Publicación de Francisco Valverde

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Abogado Urbanismo, Inmobiliario, Real Estate desde 1997.

La Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de noviembre de 2024 (Roj: STS 5589/2024), reitera su jurisprudencia sobre la inaplicabilidad de la retasación en expropiaciones previas a la entrada en vigor de la Ley de Suelo. Se trata de determinar si la retasación prevista en el artículo 47.2.b) del Real Decreto Legislativo 7/2015, que permite una nueva valoración del suelo expropiado en caso de cambios urbanísticos, es aplicable a procedimientos expropiatorios concluidos antes de la entrada en vigor de dicha ley. Es preciso tener en cuenta que la Disposición Transitoria Tercera del TRLS 2015, referida a las valoraciones (y la retasación comporta una nueva valoración) dispone que "Las reglas de valoración contenidas en esta ley serán aplicables en todos los expedientes incluidos en su ámbito material de aplicación que se inicien a partir de la entrada en vigor de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo". El Tribunal reitera su doctrina señalando que, en supuestos como el presente, en que la expropiación quedó consumada por el abono del justiprecio antes de la entrada en vigor de la LS 2007, no procederá la retasación de los terrenos expropiados aunque con posterioridad a dicha entrada en vigor se produjera una modificación puntual del PGOU que alterara los usos o la edificabilidad de dichos terrenos pues, en tales casos, esa modificación debe entenderse efectuada en el marco de un nuevo ejercicio pleno de la potestad de ordenación, conforme a lo dispuesto en el artículo 47.2.b) del TRLS 2015.

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