Nueva causal de Fuero. Ley 21.565

Nueva causal de Fuero. Ley 21.565

El artículo 8 de esta ley establece una nueva causal de fuero laboral, para las hijas e hijos de la ofendida por el delito de femicidio frustrado o tentado desde la perpetración del hecho hasta un año después. 

La víctima podrá solicitar la adecuación temporal de sus prestaciones laborales, durante el plazo que dure el fuero, con el fin de permitir su debida reparación y protección

Forma de Acreditación: La víctima deberá presentar al empleador la denuncia realizada ante las policías o el Ministerio Público.

Permiso Especial: La comparecencia en cualquier diligencia de investigación o del procedimiento judicial de las personas contempladas en el artículo 2, cuando haya sido requerida por las autoridades correspondientes, será causa suficiente de justificación en caso de ausencia laboral.

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