LA URGENTE E INDISPENSABLE ESPECIALIZACIÓN DE NUESTROS JUECES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

LA URGENTE E INDISPENSABLE ESPECIALIZACIÓN DE NUESTROS JUECES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Escribo estas líneas bajo el impacto de nuestras elecciones generales y mi preocupación porque ningún partido político haya ofrecido siquiera un planteamiento o reforma alguna de nuestro actual sistema judicial. La única preocupación que he visto en nuestros políticos -y de forma muy esporádica- es la relativa a la proporción entre hombres/mujeres en la carrera judicial, lo cual me parece bastante banal, porque lo que realmente importa es tener buenos jueces, honestos y competentes, con independencia de su género.

Me constan (porque pude haber sido juez, en su momento) los ímprobos esfuerzos de quienes ejercen tan alta e importante función, para impartir una justicia adecuada, con unos medios lamentablemente muy escasos y unos ingresos en absoluto acordes con la función que desempeñan.

Son, aunque no se les reconozca, nada menos que el “tercer poder” del Estado de Derecho, lo cual requiere una independencia absoluta, amén de otras cualidades a las que ahora quiero referirme. Quizás por esto mismo, ningún partido político ha querido “meter mano” en el tema porque todos piensan con la mentalidad de quien ejerce el poder público (y cuantos menos controles tenga… mejor para ellos).

Dicho lo anterior -para que quede bien claro- voy a centrarme en la jurisdicción contencioso administrativa, porque tiene en sus manos (nada menos) que el control de los poderes públicos en su actuación ante/frente a los particulares que, por cierto, ya no somos “súbditos” ni “administrados” sino eso otro… ciudadanos con derechos. Y somos ciudadanos frente a unas Administraciones plagadas de privilegios y de potestades (ya he escrito sobre la carencia de sentido de algunos de estos privilegios en nuestra sociedad actual) que siempre parecen gozar del “beneficio de la duda” ante cualquier situación compleja que se plantee ante un Juez o Tribunal.

Pues bien, dando por supuesto que los jueces y magistrados de nuestra Jurisdicción Contencioso administrativa están para controlar a los poderes públicos (o sea, a las diferentes Administraciones) mucho me temo que no podrán hacerlo si no están debidamente formados en eso tan complejo que es … el Derecho administrativo actual.

Porque, para bien o para mal, nuestro actual Derecho administrativo ya no es una disciplina única, sino que se encuentra lleno de “ramificaciones”, cada vez más complejas e intrincadas, lo cual dificulta, sobremanera su conocimiento. Barriendo para casa -porque se trata de la “rama” a la cual me dedico con preferencia y, por tanto, que mejor conozco- en materia de contratación pública son muy escasos los jueces y magistrados que conocen bien el asunto.

Por poner ejemplos concretos, y dejando aparte la cantidad de normas que inciden en la contratación del Sector Público ¿cuántos jueces y magistrados conocen lo que significa un expediente de “convalidación del gasto” y su diferencia con los Modificados? Y ¿cuántos se conocen, lo que significa una “línea de abono” en la medición de la excavación de un túnel? O ¿la incidencia del “dies a quo” en una revisión de precios? O el significado de la “congelación normativa” para cada contrato…. Y así “ad nauseam” …

Con todos mis respetos…son temas que salen a colación, constantemente, en la contratación administrativa de obras y en pleitos en donde se dirimen millones de euros y ante los cuales los jueces y magistrados que deben enjuiciar el caso optan por la solución más sencilla: dar la razón a la Administración de turno sin más razonamiento que la manida frase de “una vez analizada la prueba”... Dicho más claramente y sin ambages, no se imparte auténtica justicia ni se controla debidamente a los poderes públicos.

Y aún siendo crítico con nuestros jueces y magistrados de la Jurisdicción contencioso administrativa (con muy honrosas excepciones, como en todo), entiendo que la culpa de que las cosas sucedan así no es suya, sino de quienes deberían atender a su formación que, curiosamente, son los propios poderes públicos. A ver si me explico un poco mejor para que no se malinterprete lo que pretendo trasmitir…

Como ya he dicho anteriormente, el Derecho Administrativo de nuestros días resulta prácticamente inabarcable en su totalidad porque, salvando lo que podría ser denominado como la parte general del mismo (fuentes, actos, procedimiento, jurisdicción contencioso administrativa y poco más), el resto se encuentra completamente “desparramado” en multitud de aspectos. Medio ambiente, sectores regulados (agua, energía, telecomunicaciones, etc), expropiación, derecho sancionador, servicios públicos, farmacia, urbanismo, contratación pública, tributos, y muchos más ámbitos específicos son muestra de lo que digo.

Los juristas y abogados hemos tenido que irnos especializando -con el tiempo y mucho esfuerzo- en alguno o alguno de estos campos, sin poder abarcar su totalidad, porque cuanto más se profundiza en uno de ellos menor es la visión que se tiene de los restantes. Estamos, por consiguiente, condenados a vivir y trabajar en un pozo del que conocemos bien sus paredes, pero apenas vemos la luz exterior conforme vamos ahondando en él.

Y si es así (y no de otra forma) nuestra profesión, ruego que jueces y magistrados comprendan cuál puede ser nuestra frustración cuanto tenemos que exponer lo que hemos aprendido sobre el tema -en mi caso, la contratación- ante un juez o un magistrado que nos mira como si fuésemos “extraterrestres” o hablásemos un idioma diferente. Entiendo que la “salida” más razonable ante tal falta de entendimiento consiste en dar la razón a la Administración de turno (aunque no la tenga), porque siempre resulta más sencillo dársela al demandado que al demandante, que curiosamente casi siempre es un particular.

