4 RESPONSABLES DEL IMPUESTO AL CONSUMO

4 RESPONSABLES DEL IMPUESTO AL CONSUMO

El Impuesto Nacional al Consumo recae sobre:

a) La venta o prestación de servicios al consumidor final.

b) La importación  por parte del consumidor final.  

Se consideran hechos generadores del Impuesto Nacional al Consumo.

  •  Servicios de telefonía móvil, internet y navegación móvil, y servicio de datos. (Art. 512-2 Estatuto Tributario)
  •  Las ventas de Vehículos de media y alta gama (Art. 512-3, 512-4 y 512-5 Estatuto Tributario).
  • Servicio de bar y restaurante, tabernas y discotecas. (Art. 512-8, Art. 512-9, Art. 512-10, Art. 512-11, Art. 512-12, Art. 512-13, Art. 512-14 Estatuto Tributario).

Los responsables de este impuesto son.

  1.  Prestador del servicio de telefonía móvil.
  2.  Prestador del servicio de expendio de comidas y bebidas.
  3. Importador como usuario final.
  4. Vendedor de los bienes sujetos al imp. al consumo.

Obligaciones tributarias de responsables del impuesto nacional al consumo.

Según el artículo 20 de la ley 2010 de 2019, los responsables del impuesto al consumo deberán cumplir con las mismas obligaciones señaladas para los responsables del impuesto a las ventas.

1.   Inscribirse y mantener actualizado el Registro Único Tributario. (RUT).

2.   Cobrar el Impuesto.

3.   Llevar contabilidad.

4.   Expedir Facturar.

5.   Declarar y cancelar el impuesto bimestralmente.

6.   Informar.

El incumplimiento de estas obligaciones genera sanciones. 


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