👮🏻¿Los Policías sabían que Asuntos Internos les tendían una trampa? 👮🏻
Una breve crónica sobre la defensa penal

👮🏻¿Los Policías sabían que Asuntos Internos les tendían una trampa? 👮🏻

Principios de 2019. Asumí la defensa técnica de un oficial de la Policía en un sumario interno. La imputación, una falta muy grave: haber “… realizado conductas inapropiadas contra la Oficial X y que fueron denunciadas al Jefe [de la repartición]… ”. La complejidad de la causa y las irregularidades que advertí me determinaron a aceptar el caso.

               Muchas veces nos preguntan a los #abogados si defenderíamos a cualquier persona por cualquier delito. Sucede que siempre llega una persona concreta, con una acusación concreta y en un contexto también concreto. Mi condición fue que solicitaríamos una pericia psicológica, contrario no tomaría la causa. Otro abogado podría asistirlo o la defensa pública se encargaría.           

🕵🏻Note primero que no se respetaron los plazos procesales para la instrucción de la causa (etapa de investigación), que para el momento de mi intervención llevaba dos años (desde 2017) sin que se haya prorrogado válidamente, ni alegado causa alguna que lo justifique. Desde entonces mi cliente estaba sin su arma reglamentaria y realizando tareas menores (sin perjuicio de que ni el arma ni su actividad tenían relación con la imputación). Eso motivó que planteara las nulidades que correspondían y que fueron rechazadas por el Auditor (no esperaba que el mismo auditor nulifique su actividad).

👉🏻El derrotero procesal derivó en un recurso de queja planteado ante el Ministerio de Seguridad y que debía ser resuelto por aquel. Sencillamente no se le dio trámite(¡!); en cambio recibí una citación para concurrir personalmente a la Auditoria de “Asuntos Internos”:-  “Doctor, quédese tranquilo, tendrá su oportunidad de probar que su cliente es inocente”. Mi asombro era mayúsculo. Pero:- “estoy tranquilo, porque es Ud. quien debe probar que mi cliente es culpable”. Estaba frente al mismísimo Bernardo Gui.

👉🏻 Por otro lado, la causa estaba – llamativamente – impulsada por el jefe de la repartición. El fue quien se encargo de “solicitarle” a la presunta víctima que redacte un informe sobre lo acontecido e iniciar el sumario. ¿Puede considerarse que fue libremente redactado un informe solicitado por un superior jerárquico de una fuerza armada donde la obediencia no es opción? ¿Era una solicitud o una orden?  El mismo Jefe, formuló una denuncia en sede penal por abuso sexual (Art. 119 CP) que fue categóricamente rechazada por la presunta víctima en entrevista con la Fiscalía (aún era de acción dependiente de instancia privada), lo que generó el archivo inmediato.

 Los testigos señalados por la presunta víctima y los testigos de la defensa fueron categóricos. No sólo no habían notado ningún tipo de inconducta sino que afirmaron que el imputado era una persona que trabajaba seriamente y de confianza, tanto dentro como fuera del ámbito laboral. Se realizaron pericias psicológicas con dos profesionales distintos; ambas señalaron que no existían rasgos que pudieran indicar alguna afectación de la personalidad tal que condujera a algún tipo de abuso. 

⚖️ Fines de junio de 2022. El Tribunal de Disciplina absolvió a mi cliente. Corolario: Las garantías constitucionales son para todos. El principio de inocencia (Art 18 CN) que obliga al acusador a probar el delito, es fundamental frente a los inmensos poderes de las autoridades y quiere decir que podemos vivir sin esperar que nos encierren porque al Fiscal se le ocurre.

 El debido proceso, aunque puede resultar engorroso, es la contracara de la misma moneda, la garantía de que se cumplan esos derechos: sólo podrá acusarse y probarse en la forma en que se respete ese principio de inocencia y el derecho a defenderse.  

Todos esos Derechos y garantías convergen en la figura del abogado defensor, sin el que serían una mera declaración de deseos. Quien quiera una apacible jornada llena de momentos de sosiego debería evitar la #abogacía, al menos los #litigios. Pero no está exenta de grandes satisfacciones.  

🧠La abogacía nos interpela, nos llama a articular la defensa de nuestros clientes con los más elevados criterios de justicia y por supuesto conciliar el sueño. Ser buen abogado también incluye saber que causas no aceptar, ya sea porque exceden nuestra capacidad técnica actual o porque moral o emocionalmente no podremos sobrellevarlas. Pero sobre todo a tener la convicción de que el resultado (cualquiera que sea) será positivo para el mundo.

 

               #DerechoPenal #DefensaPenal #GarantíasConstituiconales #PrincipiodeInocencia

Gimena Olmos

Abogada de Propiedad Intelectual e Instructora de Meditación

2 años

Concuerdo, se requiere un avanzado autoconocimiento de uno mismo para saber elegir, primero como persona y luego como profesional hacer análisis técnico. Saber desde que lugar emocional y ético puede pararse uno a ayudar al otro, es primordial para luego hacer de ello su profesión habitual.

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