SASISOPA para la distribución y expendio de gas natural, gas licuado de petróleo y petrolíferos.
Expendio de petrolíferos

SASISOPA para la distribución y expendio de gas natural, gas licuado de petróleo y petrolíferos.

El 16 de junio del presente año, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las “Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen los Lineamientos para la Conformación, Implementación y Autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente Aplicables a las Actividades de Expendio al Público de Gas Natural, Distribución y Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo y de Petrolíferos” el SASISOPA, por parte de la Agencia de Seguridad Energía y Ambiente (ASEA).

Esto obliga a que las empresas reguladas por la ASEA, así como sus contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio, que pudieran generar impacto o riesgo ambiental, cumplan con la obligación de contar con un SASISOPA.

Para la conformación del SASISOPA, se deberá desarrollar la documentación correspondiente a mecanismos y procedimientos que le permitan permitan a la empresa atender cada uno de los dieciocho elementos con los que cuenta el Sistema; uno de los compromisos para la conformación del sistema, es que el riesgo y el Análisis de este, sea verificado y dictaminado por un "tercer acreditado", que es una persona física o moral con probada experiencia en materia de evaluación de riesgo de procesos. Luego de ello y de gestionar ante la ASEA la solicitud de registro y autorización, con el sistema ya conformado, se procede a desarrollar un Programa de Implementación, el cual también se somete a la revisión y visto bueno de la ASEA, para posteriormente dar paso a la etapa de implementación y seguimiento del sistema, la cual entre otras cosas, debe ser verificada mediante auditorías internas y cada dos años, mediante una auditoría externa, ejecutada por un tercero.

Cabe mencionar que, de acuerdo a lo que establece el artículo Primero Transitorio de los lineamientos de la ASEA, esas disposiciones entrarán en vigor a partir de los ciento veinte días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación; lo cual quiere decir que, la disposición ya está vigente para las empresas del ramo. Estamos hablando de su aplicación inmediata a distribuidores de gas natural y gas LP, estaciones de servicio expendedoras de diésel y gasolina, y centros de carburación, entre otras.

Figura 1. Proceso de atención para la conformar e implementar el SASISOPA.

Nuestra empresa Biósfera Servicios Integrales en Seguridad y Medio Ambiente, S.A. de C.V., está lista para apoyar a las empresas del sector hidrocarburos en la conformación e implementación del SASISOPA, ya que contamos con un equipo multidisciplinario, con más de 20 años brindando servicio de capacitación y asesoría a Pemex, sus contratistas y otras empresas del sector hidrocarburos.

Autor: M. en C. José de Jesús Amaya Elías.

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