Las empresas de Internet crean nuevos ecosistemas digitales, con grandes cambios tecnológicos que no están previstos por los entes regulatorios.

Las empresas de Internet crean nuevos ecosistemas digitales, con grandes cambios tecnológicos que no están previstos por los entes regulatorios.

El impulso de las Fintech, esta acompañado de una regulación?

Análisis de los casos Latinoamericanos - Noviembre 2017

Asla Maria Florencia

Desde el año 2014 y ante el desarrollo de nuevas alternativas de financiación en los mercados de Estados Unidos, asiáticos y europeos, la transformación digital llego a América Latina para instaurarse y dejar una marca en las distintas economías regionales. 

Esta innovación se ha visto caracterizada por un cambio social y un quiebre tecnológico y económico de cara a una nueva visión del sistema financiero. El cambio radica en un fuerte aprovechamiento de ciertos nichos de mercado, que no han sido explotados ni por la banca tradicional ni por los principales agentes del mercado. Es importante destacar que no solo las Fintech se han desarrollado en el segmento financiero, sino también en el sector de turismo, prestación de servicios, compra, venta y delivery de productos, consultoría, por solo mencionar algunos ejemplos.

La constante evolución de internet y la masificación de los medios de comunicación, han llevado a la revolución tecnológica a un nuevo plano evolutivo. El crecimiento y desarrollo de nuevas redes sociales y la amplia conectividad de la cual goza la sociedad, permitieron el surgimiento de nuevas áreas de negocio que se basan en la inclusión social de aquellas personas, entes y empresas que no pueden acceder a la banca tradicional.

La inclusión permitió el acceso al crédito a una gran masa de la sociedad, excluida del sistema, generando un beneficio a otros sectores productivos como es el empredurismo, construcción, pequeños talleres y comercio minorista, posibilitando el agregado de nuevos beneficios a la cadena de valor. De esta forma se dio nacimiento al crowdfunding como un nuevo formato de fintech (Finance+Technology).

La banca tradicional fue la primera en poner en cuestionamiento a esta nueva forma de financiación, ya que el nuevo jugador e integrante del mercado compite en forma directa y abierta, ofreciendo productos novedosos, adaptados a las necesidades de los clientes, aportando mayores beneficios a los mismos, pero por sobre todo, sin el peso de las regulaciones financieras a las cuales si están sujetos los bancos tradicionales.

Esta situación, en algunos casos, generó una alianza entre los dos jugadores para mitigar la competencia generada. A modo de ejemplo, la banca tradicional ha generado áreas internas dentro de su estructura para captar a innovadores y emprendedores, a los cuales brindar soporte o financiamiento. De acuerdo a lo comentado previamente, los distintos gobiernos deberán diseñar y sancionar marcos regulatorios a fin de monitorear las tasas de interés, mora, fraude, lavado de dinero, las relaciones comerciales entre los actores, pero por sobre todo el diseño de medidas que protejan al consumidor. 

Este último punto es de gran relevancia, ya que muchas de las personas que operan a través de estas empresas no poseen los conocimientos suficientes para poder evaluar si la operación financiera es adecuada o no para los mismos. Adicionalmente, la normativa debe contar con un grado de flexibilidad a fin de otorgar un terreno fértil que fomente el desarrollo y crecimiento de las distintas Fintech que se vayan gestando en el mercado.

En linea a lo comentado y considerando el caso europeo, el Banco Central Europeo (BCE) ha desarrollado una guía para otorgar concesión de licencias tanto para entidades bancarias como para las empresas que otorguen innovación tecnológica financiera. En este último caso deberán someterse a las exigencias de liquidez y al cumplimiento de un colchón de capital, el cual es determinado en la normativa financiera. Adicionalmente, la Comisión Europea establecería como prioridades a la tecnología financiera y la ciber-seguridad, reforzando el marco jurídico actual y reglamentando de protección de datos.

En Reino Unido y en Singapur, referentes para el desarrollo de las Fintech, están ofreciendo autorizaciones para este tipo de empresas, generando un ambiente más propicio para que el sector público tenga un papel predominante y otorgue su apoyo al sector. Una posible alternativa a la regulación es la creación de bancos de prueba regulatorios y de carácter temporal, denominado regulatory sandbox, cuyo principal objetivo es la evaluación de modelos de negocio en ambientes controlados. La puesta en escena de modelos teóricos permitirá evaluar su impacto en la sociedad y en la economía, generando adicionalmente un espacio de transición desde un escenario sin regulación a un escenario con normativas y con parámetros ciertos de cumplimiento. 

Londres, Singapur, Abu Dhabi, Holanda, Malasia, Hong Kong, Australia y Canadá, son las zonas que poseen su propio ecosistema de regulatory sandbox. De esta forma, se generan plataformas habilitadas por parte de los organismos reguladores para ofrecer un espacio a las empresas que experimentan nuevos modelos de negocios, los cuales no se encuentran regulados por el marco legal actual. Se busca acelerar la llegada de nuevos proyectos viables al mercado posibilitando su crecimiento.

