudicando económicamente tanto a la entidad como a las personas cuyos datos fueron manipulados. La Corte Suprema, al analizar los hechos, identificó dos conductas: el uso de documentos falsos y el fraude informático.
Mientras que el primero se enmarca dentro de los delitos contra la fe pública, el segundo pertenece al ámbito de los delitos informáticos. En este caso, la falsificación fue el medio utilizado para acceder al sistema informático del banco y cometer el fraude.
Delitos contra la Fe Pública: Falsificación Documental (art. 427 CP peruano)
Los delitos contra la fe pública, como el uso de documentos falsos, protegen la confianza de la sociedad en la autenticidad de los documentos y actos jurídicos. En este caso, la falsificación sirvió para generar la apariencia de legitimidad necesaria para obtener tarjetas de crédito bajo identidades falsas.
Este tipo de delitos se enfoca en salvaguardar la credibilidad de los documentos como base de las relaciones sociales y económicas, esenciales para el orden público.
Delitos contra la Seguridad Cibernética: Fraude Informático
Por otro lado, el fraude informático afecta un bien jurídico completamente distinto: la integridad, disponibilidad y confidencialidad de los sistemas informáticos. En este caso, el acusado manipuló los sistemas del banco para activar las tarjetas, causando un perjuicio económico.
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Los delitos contra la ciberseguridad se han convertido en una prioridad global ante el crecimiento exponencial de los ciberataques. Estos delitos van más allá del daño económico, ya que pueden comprometer información crítica, infraestructuras esenciales e, incluso, la estabilidad de instituciones públicas y privadas.
Concurso Ideal de Delitos: Una Unidad de Acción con Diversos Efectos
La Corte Suprema determinó que ambos delitos coexistieron en un concurso ideal, ya que la acción de falsificar documentos fue el medio para cometer el fraude informático. Esta calificación permite aplicar la pena más grave, lo que subraya la severidad del impacto conjunto de estas conductas.
Reflexión Final
Este caso ilustra la importancia de diferenciar los bienes jurídicos protegidos por distintas categorías delictivas. La fe pública y la seguridad cibernética son pilares fundamentales de nuestras sociedades modernas. En un mundo cada vez más digitalizado, comprender esta distinción es clave para fortalecer los marcos normativos y adaptarlos a los desafíos emergentes.
La creciente intersección entre delitos tradicionales y cibernéticos nos obliga a repensar las estrategias de prevención, investigación y sanción desde una perspectiva integral y adaptada a la complejidad de los nuevos escenarios.
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