📅✍Planificá tu jubilación como trabajador de la Provincia de Buenos Aires. La planificación permite la reducción y optimización de los tiempos de resolución del beneficio de jubilación desde el cumplimiento de la edad y los aportes requeridos. 👉Ges-M tramita la jubilación en IPS para docentes, auxiliares, administrativos y municipales. Si se aproxima tu edad jubilatoria, comenta INFO y te contactamos! #gestoria #gestor #gestorprevisional #jubilaciones #docentes #auxiliares #municipales #ips #buenosaires #bolivar #sancarlosdebolivar #olavarria #9dejulio #generalalvear #25demayo #gesm
Publicación de Ges-M
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#JubilaciónAnticipada 📢 | Estas son las enfermedades que dan derecho a la jubilación anticipada a los 52 años. Son muchos los trabajadores que durante su carrera profesional, han convivido con una #discapacidad, por lo que es normal que se pregunten si pueden optar a una jubilación temprana. 🕑 La Seguridad Social lo confirma a través del Real Decreto 370/2023: toda persona con una discapacidad igual o superior al 65% puede jubilarse a los 52 años, cobrando además el 100% de la pensión. Los únicos requisitos son haber cotizado al menos 15 años; 5 de ellos bajo una enfermedad discapacitante. Descubre el listado de #enfermedades, deslizando. 👉🏻 Informa NoticiasTrabajo 📌https://n9.cl/f1dpu
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#NuevaLeyDePensiones #LeyReja ¿por qué el @congresoperu eleva arbitrariamente la edad para acogerse al REJA(*) de 50 a 55 años? ¿cuál es el argumento legal y técnico? ¿por qué favorecen a las @AAFPOficial? Es un derecho adquirido jubilarse anticipadamente a los 50 años cuando el último año no hay trabajo. *Régimen Especial de Jubilación Anticipada.
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Cotizar más del 40% a la seguridad social durante tu vida laboral, puede influir en el valor de tu pensión, porque aumenta el ingreso base de cotización (IBC). Sin embargo, hay un límite de IBC que debes tener en cuenta, puesto que, por ley, no puedes cotizar más de 25 smmlv. Es importante que consideres esta info si quieres planificar correctamente tu jubilación. Si tienes dudas, ¡déjanos un comentario! Y recuerda que puedes cotizar a la seguridad social a través de Avanti Colombia de forma rápida y segura. #AvantiColombia
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Nuevo cálculo de jubilación de IPS tiene media sanción de Diputados - https://lnkd.in/dvta4RU4 - La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica el cálculo para la jubilación del Instituto de Previsión Social (IPS). La propuesta fue remitida al Senado para proseguir con el trámite correspondiente. El proyecto de ley que modifica el cálculo para la jubilación del IPS fue aprobado por suficiente mayoría en general y luego tratado en particular, momento en el que se incluyeron las modificaciones. La diputada Cristina Villalba (ANR) señaló que la propuesta legislativa contempla la modificación de varias disposiciones que rigen a la previsional, a fin de incrementar gradualmente el periodo de referencia para el cálculo de haberes jubilatorios de 36 a 120 meses. Es decir, en vez de tener en cuenta los últimos tres años para deducir el monto de la jubilación, serían los últimos 10 años. “Implementar un sistema gradual de asignación de recursos adicionales para fortalecer el fondo de enfermedad y maternidad del IPS. En tal sentido se plantea que el 2.5% del aporte del empleador, transferido al Ministerio de Salud y Bienestar Social y al Ministerio de Trabajo sea asignado gradualmente en un plazo de cino años a este fondo”, expresó sobre otra de las modificaciones planteadas. Asimismo, se plantea disminuir el porcentaje destinado al fondo de administración general de 1.5% a 1% y reasignar esta disminución de 0.5% al fondo de maternidad y enfermedad del IPS. El proyecto contenía una modificación en el artículo 10, que contempla que “los actos jurídicos otorgados en el marco de la presente ley, estarán libres de todo tributo de carácter fiscal o municipal. Los demás gastos o aranceles en diversos conceptos, que demanden la escrituración serán absorbidos por el IPS, con sus recursos presupuestarios”. La diputada Rocio Vallejo (PPQ) se refirió a artículos del proyecto y señaló que la falta de claridad en la redacción se presta a interpretaciones difusas. “En el artículo 6° se establece la gradualidad que no es bien explicada, porque el artículo luego es complicado de entender”, señaló la opositora. A su turno, el diputado colorado Hugo Meza expresó que la bancada B del Partido Colorado -cartista- apoyará la aprobación del proyecto. Mencionó además que las autoridades del IPS conversaron con los legisladores sobre la urgencia y la necesidad de las modificaciones. “Pero son apenas unos accesorios de la verdadera reforma y modificación que tiene que ser la carta orgánica del IPS. Por supuesto, estas modificaciones van a aliviar lo que es el fondo para la enfermedad y específicamente la maternidad”, agregó Meza. Asimismo, el legislador calificó como “justas” las nuevas reglas que terminan con la “distorsión” del cálculo de la jubilación que pasan de ser de tres a 10 años. Por su parte, el diputado Walter García ...
