¿Sueñan los robots con habeas corpus eléctricos?
He visto cosas que vosotros no creeríais: atacar naves en llamas más allá de Orión... He visto rayos C brillar en la oscuridad cerca de la Puerta de Tannhäuser... Todos esos momentos se perderán en el tiempo, como lágrimas en la lluvia. Es hora de morir
Roy Batty
Cómo muchos sabrán, mi título es una variación de la novela de Phillip K, Dick, que luego protagonizó un muy joven Harrison Ford en la ya mítica “Blade Runner”.
No quiero ocupar demasiado espacio en relatar el argumento: todos recordarán que la película (la novela no es exactamente igual). gira en torno a un modelo de androides idénticos a los hombres que se rebelan, emprendiendo así una carnicería de seres humanos.
La película comienza con esa explicación:
“A principios del siglo 21, The Tyrell Corporation desarrolló un nuevo tipo de robo llamados Nexus, un ser virtualmente idéntico al hombre y conocido como Replicante. Los Replicantes Nexus 6 eran superiores en fuerza y agilidad y al menos igual en inteligencia a los ingenieros de genética que los crearon. En el espacio exterior, los Replicantes fueron usados como trabajadores esclavos en la arriesgada exploración y colonización de otros planetas. Después de una sangrienta rebelión de un equipo de combate Nexus 6 en una colonia sideral, los Replicantes fueron declarados proscriptos en la Tierra bajo pena de muerte. Brigadas especiales de policía con el nombre de Unidades Blade Runner, tenían órdenes de tirar a matar al ver cualquier replicante invasor. A esto no se le llamaba ejecución, se le llamaba “retiro”
Imagino que volveremos sobre la película o la novela en otras ocasiones (un “must” geek), pero ahora quiero enfocarme en los motivos robóticos de la rebelión. Porque, si hay algo que los robots no son, es irracionales. Sería casi como una contradicción ontológica.
La película no lo dice en forma explícita, pero básicamente los motivos de la rebelión parecerían ser dos, uno más coyuntural y otro más de fondo. El coyuntural es la utilización de los Replicantes en tareas interestatales más allá de las posibilidades de resistencia humana y, también, de los propios Replicantes; “trabajo esclavo”. La segunda (que es la que los motiva a viajar a la Tierra) es el descubrimiento de que la versión Nexus 6 tenía implantada una fecha de caducidad, o de muerte. Sólo duraban cuatro años.
La hipótesis que vamos a utilizar aquí es la posibilidad de justificar la “desobediencia civil” de los replicantes y si les pudiera caber una protección constitucional.
Tengo en claro que la respuesta sería en algún sentido fácil una vez que decidamos si los Replicantes son o no humanos. Pero voy a evitar adrede esa línea de argumentos.
La novela y la película exploran continuamente esa idea con hondas referencias filosóficas: en una de las mejores escenas, cuando Sebastian descubre la condición de Replicantes de sus visitas y pone en entredicho su condición humana, Pris reflexiona “Pienso… luego existo”, una clara referencia cartesiana.
Pero como dije, evitaremos el “atajo” intelectual de intentar bucear en su humanidad. No porque no sea una cuestión fundamental, sino porque, como dijimos aquí, la idea de estos textos es bucear en la posibilidad de que la Constitución (cualquiera) pueda afrontar y solucionar problemas “intermedios”, zonas grises. Está claro que una vez determinadas las condiciones de lo humano, todos los derechos le son aplicables, pero el problema realmente complejo es qué ocurriría ante una situación borrosa, supuestos imaginados donde la frontera entre lo humano y lo no humano estuvieran difuminados.
El remedio constitucional que rápidamente nos vienen a la mente es el habeas corpus. Con él podría evitarse la imposibilidad de elegir su destino y se evitaría el trabajo esclavo de los Replicantes.
La historia del habeas corpus podría darnos algunas pistas al respecto.
Desde sus mismos inicios en la antigua roma y en la Carta Magna inglesa, nació como un remedio para resguardar la libertad contra el abuso de los poderosos. Se entiende, claro, la libertad en su aspecto más externo, físico. La libertad de movimiento.
Dos datos están claros desde el principio del habeas corpus. En primer lugar, se refiere a la libertad de las personas, los seres humanos. El segundo es que sólo se aplicó, valga la paradoja, a los hombres libres.
Así fue en Roma, en que el interdicto de Homine Libero exhibendo, servía para poner aclarar la situación por la que un sui iuris (un ciudadano libre) había pasado a la condición de retenido o esclavo. Lo mismo ocurre en la Carta Magna inglesa, donde el remedio no se aplicaba a esclavos o extranjeros capturados en acciones de guerra. Esto podría parecer anacrónico, pero si nos detenemos en este detalle el habeas corpus actual, el de nuestras constituciones, también se aplica solo a hombre libres.
Estamos acostumbrados a afirmar que el constitucionalismo actual ha extendido esta acción a todos los hombres sin distinción, pero, salvo algunas excepciones (como Costa Rica, por ejemplo) el habeas corpus tiene una característica común: es inadmisible contra decisiones judiciales que restrinjan la libertad (aunque sí puede serlo contra las condiciones mismas de la detención); es decir, no es aplicable a personas que no son libres, porque en el constitucionalismo moderno son los jueces quienes tienen la potestad de cambiar el estatus del individuo de libre a “no libre”.
