MARN: ¿Payasos o administración ambiental?

MARN: ¿Payasos o administración ambiental?


Antes de iniciar. Esto, es una opinión personal de alguien que ha lidiado hasta el cansancio con la autoridad. Como tal, puede no parecerte. Estás invitado a pasar de largo. Dicho esto, considero que para salir de esto se requiere desarmar todo el andamiaje legal. ¿Cómo? Te invito a echarle una ojeada a esto: www.fusionista.gt. Ahora si, con el artículo.


Recientemente, he tenido el disgusto, nuevamente, de toparme con los ejemplos más claros de lo que en Guatemala le decimos de cariño: "burrocracia". Es increíble, el grado de ineptitud al que hemos llegado con este "ministerio". Desafortunadamente, los ejemplos de la pésima gestión que ha tenido el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales desde la época de su fundación abundan, el problema es que ahora son además de abundantes, ejemplares.

¡Más de 5000 expedientes en presa!

Existe una presa de más de 5000 expedientes ambientales que no han sido tramitados por parte de la autoridad. La cantidad es basta y ridícula, puesto que las empresas que ingresan instrumentos ambientales predictivos (previos a que inicien operaciones) como dicta la ley, implica que no pueden iniciar operaciones sin la autorización burocrática de este ministerio. [1]

MARN entonces es en efecto una grosera barrera al comercio y al desarrollo empresarial. Esta naturaleza conferida en ley al MARN abusa más allá de lo razonable del principio precautorio, porque la ley no discrimina por operaciones en esta materia. Tampoco discrimina la capacidad de pago del actor, ni discrimina las circunstancias de las interacciones ambientales que pudiera tener un negocio (elaboro sobre ello más adelante)

Si no fuera suficiente, la autorización del MARN es previa a autorizaciones por parte de otras autoridades como el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (licencias sanitarias y registros), Ministerio de Energía y Minas (licencias), y en algunas instancias algunas otras entidades gubernamentales, que, de acuerdo al Decreto 68-86, todos los funcionarios públicos son personalmente responsables de solicitar dicha autorización. [2]

Si el objeto del MARN fuera fomentar el desarrollo, este objetivo no se vería plasmado jamás, porque los hechos grosso modo demuestran en sobremanera como una entidad burocrática tan solo representa penalizaciones a la iniciativa, libre comercio, innovación y colaboración. Lejos de fomentar el desarrollo, la existencia del MARN es un claro desincentivo a los agentes privados al cuidado ambiental y operación en legalidad.

¿Parálisis de análisis?

Dentro del tema de la presa de expedientes, existen varios aspectos a considerar, pero sin duda alguna un tema que ocurre con muy probable frecuencia, es la incapacidad de adaptar criterios que no estén normados. La forma del mecanismo de evaluación de los expedientes conlleva una serie de etapas que a nivel interno requieren que un expediente pase por distintas etapas. No existe de conformidad a los procedimientos del MARN un proceso que sea necesariamente fácil de ejecución. Esto parte desde el cómo se sugiere a los consultores ambientales evalúen proyectos hasta los criterios normativos que se poseen. En muchas instancias la falta de comunicación impide que los expedientes pasen de una instancia a otra, pero por temas de cumplimiento legal todos operan bajo miedo de penalización, incluso por parte de la Contraloría de Cuentas

Criterios divergentes

A la hora de ingresar expedientes, la oficina de zona 9 de Ciudad de Guatemala es especialmente famosa entre los consultores activos por lo exageradamente intransigente que es el personal. Desde la atención a los usuarios hasta los criterios, cambiantes, a veces hasta tontos de ingreso de expedientes y en ocasiones, de clara falta a la ley, aceptando expedientes con planos alterados, por ejemplo.

Esto, además de ser así en delegaciones departamentales, también es amplificado por criterios expresamente no identificados en la normativa de presentación de instrumentos ambientales. Es tan burdo el criterio, a veces, que ha habido casos donde se piden los expedientes con folder con gancho de un color específico en cierta delegación del norte del país. El formulario claramente indica que el documento no debe estar engrapado o enganchado de ninguna forma. En occidente del país me han llegado a pedir que lleve el expediente con un par de bebidas de cebada, porque hay calor y no lo quieren ingresar solo así. Y así como este par de casos hay n distintos en los que hay abuso por parte de las autoridades, desde el ingreso del expediente hasta las visitas de campo, por no decir, la aprobación de los instrumentos.

Expedientes en parqueo

Existen así también expedientes que a propósito (quisiera creer) que son colocados en algún aparcamiento porque no se mueven, quiero creer que es a dedo y no por ineficiencia, aunque creo que lo segundo es mucho más cierto y real para muchos si no es que todos. He tenido experiencias con instrumentos que se hizo la solicitud de ingreso del expediente el año pasado y estas son las horas que al preguntar por el mismo, el expediente no ha avanzado.

A veces son otras oficinas dentro del MARN que retienen información. Solicitudes que debieran ser tan sencillas como un clic en un campo de una computadora en cualquier lugar del país, no se pueden realizar, ni avanzan porque por alguna razón el expediente lo tiene retenido otra oficina. ¿Es tan imposible tener un sistema unificado en lo interno, que no importa donde o cuando se haga una solicitud, esta pueda ser procesada de forma inmediata, o en un tiempo razonable?

Me resulta imposible pensar en una empresa privada que si un cliente le solicitara algo, no buscara la facilitación de la solicitud del cliente, por pequeña que sea. Y si bien, esto no siempre caería bien a la empresa, a veces sería algo muy difícil de hacer, no serían respuestas de seguro, del tipo, su solicitud no se puede procesar acá porque debe presentarse en otra delegación a hacerlo.

¿Consultores ambientales?

