El Delito de Abuso de Confianza
¿Que es confiar?
Según el diccionario de la Real Academia Española (RAE), Confiar significa:
1. Encargar o poner al cuidado de alguien algún negocio u otra cosa.
2. Depositar en alguien, sin más seguridad que la buena fe y la opinión que de él se tiene, la hacienda, el secreto o cualquier otra cosa.
3. Dar esperanza a alguien de que conseguirá lo que desea.
4. Esperar con firmeza y seguridad.
Para el profesor Edgardo Donna, cuando hablamos de confianza nos referimos a "...la fe, la seguridad que se deposita en alguien y en cuya virtud se omiten, respecto de esa persona, las precauciones y cuidados habituales..."
Doctrinariamente Scanzoni sobre la confianza define a “...la voluntad del actor para organizar y descansar sus actividades en otro debido a la confianza que el otro le proporcionará en base a las satisfacciones esperadas…”
Pero, cuando esta CONFIANZA es traicionada. El Código Orgánico Integral Penal (COIP) en su Artículo 187 tipifica y castiga el delito de ABUSO DE CONFIANZA.
“La persona que disponga, para sí o una tercera, de dinero, bienes o activos patrimoniales entregados con la condición de restituirlos o usarlos de un modo determinado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
La misma pena se impone a la persona que, abusando de la firma de otra, en documento.”
Este delito se diferencia del robo o hurto porque en este caso el sujeto activo tiene en su posesión el bien, puesto voluntariamente por el sujeto pasivo, pero la intención del primero mutó en hacer uso del bien para beneficio personal y exclusivo, sin el ánimo de devolverlo, causando un perjuicio al segundo quien es verdadero dueño.
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Ab. Jeremías Valenzuela Valdez
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