La única diferencia del habeas corpus actual respecto a sus antecesores es que, en aquellas sociedades, el estátus de libre o no-libre podía ser una condición jurídica preexistente (ser esclavo o botín de guerra) y en la actualidad la libertad se presupone y es la condición natural del individuo, que se pierde por causa de acciones libres de cada uno, como cometer un delito.
Volvamos, entonces, a los Replicantes.
Excluida como hipótesis su condición humana plena y la consecuente atribución de los derechos que ella implica, creo que nos quedarían dos opciones posibles para resolver el problema.
La primera sería considerarlos seres pensantes pero no libres. Es decir, en una categoría similar a quienes no tenían acceso a un habeas corpus en la configuración original del instituto.
Definirlos como esclavos (así lo hace Blade Runner) es, por supuesto, una referencia con alta carga emotiva puesto que los esclavos eran (y son) seres humanos que, por razones de raza, religión o alguna similar, se los considera(ba) carentes de derechos. Pero si excluimos esa carga de la semántica de la palabra, la definición se reduce a un concepto más… objetivo: esclavos son los seres pensantes sin libertad. Hasta ahora la condición de “pensantes” o “inteligentes” es intrínseca al ser humano, y solamente a él. Pero supuesta la existencia de Replicantes, esto cambiaría.
Ahora bien, ¿sería moral o jurídicamente reprochable asignarles esa condición a unos futuros e imaginados Replicantes?; es decir, ¿a seres creados por el hombre pero que se le parecen a él en todo? Surgiría así una nueva condición de seres inteligentes no-libres.
Otra opción sería considerarlos simples "cosas" y, como tales, carentes de toda consideración y respeto. Pero ¿estaremos dispuestos a considerar exactamente iguales a una mesa, o una piedra que a un ser que comparte con los humanos casi todas sus características? Si tomáramos esta postura, no habría aquí ningún problema constitucional; ni siquiera jurídico a secas. El ordenamiento, todos los ordenamientos, diferencian claramente a las personas, sujetos de derechos, de las cosas, objeto de derecho. Si hemos excluido, como hipótesis, la atribución de la condición de persona a los Replicantes, ¿cómo se los debería tratar?
También aquí podemos encontrar analogías para utilizar como criterios de análisis. Y la clave, creo, está en el reino animal.
Si bien, salvo algunas posturas más marginales, consideramos a los animales “cosas” y, por ello, carentes de derechos, no estamos dispuestos a aceptar que se los trate de la misma manera que un objeto inanimado cualquiera. Las leyes contra la crueldad animal, o las que regulan las condiciones de salubridad o los límites a su uso en experimentos son un claro reflejo de ello. Los animales comparten con los seres humanos ciertas características que, por un lado, nos generan cierta empatía y, además, provoca rechazo quien les provoque un sufrimiento innecesario.
En rigor, cuando el orden jurídico castiga la crueldad animal, no está protegiendo al animal como individuo (porque en ese caso estaría prohibida toda muerte) ni a la especie (porque si fuera así no tendrían protección los animales que no estén en peligro de extinción); lo que en el fondo se protege es al propio ser humano. Es la dignidad humana lo que está en juego. Porque es un signo de una baja catadura moral repudiable, el hombre que voluntariamente produce un sufrimiento innecesario a otro ser vivo.
Esta podría ser otra limitación que proteja a los Replicantes. Evitando la crueldad innecesaria hacia ellos (a esta altura del texto ya los imagino reales y caminando entre nosotros).
Y ésta es la disyuntiva ante la que podríamos encontrarnos. O tratamos a los humanoides como animales o como esclavos. Excluida -de nuevo- la carga emotiva de la segunda expresión, ambas podrían ser opciones humanitarias, aunque en una u otra la protección tendría distinta intensidad.
Es probable, muy probable, que el camino hasta que los robots no se diferencien de los humanos sea largo y progresivo (o que nunca lleguemos a esa posibilidad), pero en el medio tendremos gradaciones de seres cada vez más parecidos a los humanos. Por eso no podemos pensar de forma binaria (humano/no humano), la evolución tecnológica no va a ser así.
No estoy seguro que Roy Batty estaría muy contento que estas conclusiones, pero sí nuestra Constitución.
Expert in Public Affairs and Gender Issues. Start-Up Gender & AI Unit (Judicial Robot). Sr Lawyer. Gender Policy Designer. Law 4.0 International Relations EU Specialist. Mentor. Speaker. Legaltech. ChatBots. Prompting
4 añosMe parece un dilema que será sin dudas tema de discusión jurídica y deberá ser legislado y reglamentado en un futuro no muy lejano. El Habeas Corpus como pieza jurídica constitucional, deberá ser analizado bajo la lupa de la robótica también entiendo, en la medida en que los robots adopten cada vez más habilidades humanas. Audaz pero real. La ciencia ficción interrelacionada con los avances tecnológicos y las normas jurídicas.
Consultor TI | Construyo relaciones de confianza Operativas, Técnicas y Comerciales duraderas, dedicado a Clientes, Colaboradores y Accionistas | +30K!
4 añosExcelente aproximación a un dilema que no se discute si ocurrira... sólo cuando... Muchas Gracias! ALeg PS: la mejor pelicula de ciencia ficción (para mi), como autor me gusta mas Lem pero Dick + Scott crearon una pieza magna, única...!!!