Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.
El 20 de enero de 2021 entró en vigor el Real Decreto-ley 1/2021, se trata de un refuerzo para la protección de las personas vulnerables en materia de consumo, que protege a colectivos como el de menores, personas de avanzada edad o con bajo nivel de digitalización. Se incluye por primera vez en la normativa estatal de defensa de las personas consumidoras la figura de la persona consumidora vulnerable, que deberá ser objeto de especial atención tanto por parte de autoridades públicas como de empresas privadas en las relaciones de consumo.
La principal norma que se ve modificada por este Real Decreto-ley es la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La modificación esencial es la que afecta al artículo 3, en relación con el concepto general de consumidor y usuario, con la finalidad de incluir la definición de persona consumidora vulnerable.
“(…)tienen la consideración de personas consumidoras vulnerables respecto de relaciones concretas de consumo, aquellas personas físicas que, de forma individual o colectiva, por sus características, necesidades o circunstancias personales, económicas, educativas o sociales, se encuentran, aunque sea territorial, sectorial o temporalmente, en una especial situación de subordinación, indefensión o desprotección que les impide el ejercicio de sus derechos como personas consumidoras en condiciones de igualdad”.
En concreto se han modificado los siguientes artículos:
· Disposición final primera. Título competencial.
· Artículo 3. Conceptos de consumidor y usuario y de persona consumidora vulnerable.
· Artículo 8. Derechos básicos de los consumidores y usuarios.
· Artículo 17. Información, formación y educación de los consumidores y usuarios.
· Artículo 18. Etiquetado y presentación de los bienes y servicios.
· Artículo 19. Principio general y prácticas comerciales.
· Artículo 20. Información necesaria en la oferta comercial de bienes y servicios.
· Artículo 43. Cooperación en materia de control de la calidad.
· Artículo 60. Información previa al contrato.
Pero no ha sido la única ley que ha sufrido modificación, ya que han sido modificadas:
· Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
· Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
· Habilitación para la modificación del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
· Modificación de los precios básicos del canon de control de vertidos del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.