Otros países han propuesto la creación de sus propias plataformas como son Estados Unidos, Suiza, Dubai (Emiratos Arabes Unidos), Rusia, Indonesia, Taiwan, Tailandia y Noruega. En lo que respecta a la Unión Europea, a partir de enero de 2018 en se pondrá en vigencia la normativa PSD2. La misma es una nueva directiva para regular los servicios de pago en el conjunto de la Union Europa.

Respecto a los países latinoamericanos se deberá analizar en primera instancia la profundidad y evolución de las Fintech.

De acuerdo a un estudio realizado por Finnovista; Organización de Impacto que potencia los ecosistemas Fintech en America Latina y Europa; y por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID); principal fuente de financiamiento a largo plazo para el desarrollo económico, social e institucional de America Latina y el Caribe; se aha registrado un fuerte crecimiento en el ecosistema de Fintech, totalizando aproximadamente 631 empresas:

Brasil 230 - Mexico 180 - Colombia 84 - Argentina 72 - Chile 65

El 60% de las Fintech en América Latina comenzaron a desarrollarse en el año 2013 presentando un importante impulso a partir del período 2016 (+51,39%), marcando por consiguiente un periodo de crecimiento y consolidación. 

La mencionada expansión radica en parte, en el incremento del número de actores que esta innovando y operando en estos nuevos mercados. Este crecimiento esta acompañado por un nivel de profesionales capacitados para este cambio tecnológico. No obstante, la expansión y consolidación que se ha gestado en América Latina es producto de un libre juego, en donde los actores desarrollan sus ideas innovadoras en un ambiente con bajas normativas que regulen las actividades de las mismas. 

Si bien el crecimiento impetuoso y generador de nuevas ideas, las escasas normativas puede generar una competencia desleal, un flujo de dinero que tiene control, pero por sobre todo la generación de altas tasas de interés, acompañadas por un alto nivel de riesgo, que impactan en primera instancia en el consumidor. Es por ello, que hasta que se determine una normativa adecuada, se ha promovido la creación de asociaciones orientadas a promover ante los reguladores información de las Fintech y su impacto, coordinando tareas de impulso de las mismas.

El fenómeno de innovación tecnológica se encuentra condicionado a la baja penetración en el sistema financiero, lo cual genera un inconveniente social ante los problemas existentes en términos de inclusión financiera. Esta situación es ratificada en un informe realizado por BBVA Research, el cual indica que América Latina es una de las regiones más comprometidas con el avance en inclusión financiera ya que actualmente un 50% de la población aún carece de acceso a servicios financieros básicos. Por este motivo y sumado a la expansión que han presentado las Fintech, los distintos gobiernos han desarrollado y aplicado medidas para reformar sus marcos regulatorios.

En el caso de Brasil, la Comissão de Valores Mobiliários (CVM) publicó una minuta que toma en cuenta los principales aspectos a considerar para dar certidumbre jurídica a las plataformas electrónicas de financiación colectiva de capital, así como a la creación de sindicatos para inversión en emprendimientos. Por otro lado, en Julio de 2017 la CVM edito la instrucción 588, la cual dispone sobre la oferta pública de valores mobiliarios de emisión de sociedades empresarias de pequeños aportes generadas con registro por medio de plataformas públicas de inversión participativa. Es decir, se ha regulado el Crowdfunding de Inversión. 

Adicionalmente, el Banco Central afirmo que se encuentran involucrados en el trabajo de la inserción de las Fintech, incluidas en la agenda de innovación con el establecimiento de una regulación en primera instancia leve, bajo el desarrollo de un modelo simple. La misma sólo se limitara al mercado financiero sin incluir a las tecnologías blockchain (monedas virtuales). Adicionalmente, el Banco Central posee dos proyectos referidos a la política de seguridad en Internet y al área de crédito en la que actúan las Fintech.

En el caso de México, se ha incluido en las agendas de productividad y de inclusión financiera a fin de poder tratar ciertos aspectos de las Fintech. En Junio de 2016 el Gobierno presento “Su Política Nacional de Inclusión Financiera”.

Adicionalmente, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público presentó el borrador de la ley de Tecnología Financiera (LRITF). La ley se centraría en la profundización financiera, protección al consumidor, preservación del sistema financiero, promoción de la competencia y la prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. A noviembre de 2017, el mismo se encuentra en borrador tras ser enviado por la Comisión Nacional Bancaria de Valores (CNBV), la SHCP y el Banco de México. 

Una vez que la ley cuente con los requisitos de Cofemer, será enviada al Congreso para que se discuta y en caso de ser aprobada por ambas cámaras, la vigencia podría demorarse hasta 24 meses luego de su aprobación. La mencionada ley consta de 139 artículos en donde además de darse un reconocimiento a la operación con “activos virtuales”, se regula la forma de operar el crowdfunding y las criptomonedas, de los medios electrónicos de pago como PayPal y se crea un Grupo de Innovación Financiera conformado por autoridades e iniciativa privada para tratar temas del sector Fintech.