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Nuevo cálculo de jubilación de IPS tiene media sanción de Diputados - https://lnkd.in/dR97M3tt - La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica el cálculo para la jubilación del Instituto de Previsión Social (IPS). La propuesta fue remitida al Senado para proseguir con el trámite correspondiente. El proyecto de ley que modifica el cálculo para la jubilación del IPS fue aprobado por suficiente mayoría en general y luego tratado en particular, momento en el que se incluyeron las modificaciones. La diputada Cristina Villalba (ANR) señaló que la propuesta legislativa contempla la modificación de varias disposiciones que rigen a la previsional, a fin de incrementar gradualmente el periodo de referencia para el cálculo de haberes jubilatorios de 36 a 120 meses. Es decir, en vez de tener en cuenta los últimos tres años para deducir el monto de la jubilación, serían los últimos 10 años. “Implementar un sistema gradual de asignación de recursos adicionales para fortalecer el fondo de enfermedad y maternidad del IPS. En tal sentido se plantea que el 2.5% del aporte del empleador, transferido al Ministerio de Salud y Bienestar Social y al Ministerio de Trabajo sea asignado gradualmente en un plazo de cino años a este fondo”, expresó sobre otra de las modificaciones planteadas. Asimismo, se plantea disminuir el porcentaje destinado al fondo de administración general de 1.5% a 1% y reasignar esta disminución de 0.5% al fondo de maternidad y enfermedad del IPS. El proyecto contenía una modificación en el artículo 10, que contempla que “los actos jurídicos otorgados en el marco de la presente ley, estarán libres de todo tributo de carácter fiscal o municipal. Los demás gastos o aranceles en diversos conceptos, que demanden la escrituración serán absorbidos por el IPS, con sus recursos presupuestarios”. La diputada Rocio Vallejo (PPQ) se refirió a artículos del proyecto y señaló que la falta de claridad en la redacción se presta a interpretaciones difusas. “En el artículo 6° se establece la gradualidad que no es bien explicada, porque el artículo luego es complicado de entender”, señaló la opositora. A su turno, el diputado colorado Hugo Meza expresó que la bancada B del Partido Colorado -cartista- apoyará la aprobación del proyecto. Mencionó además que las autoridades del IPS conversaron con los legisladores sobre la urgencia y la necesidad de las modificaciones. “Pero son apenas unos accesorios de la verdadera reforma y modificación que tiene que ser la carta orgánica del IPS. Por supuesto, estas modificaciones van a aliviar lo que es el fondo para la enfermedad y específicamente la maternidad”, agregó Meza. Asimismo, el legislador calificó como “justas” las nuevas reglas que terminan con la “distorsión” del cálculo de la jubilación que pasan de ser de tres a 10 años. Por su parte, el diputado Walter García ...
