Deducciones por vivienda habitual
El 2 de abril da comienzo la campaña de la renta 2018. Aunque desde el 15 de marzo los contribuyentes ya pueden consultar sus datos fiscales desde la aplicación de la Agencia Tributaria, no será hasta el 2 de abrilcuando puedan presentar oficialmente su Declaración de la Renta y Patrimonio del ejercicio 2018.
Deducción por inversión en vivienda habitual
Deducción del 2% o 3% por las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual. La cuantía a deducir, irá en función de los siguientes elementos:
Deducción del 2%
- Viviendas protegidas conforme a la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Ingresos anuales de la unidad familiar inferiores a 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Se consideran ingresos anuales de la unidad familiar, los compuestos por la base imponible general y la base imponible del ahorro.
- Fecha de adquisición o rehabilitación posterior al 1 de enero de 2003.
Si se tiene idea de comprar un piso para reformar, conviene echar un vistazo a las deducciones tanto estatales como autonómicas disponibles para poder ver aminorada nuestra cuota.
Deducciones del 3%
- Menores de 35 años. En caso de tribulación conjunta, el requisito de la edad deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges.
- Suma de la base imponible general más la del ahorro inferior a 19.000 euros en tributación individual o 24.000 euros en tributación conjunta.
Deducciones por alquiler de vivienda habitual
Los menores de 35 años, también podrán disfrutar de un 15% de deducción por alquiler de vivienda habitual con una deducción máxima de 500 euros anuales siempre que:
- La suma de la base imponible general más la del ahorro, no supere los 19.000 euros en tributación individual y 24.000 euros en tributación conjunta.
- Que se acredite la constitución del depósito de fianza obligatorio a favor de la comunidad andaluza de acuerdo con la normativa autonómica de aplicación.
- Que el contribuyente identifique al arrendador mediante su Número de Identificación Fiscal en su declaración de la renta.
Deducción por vivienda protegida
Los contribuyentes que hayan percibido subvenciones o ayudas económicas autonómicas para la adquisición o rehabilitación de una vivienda habitual que tenga la consideración de protegida, podrá deducir 30 euros de su cuota íntegra siempre que sus ingresos no superen:
- 2,5 veces el IPREM para viviendas protegidas en régimen especial
- 3,5 veces el IPREM para viviendas protegidas en régimen general
- 5,5 veces el IPREM para viviendas protegidas de precio limitado de acuerdo con lo establecido en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
Si has comprado o alquilado una vivienda en La Costa del Sol en 2018 y te gustaría conocer las deducciones por vivienda habitual a tu alcance, no dudes en contactar con nuestro equipo de profesionales.