No me lo tomen a mal, yo mismo soy consultor ambiental. Y entiendo que el MARN debe limitar el que no todos los profesionales puedan presentar instrumentos ambientales ante la institución. Esto se debe a que de no ser así, llegaría cada color, olor y sabor de expediente a la institución. Con énfasis en la pobre o mala calidad del trabajo. De hecho, en mi experiencia me he encontrado con muchísimos más charlatanes que con profesionales capaces y competentes. Desafortunadamente, las profesiones que realmente preparan a una persona para evaluar con un criterio integral las actividades, son pocas. Esto es especialmente importante cuando consideramos que la mayoría de personas en el giro ambiental son como se les apoda de cariño en Guatemala: "Ecohistéricas". Y esto se debe a la mala visión prevalente que asume que los seres humanos somos externos al ambiente o hasta a veces, una plaga. Incluso en una conferencia que asistí hace algunos años, un asesor ambiental del propio ministerio decía que la respiración humana era contaminación.

Mi opinión técnica es que una mala legislación, que fomenta una burocracia administrativa ingente, sin límites ni criterios basados en el beneficio ambiental, amarrado al beneficio económico de los actores que tienen interacciones con el ambiente (entiéndase sociedad y empresas), tendrá como consecuencia, más de lo mismo y menos de lo que se quiere. Y esto es porque el MARN fomenta con el tipo de instrumentos que posee, tragedias de los comunes, desincentivos económicos, y perpetúa la existencia de acciones de free riding y búsqueda de rentas.

No todos los profesionales pueden con los criterios técnicos

Entre los criterios técnicos del MARN, se solicitan para algunos tipos de instrumentos ambientales, que se documenten las emisiones a la atmósfera. [3] Desafortunadamente, pregúntese usted mismo: ¿Cuántas personas conozco, que sepan a ciencia cierta, cómo calcular emisiones atmosféricas? Para el caso de Guatemala, algunos años atrás la cifra de profesionales competentes no excedía la centena. Si consideramos que por lo menos hasta el 2019 en promedio se registraban mas o menos 16 mil expedientes al año (a partir de este año se dejó de hacer pública la cantidad de expedientes tramitados), existe una cantidad pobre de profesionales competentes para hacer el trabajo. De igual forma, no todos los profesionales son igual de capaces, y así también, no todos son igual de competentes en todas las rúbricas de impacto ambiental.

¿Es genuina la calidad de los instrumentos ambientales? Yo puedo por lo menos hablar de mi trabajo y de los trabajos de algunos cuantos colegas que he tenido el gusto (o disgusto) de revisar. Y he de decir que, probablemente, es más, con mucha seguridad, alguien al cotizar un instrumento ambiental tenga un trabajo competentemente bien hecho, tenga el trabajo adecuado en menos de un 10% de las ocasiones (dejando de lado de si cumple o no con la normativa del MARN). Los instrumentos ambientales son para alimentar la burocracia, no para mitigar impactos reales o mitigar riesgos o para minimizar externalidades a terceros.

¿Denuncia ambiental o renuncia ambiental?

Ha llegado a tal punto de inoperabilidad el MARN, que me he encontrado con casos que hasta las denuncias entran a un limbo administrativo o legal, que la misma gente del MARN no sabe como resolver. Haga la prueba, denuncie a alguien que flagrantemente comete un delito contra el ambiente y vea como el caso es archivado por AÑOS. Haga la prueba con algo menor, donde alguien genera una incomodidad ambiental (externalidad) a un tercero y vea como el expediente al preguntar por él, la respuesta que reciba será siempre un constante, "lo tiene el área legal".

La administración ambiental es opaca. ¿La verificación de denuncias? Lo es 100 veces más. No tenemos paz con nuestros funcionarios. Y la ley que les dió vida y el puesto de trabajo, tampoco vela por que estos procesos sean los más adecuados, prontos, justos o decentes.

Conclusión

Hecha la ley, hecha la trampa. En el momento que se le da vida a la antigua comisión de ambiente (CONAMA) hoy en día vuelta ministerio, desde ese momento sepa que todo lo que se ve en administración pública en torno a la entidad, YA ES UN ERROR. Si, desde hace 37 años se cometió el error de emitir una ley que es a todas luces una mala ley. Y que si bien ha tenido algunos aciertos y éxitos, eso no es la norma, es la grossa excepción. Pregúntele a cualquier guatemalteco decente y le dirá que el ambiente está en la lipidia (por no usar el guatemaltequismo que usaría cualquiera).

No tengo muy buenas esperanzas del MARN, ni de su gestión. Ni puedo ni de chiste, felicitar la gestión de los últimos 8 años. Pero hay que reconocer que este tema da pena desde la creación de la ley. Dicho esto, qué barbara la gestión del próximamente saliente gobierno, porque los resultados que han tenido desde 2020 han sido peor que nefastos. En experiencia se puede apreciar como la institución en vez de progresar cada vez está peor cuando ni ellos mismos saben donde tienen las notificaciones que le dicen a uno que ya tienen para entrega y al preguntar, no están. En mi opinión parecen payasos, no administradores. Por lo menos los payasos dan gracia y no pena.


[1] El dato acá indicado no es un dato oficialmente reconocido, pero sí es uno que emana de mis conversaciones con colegas en la institución que me han comentado que ha llegado a ese punto. De hecho, esto es probablemente el causal de la destitución del antiguo Director de Gestión Ambiental y Recursos Naturales.

[2] Congreso de la República de Guatemala. 1986. 1986 68 (Congreso de la República de Guatemala) Decreto 68-86: Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente.

[3] https://www.marn.gob.gt/viceministro-de-ambiente/digarn/ventanilla-ambiental-2/

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