Precios de Transferencia: Canon (Regalías) fijo o variable?
La Real Academia de la Lengua define una Regalía en términos económicos como:
“f. Econ. Participación en los ingresos o cantidad fija que se paga al propietario de un derecho a cambio del permiso para ejercerlo”.
Adicionalmente la Real Academia de la Lengua define al canon, término utilizado en España con fines similares, como:
“m. Econ. Cantidad de dinero que se satisface por el uso de un proceso tecnológico o una marca”.
Si bien personalmente pienso que la definición de regalía es mejor para fines de precios de transferencia ya que es más amplia, ambos términos son equivalentes y para fines de este artículo utilizaré Regalía.
Las regalías son de uso común en economías de mercado, donde la iniciativa e innovación son remuneradas como parte fundamental del desarrollo económico.
En un modelo de regalías fijo (porcentaje fijo sobre ventas), tradicionalmente una empresa (usualmente basada en países desarrollados) dueña de una marca y diversos intangibles asociados (“IP”) otorga derechos de explotación de dicho IP a otra empresa (vinculada o no), la cual está ubicada en un tercer país. Estos derechos pueden incluir el derecho a manufacturar un producto utilizando el IP antes mencionado.
En contraprestación por el IP recibido, la empresa que explota el IP se compromete a pagar una regalía, que en el modelo tradicional es fija (porcentaje fijo de ingresos de venta) y usualmente se ha comparado aplicando el método CUP, o Comparable Uncontrolled Price, el cual propiamente dicho una comparación de precios. La aplicación del CUP requiere una comparación de contratos de regalías públicamente conocidos, los cuales están disponibles en bases de datos como Royalty Stat o Royalty Range.
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La aplicación del CUP requiere una comparabilidad total y absoluta, y no tolera diferencias funcionales como sí lo tolera un método de márgenes netos. En términos prácticos la aplicación del CUP es como comparar el precio de venta de una botella de Coca Cola a un vinculado vs. El precio de venta de una botella de Coca Cola idéntica a un tercero no vinculado. En el caso del ejemplo, si le vendí una botella de Coca Cola a mi vinculado a EUR 0.90, también deberé vender una botella de Coca Cola idéntica a mi no vinculado por un precio similar, asumiendo que todas las condiciones económicas y financieras de ambas transacciones son idénticas. Para realizar esta comparación hemos tenido en cuenta que ambos bienes son idéntico, no similares o parecidos, simplemente idénticos. Esta condición es explícitamente mencionada en las Directrices de la OECD.
Regresando al caso del pago de regalías fijas mencionado arriba, las regalías pactadas por un IP generado por Coca Cola es en términos objetivos poco comparable con las regalías pactadas por otras empresas por otro producto alimenticio similar; es más ni siquiera una comparación de lo que cobra Pepsico en regalías sería comparable ya que una Pepsi no es igual que una Coca Cola, ni probablemente las condiciones detrás del acuerdo son iguales.
En consecuencia, una falla fundamental de la aplicación del método CUP es que los contratos no contienen un IP idéntico y por lo tanto su comparabilidad es muy reducida.
Asumiendo que la realidad económica soporta el pago de una regalía, asumiendo por ejemplo que el DEMPE (Development, Enhancement, Maintenance, Protection and Explotation) es realizado por la parte adecuada, un método de partición de beneficios o utilidades sería la metodología más adecuada para estimar el valor de mercado de una regalía.
Bajo una metodología de partición de beneficios, la parte que asume las funciones y activos y riesgos más importantes debe ser remunerada relativamente con mayor porción del beneficio que una entidad que realiza o se encarga únicamente de funciones, riesgos y activos rutinarios.
De esta manera los modelos de regalías alineados con BEPS requieren que la regalía sea variable con respecto a los beneficios generados producto de la explotación de un IP.
Por ejemplo en países como Irlanda se aplican modelos de beneficios residuales, lo cual implica que primero se remuneran las funciones rutinarias de cada una de las partes para posteriormente remunerar las funciones de mayor agregado, como el desarrollo y crecimiento del IP. Bajo este modelo de regalías variable con respecto a los beneficios netos del negocio, típicamente el distribuidor o manufacturero se queda con un porcentaje rutinario por dichas funciones mientras que el dueño del IP se llevaría los beneficios residuales del negocio.
Basados en los desarrollos recientes de la OECD, cada día un modelo de regalías fijas y análisis CUP va perdiendo tracción frente a modelos de partición de beneficios que reflejan de mejor manera la realidad económica del pago de regalías.