Se reconoce a una madre de familia monoparental el derecho a acumular 32 semanas de permiso por el nacimiento de su hijo.
Se reconoce a una madre de familia monoparental el derecho a acumular 32 semanas de permiso por el nacimiento de su hijo
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 A Coruña. Sentencia 17 Febrero 2022
Diario La Ley, Nº 10025, Sección La Sentencia del día, 9 de Marzo de 2022, Wolters Kluwer
Denegar la acumulación es contrario a los derechos del menor y supone una discriminación frente a las familias con dos progenitores.
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 A Coruña. Sentencia 13/2022, 17 Feb. Rec. 228/2021 (LA LEY 12424/2022)
Disienten las partes en la interpretación del art. 49 TREBEP (LA LEY 16526/2015) , que según el Juzgado, ha de hacerse atendiendo a los bienes jurídicos protegidos o fines a los que atienden los permisos reconocidos, que se concretan en el beneficio del menor y la atención de los cuidados que precisa.
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Siendo así, considera que la inexistencia de un progenitor, “no puede fundar un menor número de semanas como derecho a reconocer, pues sería tanto como afirmar que un menor con un único progenitor precisa de menor número de semanas de cuidados y atención que un menor nacido con dos progenitores, tesis que no soporta el test de razonabilidad, concurrentemente con la discriminación que se evidencia”.
No reconocer la acumulación supondría, por tanto, una discriminación de los menores nacidos en familias monoparentales, ya que el nacido en una familia con dos progenitores disfrutará de la atención y cuidados de los dos progenitores, con el reconocimiento de la prestación de forma separada y distinta por cada uno de ellos, mientras que el menor nacido en una familia monoparental, solo podría recibir esos cuidados durante 16 semanas.
También podría estarse ante una discriminación indirecta por razón de sexo porque la realidad demuestra que el número de familias monoparentales formadas por mujeres es significativamente mayor que el integrado por hombres.
Privar del derecho a la acumulación del permiso a las familias monoparentales, supone una interpretación de la norma que de facto se proyecta negativamente sólo o mayoritariamente sobre las mujeres.
La negativa a la acumulación de ambos permisos en familias monoparentales priva al menor de su derecho a ser cuidado y discrimina a la mujer.
No es que la madre pretenda valerse de un permiso en defecto del padre, cuando el padre "no existe", sino que al igual que en las familias con dos progenitores, el menor tiene derecho a cuidados durante 32 semanas, se tiene que tratar de forma igualitaria al hijo de la familia monoparental, constituida por un solo progenitor, madre o padre, porque el hijo de esta familia debe tener la misma oportunidad de tiempo de cuidado por el mismo período que si lo fuera de una familia biparental.