¿Qué diferencia a un reformista de un mensajero?

¿Qué diferencia a un reformista de un mensajero?

Me lo llevo preguntando desde hace semanas por las limitaciones publicadas en el BOE muy pendientes en limitar el contacto entre el personal que realiza mejoras en el hogar con los habitantes del edificio, en las zonas comunes como los pasillos. Pero más ahora cuando leo un artículo “atrapados por las reformas” donde los propietarios de los pisos afectados por la paralización exponen que son los propios comuneros los que en ocasiones están bloqueando actuaciones. No se trata de actividad empresarial, sino de familias que sin capacidad de reorganización sufrieron la paralización de las obras de sus viviendas. Y si bien empezaron a ver la luz cuando se autorizaba a realizar obras en viviendas vacías, resulta que algunos vecinos tratan de paralizar las obras, para ellos es kafkiano.

No puedo más que preguntarme el porqué, pues los edificios de viviendas están hoy en día plagados de mensajeros que no es que recorran las zonas comunes de un edificio, sino que recorren decenas al día repartiendo paquetes. Nos cruzamos con ellos manteniendo la distancia de seguridad sin que nos moleste o cree inquietud. En cambio, el tránsito del personal de obra parece diferente, peor, pero se compone de pocos trabajadores minimizando los movimientos de entrada y salida en las horas extremas del día.

Quizás tengamos que mostrar más a la sociedad que es el propio sector el más activo e interesado en cuidar de sus profesionales y de los ciudadanos, muestra de ello son las guías y recomendaciones publicadas (La Fundación Laboral de la Construcción, CONAIF, CNI, Agremia, ANERR, etc.), así como medidas adoptadas por las empresas. También habitissimo ha dado máxima difusión a recomendaciones para que todas las empresas lo incorporen en sus procedimientos y el interés ha sido máximo, como nos indica el incremento (superior al 40%) de actividad en los emails enviados.

La Orden SND/385/2020 de 2 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/ 340/2020 de 12 de abril, ajustándola a la realidad de nuestros edificios de viviendas, establece que se pueden realizar obras en viviendas de edificios siempre que se cumplan todas las siguientes condiciones:

a) Se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas, y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.

b) El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.

c) Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.»

Estas condiciones aumentan la seguridad de nuestros profesionales y de los vecinos del inmueble, perfecto, la seguridad de todos ha de ser lo primero, pero entonces cabe preguntarse si no sería también recomendable la aplicación a otros profesionales que circulan por los edificios, o si esta diferenciación puede incentivar el rechazo al profesional de obra por los vecinos, que ante cierta ambigüedad en la redacción (¿quien determina si se han tomado las medidas oportunas?) puede situar al profesional en una zona gris difícil de afrontar. Para solventarlo, desde algunos colectivos se recomienda contar con la conformidad de la Comunidad de Propietarios para lograr trabajar con mayor grado de “certidumbre”.


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