El proyecto de reforma tributaria y las Zonas Económicas Y Sociales Especiales
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El proyecto de reforma tributaria y las Zonas Económicas Y Sociales Especiales

En la Ley 1955 de 2019, Plan de Desarrollo 2018-2022, el Congreso incluyó una disposición por la cual se otorga un tratamiento favorable en materia de impuesto sobre la renta a las sociedades que desarrollan su actividad en los departamentos de La Guajira, Norte de Santander y Arauca (Art. 268). En gran síntesis, la ley contempla un beneficio para las sociedades comerciales que se constituyan en los departamentos mencionados que la Ley denominó ZESE (zonas económicas y sociales especiales), dentro de los tres (3) años siguientes a la entrada en vigencia de dicha Ley (mayo de 2019). También aplica la ley a las sociedades comerciales existentes que durante ese mismo término se acojan a este régimen especial y demuestren un aumento del 15% del empleo directo generado. Los contribuyentes beneficiarios deben desarrollar toda su actividad económica en las ZESE, aunque los productos que prepare o provea sean vendidos o despachados a otros lugares del territorio nacional o del exterior.

El beneficio consiste en que la tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a los beneficiarios de la ZESE será del 0% durante los primeros cinco (5) años contados a partir de la constitución de la sociedad, y del 50% de la tarifa general para los siguientes cinco (5) años.

Es decir, se trata de una ley que contempla beneficios que se extenderían hasta el año 2032, aproximadamente, dependiendo de la fecha de constitución de la sociedad.

Por otra parte, en julio de 2022, el Congreso de la República expidió las leyes 2238 y 2240 de 2022 por las cuales extendieron los beneficios mencionados a Buenaventura y a Barrancabermeja, con algunas variaciones. En particular, estas leyes contemplaron que el plazo para constituir las sociedades sería de 3 años desde la vigencia de tales leyes, lo que significa que el plazo vencería en julio de 2025, y los beneficios podrían preverse hasta el año 2035.

Esto significa que departamentos enteros y ciudades de tamaño considerable disfrutan en este en este momento un régimen tributario que permite a numerosos contribuyentes tener una tarifa del impuesto sobre la renta del 0% ¿Excesivo? Para muchos lo es y quizás por ello en la propuesta de reforma tributaria, el gobierno propone derogar el artículo 268 de la Ley 1955 y las leyes 2238 y 2240.

La reflexión acá no es si el beneficio es excesivamente generoso, o si sus efectos han sido buenos o no. Algo que desde luego merece análisis.

El aspecto importante que debe preocuparnos como sociedad y que pretendo resaltar, es el hecho de que no exista una mínima continuidad en las políticas públicas, y, en este caso, la política tributaria.

No se trata de que no se puedan modificar las leyes tributarias. No, sino que no tiene presentación ante nadie, que se expida una ley el 8 de julio de 2022 para que el 9 de agosto se esté proponiendo su derogación.

Infortunadamente el país no se ha destacado precisamente por su estabilidad tributaria. Ya en el pasado los excesos con tanto cambio llevaron a los gobiernos a promover figuras como regímenes de estabilidad tributaria (Ley 223, art. 169) los contratos de estabilidad jurídica (Ley 963)para poderle decir al inversionista “venga invierta y yo me comprometo con usted a no cambiarle las reglas (como se lo hago a los demás)”.

Es elemental que, si el propio legislador se ha dado cuenta de la importancia de la estabilidad jurídica en materia de inversión, debe ser el Congreso el primero en evitar la proliferación de normas contradictorias entre sí, pues se está atentando contra la confianza en dicha institución y en última contra el desarrollo del país.

Así, pese a lo atractivo del régimen vigente de las ZESE, me atrevo a considerar que ninguna mega inversión se está en este momento planeando para dichas zonas, esto debido a la falta de estabilidad tributaria imperante en Colombia. Lo cual se convierte en un círculo vicioso y un pésimo precedente pues los beneficios quedarán en manos de pequeños contribuyentes, muchos de ellos (obvio no todos) avivatos que vieron la oportunidad que creó la ley.

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