Modificaciones al Artículo 22

Modificaciones al Artículo 22

Recientemente se han realizado importantes cambios en el Código del Trabajo. Uno de ellos en el artículo 22, mediante la ley 21.561. Este artículo es mencionado con frecuencia por los trabajadores, pero su aplicación y límites suelen ser poco conocidos.

Antes de esta modificación, los empleadores usaban el inciso segundo del artículo 22 para determinar el régimen laboral de los empleados que quedarían excluidos de la limitación de jornada, lo que a menudo llevaba a abusos y a la precarización de las condiciones laborales. Se presentaba un claro desequilibrio en los derechos y la calidad de vida de los trabajadores, quienes, a pesar de tener una supuesta libertad laboral, en realidad estaban en una situación de vulnerabilidad.

Anteriormente, el inciso segundo del artículo 22 permitía que los siguientes trabajadores quedaran excluidos de la limitación de las horas de la jornada de trabajo: 

  1. Trabajadores que prestaban servicios a varios empleadores.
  2. Gerentes, administradores y trabajadores sin supervisión directa.
  3. Contratados para trabajar en su domicilio o en un lugar libremente elegido por ellos.
  4. Agentes comisionistas, vendedores viajantes, y similares que no ejerzan sus funciones en el establecimiento.
  5. Trabajadores a bordo de naves pesqueras.

Sin embargo, esta amplitud generaba problemas y abusos por parte de algunos empleadores.

Después de un proceso legislativo, se reformuló el artículo 22 para brindar más claridad a los trabajadores sobre en qué casos se puede aplicar. Ahora, se limita a dos situaciones:

  1. Trabajadores que ocupan cargos de gerencia o administración.
  2. Trabajadores que trabajan sin supervisión directa debido a la naturaleza de sus labores.

Esta reducción de casos en los que se aplica el artículo 22 brinda certeza jurídica y protección a los trabajadores, asegurando una mejor aplicación de la ley y la protección de sus derechos.

Esperamos que esta reforma legal beneficie a la fuerza laboral del país y promueva un ambiente de trabajo más justo y equitativo.

Por Andres Nicolas Gomez Castellon

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