República Dominicana - Adopción de la facturación electrónica rumbo la modernización de la gestión empresarial en el país.

República Dominicana - Adopción de la facturación electrónica rumbo la modernización de la gestión empresarial en el país.

La adopción de la facturación electrónica o Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) es un indicador claro de la transformación digital que está ocurriendo en el tejido empresarial de República Dominicana y refuerza la importancia de contar con soluciones tecnológicas sólidas y confiables para el desarrollo y competitividad de las empresas.

De acuerdo con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), se ha identificado que más de 399,000 empresas en el país deben hacer el proceso para certificarse como emisores electrónicos en lo que dura la implementación (2023-2026). Estas cifras reflejan un importante avance en la digitalización de la gestión fiscal en el territorio dominicano.

La autoridad fiscal (DGII) ha intensificado sus esfuerzos para garantizar el cumplimiento de la emisión de facturas, para lo cual se puede utilizar como método válido las impresoras fiscales o la factura electrónica. En ese sentido, la entidad ha iniciado un proceso de validación a través de inspecciones para verificar que se cumpla con estas normativas.

En estas inspecciones, la DGII está haciendo hincapié en la importancia de que los contribuyentes que aún no cumplen con esta obligación consideren la adopción de la factura electrónica como una forma de evitar posibles sanciones, estas inspecciones se llevan a cabo de manera constante, y su objetivo principal es verificar que las empresas puedan adoptar la facturación electrónica no solo como una alternativa para cumplir con sus responsabilidades fiscales, sino también para agilizar los procesos administrativos y reducir la evasión fiscal.

En cuanto a los sectores económicos no certificados, se ha observado que un 33.54%, es decir, alrededor de 134 mil contribuyentes, pertenecen al sector de servicios, mientras que un 20.79% (82,800 contribuyentes) corresponde a otros comercios, venta al por menor de productos farmacéuticos y venta al por menor de artículos nuevos. Asimismo, un 7.5%, aproximadamente 29,900 empresas, se relaciona con el alquiler de viviendas y un 6.51% se encuentra en el sector de la construcción, lo cual representa a 25,900 empresas.

Obligatoriedad

Se regula el uso obligatorio de la factura electrónica (e-CF) a partir de la promulgación de la ley 32-23 con fecha de 16 de mayo de 2023 de la identificación del tipo de contribuyentes:

  • Grandes contribuyentes nacionales: 12 meses a partir de la entrada en vigor
  • Grandes contribuyentes locales y medianos: 24 meses a partir de la entrada en vigor
  • Pequeños, micro y no clasificados: 36 meses a partir de la entrada en vigor


Por ello le compartimos las 3 diferentes opciones que existen para emitir comprobantes fiscales electrónicos:

  1. Sistema de desarrollo propio, el cual tiene que estar acorde a las normativas y contar con un equipo especializado dentro de la empresa para la implementación.
  2. Facturador gratuito implementado por la DGII.
  3. Sistema proveedor de facturación electrónica debidamente autorizados por la DGII.

Conoce los requisitos fiscales que los proveedores de facturación electrónica deben cumplir. 

Toda persona  física o jurídica, que desee ser autorizada y certificada por la DGII como proveedora de servicios de facturación electrónica deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1.     Estar incorporada al Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

2.     Tener una actividad económica relacionada con la venta de desarrollo de aplicaciones informáticas. 

3.     Poseer clave de acceso a la Oficina Virtual (OFV).

4.     Estar autorizada y certificada por la DGII para ser Emisor de Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF).

5.     Tener un Certificado Digital para Procesos Tributarios, emitido por una prestadora de servicios de confianza (entidad de certificación) debidamente registrada ante las autoridades competentes para tales fines.

6.     Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustantivas.

7.     Cumplir con las exigencias técnicas dispuestas por la DGII.

8.     Presentar la documentación que la DGII considere necesaria para su autorización y certificación.


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