Y llegados a este punto, vuelvo a plantear la cuestión nuclear de ese post bajo la siguiente perspectiva: ¿qui prodest? ¿A quien beneficia que nuestros jueces y magistrados de lo contencioso administrativo sigan anclados en un Derecho Administrativo no especializado? No hace falta mucha sagacidad para responder a esto, porque claramente la culpa es de los propios poderes públicos a quienes tienen obligación de controlar y a quienes -sean del color que sean- tal cosa no interesa.

No creo que (con la cantidad de dinero destinado al gasto público) costear la formación permanente de jueces y magistrados de lo contencioso administrativo resulte realmente significativa y, sin embargo…. ¡Cuánto sería de agradecer por los ciudadanos!! Abogo, por tanto, por implementar esta formación y por asignar los asuntos a los jueces y magistrados que se encuentren realmente especializados en cada materia, olvidando el sistema actual en el que todos valen para todo (porque eso no es lo que sucede en la abogacía).

Evidentemente, lo que propongo no va a “sacarnos de pobres” (valga la expresión), porque también será necesario que jueces y magistrados de lo contencioso administrativo tengan conciencia de que están para controlar al poder público y no para defenderlo por sistema. Porque, lamentablemente, el verdadero “interés público” no siempre está del lado de las Administraciones que abusan, cada vez más, del escaso control que supone la vía judicial contra sus resoluciones (muchas veces, en auténtico fraude de ley).

Y es que, como bien decía Bernard Shaw: “la obediencia simula subordinación, lo mismo que el miedo a la policía simula honradez”. Bien está lo que bien acaba, siempre que no se quede en una mera declaración de intenciones. Buen fin de semana a todos …



Pilar Pérez

Civil and Family lawyer. Abogado de Familia y Civil.Miembro de la AEAFA. Dcho. de la Discapacidad.

5 años

Y de los de Familia también hace mucha falta!!!!

Marcos Peña Molina

Doctor en Derecho | Letrado Jefe de la Administración Local (exc) | Profesor Universitario | Socio en Administrativando Abogados

5 años

Como siempre acertado. Después de leer los comentarios me permito dar el mío. El problema principal, que tú señaladas de formación y yo recalco de conocimiento y experiencia práctica, es que nos encontramos con funcionarios que padecen lo mismo que la mayoría (yo soy uno de ellos), y no es sino el ver qué conseguir la oposición es el punto de llegada y no el de salida. Es importante tener en cuenta que la oposición a jueces (yo aprobé el primero con una notaza pero la vida me preparo una mala pasada ) solo tiene 25 temas de administrativos (me parece recordar) de más de 350 temas. El temario, por tanto, se centra en Derecho Privado, principalmente. La parte de Público es para Penal. El juez sale sabiendo de administrativo lo que aprendió en la carrera (si lo hizo) y lo que le queda en la memoria después de pasar por la Escuela Judicial. En un orden jurisdiccional tan complejo eso es una absoluta barbaridad. Magistrados especializados, ya han dicho que hay pocos y jueces que quieran especializarse menos. Al orden contencioso solo se debería acceder mediante 4° turno, y sujeto a especialización. Así habrían jueces “de” lo contencioso y no, como ahora, q hay jueces “para” lo contencioso. Un abrazo!

Jose Luis Villar Ezcurra

Abogado/Profesor Titular de Derecho Administrativo (UCM) /Socio fundador de VILLAR Y ASOCIADOS ABOGADOS

5 años

Gracias Lucas...¿Puede hacer algo al respecto el Consejo General de la Abogacia ???

Lucas Blanque Rey

Socio en Martínez-Echevarría

5 años

Muy interesante, José Luis, como todo lo que escribes. 

Laura Salinas Bergel

Professora de Secundària | Formació i orientació laboral (FOL) | Gestió administrativa

5 años

Muy interesante, y si me permites, Jose Luis, propongo un paralelismo absoluto con el resto de funcionariado que no pertenece al Poder Judicial. Porque de un tiempo para acá no hacemos más que leer y escuchar elogios hacia la polivalencia y la transversalidad de las funciones, y cierto es que, en determinados puestos y tareas, puede ser beneficioso para la administración y, por ende, para la ciudadanía, que exista tal polivalencia de manera que no queden servicios descubiertos sin más por la ausencia de algunas personas, pero no es menos cierto lo que subraya esta publicación: sin especialización, no hay conocimiento profundo de la materia, y por lo tanto, no se puede realizar el trabajo asignado de la mejor manera posible. Cogiendo la similitud de la sanidad, que tanto nos ha gustado por cercana y muy evidente, no es que no se necesiten funcionarios de administración general que entiendan el derecho administrativo en su globalidad, sino que también se necesitan especialistas en las diferentes materias, y cada uno con sus funciones, para poder prestar al ciudadano/a el mejor servicio posible. Claro que, entonces, para prestar ese buen servicio habría que servirse del llamado “trabajo en equipo y la colaboración”, ya que donde yo me quede, tal vez llegues tú, pero esta manera de trabajar brilla por su ausencia en la administración. Cuesta entender que todos estamos para cumplir el mismo objetivo final: que la Administración de la que formamos parte preste el mejor servicio público posible. Se estila mucho más el “Yo ya hago mi informe y tú haz el tuyo. Lo juntamos todo y volià, expediente listo para resolverse.” Pero esto ya es otro tema. Y lo sé, en la administración local municipal pequeña y mediana es muy difícil lo de la especialización; somos los que somos y no hay ni habrá más. Pero lo mismo deberían articularse mecanismos de colaboración para suplir estas carencias. Un saludo!

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