¿Eres Empresario y has creado o invertido en un nuevo negocio en 2018? Aprovecha en tu Renta el aumento de la deducción del artículo 68.1 LIRPF:

¿Eres Empresario y has creado o invertido en un nuevo negocio en 2018? Aprovecha en tu Renta el aumento de la deducción del artículo 68.1 LIRPF:

La base de la deducción está formada por el valor de adquisición de las acciones o participaciones suscritas que cumplan una serie de requisitos.

No obstante y sin perjuicio del límite que pudiera resultar de la comprobación de la situación patrimonial del contribuyente que fijan los requisitos, la base máxima de deducción será de 60.000 € anuales.

Por otra parte, de la misma forma que se incentiva la inversión inicial en las entidades de nueva o reciente creación, se incentiva también la posterior desinversión de las acciones o participaciones adquiridas declarando exenta la ganancia patrimonial que se pueda obtener por la transmisión de las mismas siempre y cuando el importe obtenido en la venta se reinvierta en nuevas acciones o participaciones de una entidad nueva o de reciente creación (art. 38.2 LIRPF).

La cuantía de la deducción será el resultado de aplicar a la base de la deducción el porcentaje del 30% a partir de 2018 . Ojo! que no se contempla la posibilidad de trasladar a ejercicios futuros las deducciones no aplicadas por insuficiencia de cuota en el ejercicio en que se genere el derecho a la deducción por lo que las deducciones no aplicadas por tal motivo se pierden.

Por lo tanto, si a lo largo del ejercicio 2018 has creado o invertido en una empresa de nueva creación por valor de, por ejemplo, 100.000 euros, tendrás una deducción de 30.000 euros en la cuota íntegra estatal de tu IRPF.

Si quieres más información sobre requisitos y condiciones, solamente tienes que mandarme un email a: ax.segarra@segarradefigarolas.com


Pol Estrada

Senior Finance Controller en ALTEN

5 años

Gracias Alex!

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