CONSECUENCIAS DE HABER ESTADO EN ERTE DURANTE EL 2020 EN LA DECLARACION DE LA RENTA
Si se ha estado en ERTE durante el 2020, Hacienda considera que se ha cobrado de dos empresas (del SEPE y de la empresa donde se está contratado), y la existencia de un segundo pagador (en este caso el SEPE) puede hacer que personas que normalmente no tendrían la obligación de hacer la declaración, la deban presentar.
Esto ocurre porque los límites de ingresos para estar obligados a hacer la declaración de Renta son más bajos si existe más de un pagador, en concreto, el límite de ingresos para estar exento de hacer la declaración se reduce hasta los 14.000 € (en vez de los 22.000 €, si existiera un solo pagador), siempre que los ingresos percibidos del 2º pagador hayan sido superiores a 1.500 € durante 2020.
Además puede suceder que si el 2º pagador (SEPE) no haya practicado retenciones o hayan sido inferiores al tipo medio habitual de su empresa (1º pagador), la liquidación final podría salir a ingresar a o devolver menos de lo habitual para el contribuyente.
En consecuencia muchas personas, que de no haber estado en ERTE no hubieran estado obligadas a presentar la declaración de la Renta (porque no cobraban más de 22.000 euros anuales), ahora lo estén (bastará con que hayan cobrado más de 14.000 euros si de esta cantidad, 1.500 euros hayan venido del SEPE) y puede ser que el resultado de la declaración sea “a pagar” o no se le devuelva lo que se pensaba, dependiendo de lo retenido por el SEPE en su momento.
Lo que faltaba para personas que ya un sufrido los perjuicios económicos derivados de la situación sanitaria.