En el caso de Colombia la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera presentó en agosto de 2016 un documento de consulta sobre alternativas de regulación para la financiación colectiva. De acuerdo al Director de la Unidad de Regulación Financiera, el proyecto de decreto por el cual se aguardan comentarios y observaciones, estará vigente en 2018.

Por otro lado, el Consejo Privado de Competitividad solicita desarrollar vehículos Fintech a través del Crowdfunding y otros mecanismos de financiación de emprendimientos a partir de las Fintech. El último informe también menciona la necesidad de adecuar la regulación del país para permitir la operación de estas nuevas empresas innovadoras a una escala adecuada. El línea con la propuesta de la Unidad de Regulación Financiera del Ministerio de Hacienda, se recomendó que las plataformas Fintech sean vigiladas y cuenten con una licencia de la Superintendencia Financiera de idoneidad. Adicionalmente, el establecimiento de limites adecuados a la inversión individual por proyecto como así también contar con criterios mínimos para procesos. Por último, se ha indicado la importancia de un decreto regulatorio sea lo suficientemente flexible para adecuarse a cambios y a nuevos modelos de negocios. 

Adicionalmente, la compañía especializada en tecnología de contabilidad distribuida (DLT), R3, anunció la alianza con el Banco de la República Colombia, con el cual continuará el desarrollo de la plataforma blockchain Corda, enfocados en su uso para el intercambio de valores. De esta forma se puede observar la inclusión y predisposición por parte de las autoridades para el desarrollo de estas nuevas empresas.

En el caso de Argentina, en Noviembre de 2016, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó la “Ley de Emprendedores” (Ley 27.349) a fin de incentivar a las plataformas de financiación colectiva para permitir la colocación pública de una parte de las acciones de los emprendimientos. Adicionalmente, la ley prevé la creación del Fondo Nacional de Capital Emprendedor (FONDCE) a cargo del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE). Este fondo abre la convocatoria a fondos de capital, permitiendo una agilizando en los procesos de financiación destinando aproximadamente 1000 millones de pesos para poder incentivar a los emprendedores de todo el país.

No obstante, en Argentina el 20 de Octubre de 2017 el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha indicado que al no existir intermediarios financieros no se debe aplicar las normativas de derechos y obligaciones con las que se regula al resto del sistema financiero ante la diferencia de la esencia de la actividad. Es decir, si las Fintech toman y administran dinero para depósitos a la vista, la naturaleza de la actividad cambiaría modificando por consiguiente las regulaciones.

El BCRA ante esta medida busca que se incremente el volumen de préstamos y por consiguiente caída de las tasas de interés a fin de generar mayor competencia en el sistema. No obstante, este proceso deberá producirse en el mediano plazo ante la adaptación de este tipo de empresas en el mercado y a la generación de competitividad entre las mismas a fin de mermar las altas tasas de interés que cobran este tipo de empresas. Estas últimas rondan entre un 100% a un 500% por cada préstamo que otorguen las Fintech a los individuos que deseen operar a través de estos medios. Cabe destacar que el público en general son individuos que no poseen acceso al crédito ni una situación laboral y financiera adecuada.

El BCRA destaca que el dinero que prestan las Fintech deberá provenir de sus propios activos, y no de terceros por lo que no existirá ningún tipo de garantía en caso de que alguna Fintech posea atrasos o mora. 

Teniendo en cuenta la expansión que han presentado las innovaciones tecnológicas en el mercado financiero en Argentina se esta avanzando, gracias a la pronta resolución de la regulación y creación de sindicatos y cámaras de Fintech, en el desarrollo de los primeros dos bancos completamente digitales.

Adicionalmente en Mexico, Colombia, Brasil y Chile, ya se han comenzado a explorar modificaciones a la regulación, consultando con emprendedores de Fintech sus requerimientos y necesidades.

De acuerdo a una encuesta realizada por Finnovista a 393 empresas, existe una gran discrepancia sobre la necesidad o no de normativas que regulen estos nuevos mercados, la cual depende del campo de acción del desarrollo de nuevas empresas.

Es por ello, que la regulación deberá estar alineada a la expansión y desarrollo de las Fintech en cada uno de los países. Para ello, es interesante conocer cual es el volumen invertido para el desarrollo de los emprendimientos innovadores en los distintos sectores en los cuales operan. De acuerdo a un informe realizado por la Asociación de Fintech en Colombia, Brasil es el primer país con mayores inversiones (35,4%), seguido de México (31,3%), Argentina (15,6%) y Colombia (10,4%), como los principales países referentes de América Latina en términos de innovaciones.

Las principales 15 Fintech latinoamericanas tienen un valor de mercado superior a los USD 25 millones, siendo el volumen de inversiones a nivel región Latinoamérica de USD 624 millones. De esta forma se refleja la gran evolución que han presentado estas nuevas empresas posibilitando un crecimiento sostenido en el corto y largo plazo dada la versatilidad de los mercados.


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