La Remuneración Mínima no se diferenciará por tipo de empresa o regímenes laborales
Foto: Andina

La Remuneración Mínima no se diferenciará por tipo de empresa o regímenes laborales

El diario oficial El Peruano, realizó una consulta institucional a diversas áreas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), por lo que ponemos a disposición las respuestas del sector sobre la coyuntura laboral actual.

Sobre el incremento de la Remuneración Mínima (RM) la ministra Chávez ha indicado que se realizará de manera técnica en enero de 2022 ¿En el año 2007 se fijaron como componentes de análisis la inflación y la productividad para determinar la viabilidad o no de un incremento ¿Cuáles son las propuestas del sector para determinar las subvariables que determinan estos dos componentes y que desde el 2007 no se han podido establecer?

MTPE: En el 2007, el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) aprobó por consenso una metodología para incrementar la RMV en base a criterios técnicos, que además de la inflación subyacente proyectada y la productividad, incorpora algunas condiciones de contexto que viabilizan el aumento, así como una cláusula de recuperación en caso la inflación subyacente proyectada sea mucho menor que la efectiva. Sin embargo, entre el 2012 y 2015, en el CNTPE se realizaron nuevas discusiones con la finalidad de mejorar y precisar la medición de la productividad y las variables que determina que existe el contexto adecuado para viabilizar un aumento de la RM.

En ese contexto, el MTPE viene elaborando una propuesta para institucionalizar la revisión periódica de la RM, y mejorando la medición de los indicadores técnicos requeridos para dicha revisión, sobre la base a los consensos alcanzados en el dialogo tripartito del 2007.

La regularidad de la revisión del incremento o no de la RM ¿tendrá una periodicidad bianual, por ejemplo?

MTPE: Es posible realizar una revisión anual o bienal. Cada una tiene ventajas y desventajas. Respecto a la revisión anual, requiere de menos información sobre proyecciones de inflación, pero requiere que todos los años se dé un proceso de diálogo. La revisión bienal ahorra ese proceso anual, pero depende de proyecciones de inflación para el año siguiente, proyecciones que, sin son menores a las reales, puede afectar el incremento en la RM, lo que en todo caso también sería un criterio que será expuesto ante el CNTPE.

¿Es materia de revisión establecer RM diferenciadas por tipo de empresa o regímenes laborales especiales? ¿Por qué sí o no?

MTPE: Es materia de revisión técnica y discusión en el marco de CNTPE. Sin embargo, es importante reconocer que la definición de parámetros para la proyección de montos de la RM a nivel nacional es compleja, debido a limitaciones en medidas de productividad. Tener distintos montos de RMV por régimen laboral o tipo de empresa requeriría de datos no disponibles en la actualidad, imposibilitando la presentación de una propuesta técnica en ese sentido.  

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