A CONSIDERAR: ENDEUDARSE HOY, BAJO LA NUEVA LEY GENERAL BANCOS (CON ADOPCION DE BASILEA III)

A CONSIDERAR: ENDEUDARSE HOY, BAJO LA NUEVA LEY GENERAL BANCOS (CON ADOPCION DE BASILEA III)

"Esta es la mayor modificación que se hace a la legislación bancaria en 30 años.” La frase es del Ministro Larraín, en relación con la nueva Ley de Bancos. No es para menos: el texto legal aborda aspectos de supervisión y de fiscalización, temas de Gobierno Corporativo y, en especial, se pone a tono con el estándar internacional Basilea III. Esto último ha sido parte de lo más destacado, pues el país lo ha hecho desde hace treinta años (Basilea I). Evidentemente, pasadas varias décadas, se ha avanzado y ahora se adoptará nuevo estándar que corrige el anterior, focalizándose para ello en la calidad del capital y en la mejora de los modelos para recoger de mejor modo los impactos de la volatilidad.

Han sido destacados algunos elementos por parte de los impulsores de la nueva ley: un mismo idioma, internacionalización, mejor ponderación de riesgos sectoriales, etc. Cobran mucho más importancia los riesgos de créditos, operacional, de mercado y de liquidez.

Con estas premisas en mente, será distinto para las empresas endeudarse una vez promulgada la nueva Ley General de Bancos. Veamos:

¿Y qué podríamos esperar de quienes están enfrente, es decir, las empresas que se endeudarán con el sistema bancario?

Una perspectiva preliminar nos conduce a lo menos a estimar un par de efectos:

·      Las empresas que irán en busca de créditos bancarios harán frente a bancos más y mejor capitalizados, por lo tanto, más exigentes. Eventualmente, más restrictivos.

·      Una posibilidad muy real es que las empresas podrían tener que absorber mayores costos de crédito y regulatorios. Una excepción pueden ser las PyME.

Habrá que asesorarse muy bien para obtener financiamiento (minimizar costos, búsqueda de alternativas, evaluación de riesgos).

Cómo debieran atenuarse estos potenciales efectos:

Lo más probable es que el uso de garantías será (seguirá siendo) un factor de mitigación relevante. La valorización adecuada de estas y ausencia de gravámenes comprobada implicarán poner más atención en su debido control.

Dado que la nueva Ley de Bancos permitirá adecuarse a los estándares internacionales, usar un “mismo idioma contable”, en un mercado maduro como el Chileno, esperaríamos que implique un premio por la transparencia y calidad de la información financiera proporcionada por las empresas a sus bancos en el proceso de evaluación de riesgo, que tendrá que reflejarse en costos más convenientes de los créditos para aquellas empresas que gestionan y revelan suficientemente en sus estados financieros, información sobre sus riesgos de mercado, de crédito y financiero que usualmente se reflejan bajo las IFRS.

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