Una Clasificación + de sociedades, para empresarios y no empresarios.
Para el jurista Manuel Garcia Rendon existe una de las clasificaciones mas interesantes respecto a las sociedades es importante destacar que los criterios para la clasificación de sociedades no son únicos, con esto les quiero decir que cada sociedad satisface necesidades especificas.
Si al momento de emprender alguien, espero no sea tu asesor, abogado o contador te dicen constituye un S.A. de C.V., y así nos arrancamos y luego vemos, en verdad te deseo que tu suerte cambie y te alejes de esas personas por eso hoy te comparto esta clasificación que quizás te ayude un poco mas a determinar que tipo de sociedad llegues a necesitar.
- De personas: se caracterizan porque se constituyen atendiendo a la calidad de las personas que las integran, cuyos nombres forman el nombre de la sociedad (razón social).
- De capitales: su constitución atiende no tanto a la calidad de sus integrantes, sino al monto de las aportaciones que éstos realizan.
- Mixtas: son aquellas que participan de las características tanto de las sociedades de personas como de las de capitales.
- Elásticas o flexibles: pueden existir con arreglo a una razón social o a una denominación social. El prototipo de estas sociedades es la de responsabilidad limitada.
- Cerradas: son aquellas sociedades anónimas cuyas acciones pertenecen a un grupo pequeño de socios.
- Abiertas: son aquellas sociedades anónimas cuyas acciones se cotizan en la Bolsa de Valores, por lo que son controladas por un gran número de personas.
- Regulares: son las que están inscritas en el Registro Público del Comercio.
- Irregulares: son aquellas que carecen de inscripción en el Registro Público del Comercio.
- De hecho: la jurisprudencia mexicana y una parte de la doctrina da el nombre de sociedades de hecho a las irregulares. Sin embargo, otra parte de la doctrina llama sociedades de hecho a las verbales o a las que consten por escrito, pero no en escritura pública.
- Incompletas: son aquellas sociedades a las que les falta uno o varios de los requisitos legales de constitución.
- Aparentes: son las que están creadas por una persona a través de prestanombres o testaferros, sin verdadero interés económico y jurídico en la sociedad, para cumplir el requisito del número de socios mínimo establecido por la ley.
- Durmientes: son aquellas sociedades formalmente constituidas pero que no llegan a funcionar. Son creadas para proteger nombres comerciales, marcas o denominaciones.
- Ocultas: son aquellas que no se exteriorizan como tales frente a terceros. La figura típica de esta especie de sociedades es la asociación en participación.
- Paraestatales o de participación estatal: son aquellas en las que participa el Estado como socio, ya sea directamente o por medio de un organismo público descentralizado.
- Controladoras: son las que controlan el capital social de otras sociedades mercantiles.
- Controladas: son aquellas cuyo capital social está controlado por otra sociedad mercantil. ISBN: 978-970-613-167-6
Por ultimo y menos importante esta clasificación no la encontraras tan explicita en la LGSM, es por ello que debes cuestionar a tu asesor y te explique la creación y desarrollo de las antes mencionadas.