Mercado inmobiliario: qué documentación necesito para vender un inmueble
No importa cuál sea el tipo de inmueble y la jurisdicción en la que se encuentre ubicado, se deben presentar ciertos documentos al escribano. Qué se debe agregar si se trata de una propiedad horizontal o una herencia y si hay embargos o hipotecas.
El Colegio de Escribanos de la Ciudad presentó una serie de recomendaciones para las operaciones.
Para todos aquellos que busquen vender un inmueble, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires presentó una serie de recomendaciones sobre la documentación necesaria para concretar la operación en cualquier jurisdicción.
La escritura de compraventa, que garantiza la propiedad del inmueble, es el último paso en este proceso. Para llegar a ella, primero hay que presentar varios documentos a un escribano con el fin de que pueda realizar el estudio de títulos y verificar los aspectos jurídicos, registrales e impositivos, así como también, cumplir con todos los requisitos que los organismos públicos exigen.
¿Qué documentos necesito?
No importa cuál sea el tipo de inmueble (casa, departamento o lote baldío) y la jurisdicción en la que se encuentre ubicado, los documentos que se deben presentar son los siguientes:
-Título de propiedad original (la escritura de adquisición del inmueble por compra, permuta, donación o cualquier otro contrato).
-DNI y constancias de CUIT/CUIL de todos los titulares de la propiedad y de sus cónyuges.
-Boletas de los impuestos, tasas y contribuciones que gravan el inmueble.
-Si alguno de los firmantes no concurrirá a la firma de la escritura por sí, el poder original y con facultades suficientes para el acto.
-Si el precio de la venta supera los $ 1.500.000, será necesario el COTI (código de oferta de transferencia de inmuebles), que se obtiene en el sitio web de la AFIP.
Ahora bien, si es un departamento (o no) que está afectado a propiedad horizontal (por ejemplo, una unidad funcional o los llamados PH), también será necesario contar con estos papeles:
-Copia del reglamento de copropiedad y administración, o del reglamento de propiedad horizontal.
-En algunos casos, plano de afectación a propiedad horizontal.
-Datos de contacto de la administración del edificio.
En cuanto a la ubicación, si el inmueble a vender está en la provincia de Buenos Aires, podrá corresponder presentar un estado parcelario o cédula catastral (confeccionado por un agrimensor matriculado).
En el caso de que los titulares del inmueble y/o sus cónyuges hayan fallecido, o de recibir un inmueble por herencia, el expediente sucesorio debe estar en un estado tal que permita que el inmueble sea vendido por el sistema de tracto abreviado (es decir, que se encuentren cumplidos los pasos procesales que permitan la escrituración).
En tanto, los gravámenes, restricciones o interdicciones que pesen sobre el inmueble (como por ejemplo embargos, hipotecas o bien de familia) o sobre sus titulares (una inhibición) deberán ser cancelados o levantados antes de la escritura.
Por último, al momento de la firma de la escritura, se deberá pagar al escribano los gastos, impuestos, diligencias y honorarios que corresponden por ser parte vendedora.