Los padres podrá acceder a las cuentas en redes sociales de sus hijos menores si sospechan que están siendo víctimas de un delito
Según el Tribunal Supremo el ordenamiento no puede imponer en los padres la obligación de velar por sus hijos menores y al mismo tiempo desposeerlos de toda capacidad de control en casos en los que aprecien evidencias sobre la existencia de un delito que afecte a sus hijos.
Esta sentencia marca un precedente al entender el Tribunal Supremo que no existe vulneración al derecho a la intimidad del hijo menor cuando la intromisión a las redes sociales, por parte de los padres, sea justificada.
Para más información os dejo el siguiente enlace; http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-avala-el-acceso-de-los-padres-a-las-cuentas-de-Facebook-de-sus-hijos-para-evitar-el-ciberacoso