Nuevo cálculo de jubilación de IPS tiene media sanción de Diputados
prensamercosur.org
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📢 Requisitos para una Pensión por Ascendencia en el IMSS 📢 ¿Sabías que para tramitar una pensión por ascendencia en el IMSS no se requiere un juicio de designación de beneficiarios? Si los padres eran dependientes económicos del fallecido, el documento necesario es una Constancia de Dependencia Económica. 🔍 Importante: La constancia de dependencia económica es el documento clave para solicitar la pensión por ascendencia. No es necesario un juicio de designación de beneficiarios. Esta constancia debe ser tramitada ante un juez y confirma que los padres dependían económicamente del trabajador fallecido. 📄 Soporte Legal: La solicitud de esta constancia está basada en el Acuerdo de Consejo Técnico del IMSS 286.P.D.P.E.S, emitido el 28 de octubre de 2020. Este acuerdo detalla los documentos necesarios para solicitar la pensión por ascendencia. Recuerda, si los padres vivían con el trabajador fallecido y dependían de él, la testimonial de dependencia económica es esencial para el trámite de pensión. 📞 Para más información y asesoría sobre cómo obtener esta constancia y otros requisitos, contáctanos al 55 7827 4412. 📍 Encuéntranos en Playa Icacos 71, Reforma Iztaccíhuatl Norte, Iztacalco, 08810, CDMX. #60YMas #IMSS #PensiónPorAscendencia #DependenciaEconómica #AsesoríaJurídica #BeneficiosParaTuPension #Pensiones #IMSS #ISSSTE #TrámiteDePensión #jubilacion
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La apuesta de los jóvenes españoles va más orientada a explorar vías de prejubilación anticipada consiguiendo el mínimo cotización de 38 años y seis meses que exige la ley antes de cumplir la edad máxima de jubilación:
Trabajar 36,5 años y jubilarse antes de tiempo. El arriesgado plan de futuro para los jóvenes españoles
xataka.com
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En nuestro nuevo blog, desglosamos la modalidad 40 del IMSS, una opción valiosa para aquellos que desean mantener su protección social al llegar a la edad de retiro. Exploramos cómo funciona esta modalidad, quiénes pueden acceder a ella y los beneficios que ofrece en términos de cobertura médica y prestaciones. Únete a la conversación mientras profundizamos en esta importante alternativa para asegurar el bienestar durante la jubilación. #Modalidad40 #IMSS #Jubilación #AurenMéxico
Modalidad 40 IMSS - Auren México
auren.com
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De ahí, que, la nueva tendencia, es que se debe disfrutar con el trabajo y dentro del mismo. Hace 40 años, las personas trabajadoras, se pensionaban a partir de los 50 años en adelante, por cuanto, había una expectativa de vida -a la sazón- de aproximadamente 70 años promedio; es decir, quedaban más o menos 20 años de existencia para el disfrute del retiro y por ende de la pensión. Hoy en día, merced a la ciencia, dicha expectativa sube en 5 años más, es decir, hasta los 80 años aproximadamente. Pero esto, ha venido a significar subir la edad de retiro, hasta los 65 años (y se está pensando la posibilidad hasta los 67 años), con el fin de mantener la seguridad social del país -consecuencia del decrecimiento de la tasa de natalidad-, no obstante, entonces, el disfrute de la jubilación se reduce tan solo a 15 años, sea 5 años menos que en el siglo pasado.
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En un post anterior, hablábamos de la posibilidad que tienen los pensionistas por Incapacidad Permanente de optar a la pensión de jubilación una vez alcanzada la edad legal. Pues bien, queremos compartir una buena noticia que acabamos de conocer: una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central del Ministerio de Hacienda (TEAC) ha reconocido que las personas pensionistas por Incapacidad Permanente, en grados de Total, Absoluta y Gran Invalidez, que accedan a la pensión de jubilación podrán seguir aplicándose el mínimo por discapacidad en el IRPF, como venían haciendo anteriormente, sin necesidad de aportar el certificado oficial de discapacidad, requisito que era obligatorio hasta la fecha. Parece que el propio Tribunal entiende que “el haber optado por la pensión de jubilación no impide seguir aplicándose el mínimo por discapacidad, al no constar que la situación de discapacidad haya sufrido variación”. 🌐 www.firmaquattro.com #IncapacidadPermanente #trabajosocial #bienestarsocial #bienestarlaboral #bienestarpsicologico
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