MiPyME

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Al parecer llego la tan esperada norma que autoriza la constitución de sociedades mercantiles privadas, queda aún por ver su alcance y en particular lo referido a las actividades autorizadas, con lo cual al menos yo no me animo aun a encender la mecha que iluminara la noche con fuegos artificiales, es más, los reservare para tiempos futuros, en los cuales no solo se haya cumplido el deseo de contar con esta opción, sino que además haya sido posible hacer uso al menos medianamente provechoso de ella. Se que lo dicho me convierte en una especie de “aguafiestas”, pero sobradas razones tengo para ello, con lo cual en principio me mantengo cauteloso y la celebración es a puertas cerradas, sin que por ello mi frágil corazoncito de emprendedor, no haya comenzado a latir de forma acelerada…es inevitable.

¿Que tenemos en principio...o que tendremos? E insisto en el ¿Qué tendremos? Porque reitero que no basta con contar con la norma autorizante, sino que además tanto esta, como las normas complementarias que le acompañaran, determinaran en gran medida la viabilidad de la opción. Recordemos que tanto el llamado trabajo por cuenta propia, como las cooperativas no agropecuarias constituyen opciones para el desarrollo de actividades económicas en el sector privado y sin embargo no se han logrado resultados satisfactorios en ambos casos, con lo cual queda probado que, el éxito de una actividad económica no depende únicamente de la forma jurídica que adopta la empresa, sino de una multiplicidad de factores objetivos y subjetivos que inciden en su proceso de desarrollo. ¿Cuáles son estos factores? Pues como he dicho “múltiples” por lo cual identificar y enumerar cada uno de ellos, seria una tarea ardua, y por ello solo me referiré muy someramente a algunos de estos.

Entre estos como dije, es el alcance de las actividades autorizadas a realizar. De nada vale contar con una sociedad mercantil, si solo puede desarrollar escasas y limitadas actividades económicas, ejemplo de lo cual es la menguada y ridícula lista de actividades autorizadas a los trabajadores por cuenta propia. Pero el alcance no solo se refiere a actividades, sino a su interacción con el resto del entorno empresarial, territorial, etc. ¿Podrán asociarse con entidades extranjeras al amparo de la legislación vigente? “Teóricamente” si y hago especial énfasis en este particular, porque excepto en Cuba “Ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus” Donde la ley no distingue, nosotros no debemos distinguir y; De distinciones, interpretaciones y disposiciones administrativas esta empedrado el camino del fracaso empresarial cubano, ejemplo de lo cual ha sido la continua incidencia de los llamados órganos de relación en la actividad cooperativa, contraviniendo incluso normas legales y cito por ejemplo la negativa de dichos órganos, al uso o amparo por parte de las cooperativas de la resolución 134/2013 del Ministerio de Economía y Planificación sobre flexibilización de los objetos sociales, con lo cual no solo se “cargaron” dicha norma, sino hasta la mismísima constitución.

Y resulta ahora que según una versión circulante y “extrañamente filtrada” de lo que seria la norma que regularía la creación de las MiPyME la solicitud se presenta al Ministerio de Economía y Planificación, con lo cual “y lo siento”, pero instintivamente me persigne ¿Cuál será el proceso de aprobación? ¿Sera tan dilatado, tortuoso, SELECTIVO y exiguo como lo fue el de las Cooperativas No Agropecuarias? De verdad lo siento, pero reitero que mi fiesta será a puertas cerradas. Mi recomendación, estén atentos, prepárense, planifiquen, mantengan la cerveza fría, pero sin destapar y la música en pausa. Todavía falta tiempo y recorrido, para poder aseverar que tenemos esta opción a nuestra disposición y que es viable. Hay muchas interrogantes por responder y sobre todo porque aún no tenemos la totalidad de la información. Por otra parte ¿Sobrevivirán el trabajo por cuenta propia y particularmente las cooperativas a las MiPyME? Personalmente lo dudo y sobre todo en el caso de las ultimas, el sentimiento de “sentirse dueño” prima en muchas personas, atribuyéndole erróneamente a esta condición, cualidades que por si mismas garantizan el éxito de cualquier emprendimiento empresarial.

No creo que sea momento aun, de emitir criterios más específicos sobre este asunto, pues además del parloteo mediático y las mencionadas “filtraciones”, no se han promulgado aun las normas que autorizan estas actividades, hay que esperar y ya luego veremos. No obstante adelanto que el éxito de cualquier emprendimiento de negocios, depende de MUCHISIMOS otros factores, entre los cuales la forma jurídica de la entidad empresarial, no es el de mayor relevancia. Administración, contabilidad, finanzas, marketing, suministros, mercado, etc. etc. son factores que tienen un gran peso e incidencia en el camino hacia el éxito. No obstante recomiendo mantener el animo en alto y emplear DESDE YA, este tiempo en PREPARARSE, CAPACITARSE, ASESORARSE y estar en mejores condiciones para emprender ese difícil camino que es llevar adelante con éxito una actividad económica.  


Rodolfo Sanchez

Sucursal Shanghai Insitute Of Mechanical And Electrical Engineering Co. Ltd. en Cuba

3 años

Estamos de acuerdo que se deben quitar todas las trabas y burocracia, entonces; Por que el Gobierno somete a previa aprobación del Ministerio de Economía y Planificación la constitución de las pequeñas y medianas empresas privada? téngase en cuenta el marco legal real de estas figuras societarias. La autorización administrativa para la constitucion de una sociedad mercantil no se justifica, y es un trámite burocrático que se superpone a las causales ordinarias que impiden su creación. No creo que se necesite y ojala en algún momento se suprima ese requisito previo. Otra pregunta: por que se limita las actividades que pueden realizar las pequeñas y mediana empresas privadas, si estas actividades no constituyen medios fundamentales de producción que pudieran socavar la soberanía del país?, según la Constitución de la República. Téngase en cuanta que el estado revolucionario tiene el control absoluto y universal de la economía del país en todo los sentidos; aplicar medidas como esta limita la real capacidad de los actores económicos y los pone en franca desigualdad; quiero decir que las PYMES estatales estarán en mejores condiciones que las privadas, eso NO genera desarrollo

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