Exposición a la sílice cristalina respirable en obras de construcción
El Real Decreto 665/1997 establece las disposiciones mínimas para proteger a los trabajadores frente a riesgos derivados de la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos en el trabajo. En particular, la sílice cristalina respirable (SCR) es considerada un agente cancerígeno en diversas actividades laborales que generan polvo con contenido en sílice.
Ámbito de aplicación del Real Decreto 665/1997
El artículo 1 del Real Decreto 665/1997 delimita su ámbito de aplicación a "las actividades en las que los trabajadores estén o puedan estar expuestos a agentes cancerígenos o mutágenos como consecuencia de su trabajo".
Esta definición abarca de manera directa los trabajos donde se genera polvo de sílice cristalina respirable, ya que este material ha sido clasificado como cancerígeno. En consecuencia, las empresas que desarrollen actividades que generen exposición a polvo de SCR están obligadas a implementar las medidas previstas en el Decreto.
Además, se deben tener en cuenta las actividades mencionadas en el Real Decreto 1299/2006, que aprueba el cuadro de enfermedades profesionales. Estas actividades incluyen trabajos en minas, túneles, canteras, industrias cerámicas y siderometalúrgicas, entre otras. En estos sectores, la exposición al polvo de SCR puede provocar enfermedades como la silicosis o el cáncer de pulmón, lo que refuerza la necesidad de aplicar estrictamente las disposiciones del Real Decreto.
Obligaciones del empresario en relación con el Real Decreto 665/1997
El Real Decreto 665/1997 establece que el empleador debe identificar si en sus centros de trabajo existe presencia de sílice cristalina y, en caso afirmativo, si las actividades que se desarrollan pueden generar polvo respirable que la contenga. Para ello, el empresario debe realizar un análisis de las materias primas utilizadas y de los procesos que pueden liberar partículas de SCR.
En caso de riesgo por exposición a SCR, el empleador tiene la obligación de:
Estas obligaciones buscan minimizar la exposición a niveles tan bajos como sea técnicamente posible, sin superar en ningún caso el valor límite ambiental de exposición diaria (VLA-ED) de 0,05 mg/m³ para SCR.
Reflexión sobre la aplicación del RD 665/1997 en las obras de construcción
El sector de la construcción es uno de los ámbitos laborales donde se generan cantidades significativas de polvo, y muchas de las actividades realizadas implican el uso de materiales que contienen sílice cristalina. Las actividades comunes como la demolición, corte, trituración de piedras, trabajos en seco con cemento y manipulación de hormigón pueden generar polvo respirable de sílice cristalina (SCR), lo que expone a los trabajadores a un riesgo considerable.
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A raíz de la inclusión del polvo de SCR como agente cancerígeno bajo el Real Decreto 665/1997, las empresas que operan en el sector de la construcción deben considerar si las tareas realizadas en sus obras exponen a sus trabajadores a este polvo. Si bien tradicionalmente se ha asociado la exposición a SCR con sectores como la minería o las canteras, es innegable que los trabajos de obra pública, edificación y reformas, entre otros, también representan una fuente significativa de exposición.
En este sentido, las obras de construcción sí se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 665/1997 siempre que haya un riesgo de exposición a polvo de SCR. Específicamente, el artículo 1 del decreto deja claro que las actividades en las que los trabajadores "puedan estar expuestos a agentes cancerígenos como consecuencia de su trabajo" están cubiertas por la normativa.
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Juan Manuel Delgado
637 768 394
jmdelgado@proinca.com
Directora de Proyectos de consultoria. Auditora. Formadora.
2 mesesEstupendo artículo!